La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 31/1/2020

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

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La Gaceta Nº 20 Viernes 31 de enero del 2020

y recipientes para el menaje y la cocina que no sean de metales preciosos, ni chapados, peines y esponjas, cepillos con excepción de los pinceles, materiales para la fabricación de cepillos, material de limpieza, viruta de hierro, viruta en bruto o semielaborado con excepción del vidrio de construcción, cristalería, porcelana y loza no comprendidas en otras clases. en clase 21 internacional, propiedad de Central American Brands Inc. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48
y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J, se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedara notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley Nº 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242
de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.Johana Peraza Azofeifa, Asesora Jurídica. IN2020428614 .

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Asunto: Primer aviso de cobro en vía administrativa Licenciada: María Cristina Angulo Sosa Estimada señora.
En relación con lo dispuesto mediante el artículo 07 de la Sesión Ordinaria N 1429-2018, celebrada por el Comité de Licitaciones el día 04 de junio de 2018, oficio: COM-2610-2018
que dispuso varios acuerdos, los cuales no transcribo en su totalidad, pero en sus partes más importantes se estableció:
d Realizar el cobro de los daños ocasionados al Banco estimados en la suma de 2.552.257,02
Por lo tanto, deberá cancelar a favor del Banco Nacional de Costa Rica por concepto de daños ocasionados al Banco, el monto de 2.552.257,02 dos millones quinientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y siete colones y dos céntimos, en un plazo máximo de cinco 5 días hábiles posteriores al recibo de este oficio, mismos que deberá depositar a la cuenta corriente número 100-01061-000912-6 a nombre BN Dirección de Infraestructura y Compras.
Se le previene con el presente aviso a María Cristina Angulo Sosa, que en caso de no cumplir con la presente solicitud de cobro administrativo, la Unidad de Gestión de Contratos procederá a certificar el monto adeudado y enviarlo a la Dirección Jurídica para incoar el cobro en vía judicial.
En cuanto se realice el depósito deberá por favor comunicarse con John Agero al teléfono 2010-1389 o bien remitir la información solicitada al correo electrónico jaguerob@bncr.fi.cr.y mvillegasca@bncr.fi.cr La Uruca, 20 de diciembre del 2019.Compra de Productos y Servicios.Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora.
O. C. N 524726.Solicitud N 182224. IN2020430336 .

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
REGIÓN DE DESARROLLO HUETAR NORTE
OFICINA DESARROLLO TERRITORIAL DE PUERTO VIEJO
ASUNTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
En expediente de solicitud de titulación en aplicación del artículo 85 inciso c de la Ley 9036, que tramitan los señores Ever Barrantes Rodríguez, conocido como Herbert Barrantes
Rodríguez, cédula de identidad N 2-374-834 y la señora Ana Lidieth Mora Madrigal, conocida como Ana Lidieth Salazar Mora, cédula de identidad N 2-430-907, a fin que se les titule la parcela N 02 del Asentamiento El Rubí, plano catastrado N H-20703512018, y con fundamento en el artículo 87 inciso g del Reglamento Ejecutivo a la Ley N 9036 publicado en La Gaceta N 82 del 29 de abril de 2015, que establece que la administración dentro de los procesos de regularización tienen la obligación de realizar entrevistas con vecinos, colindantes y cualquier otra información que estime relevante sobre los aspectos anteriores a fin de demostrar mediante prueba documental o testimonial, la verdad real de los hechos alegados por los solicitantes de estos procesos. Esta Oficina Territorial después de haber realizado todos los intentos para notificar al señor Osvaldo Norberto Álvarez Aguilar, cédula de identidad N 2-344-022, colindante del sector sur; se le pone en conocimiento que sobre la parcela N02 del Asentamiento El Rubí se está tramitando una titulación en concordancia con el artículo 85 inciso c de La Ley 9036, a favor de los señores Ever Barrantes Rodríguez, conocido como Herbert Barrantes Rodríguez, cédula de identidad N 2-374-834 y la señora Ana Lidieth Mora Madrigal, conocida como Ana Lidieth Salazar Mora, cédula de identidad N
2-430-907, por lo que se le previene que en caso de tener alguna objeción, o identificar traslape de planos sobre la posesión ejercida por los citados señores, lo manifieste en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercer notificación realizada por este medio, de no presentar ninguna objeción al trámite, esta oficina proseguirá con el trámite sin mayor demora en el entendido que no existe oposición de su parte. A fin de notificar la presente resolución al administrado por desconocerse su domicilio se ordena notificarlo por edicto, mediante tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.Marisol López Cortés, Asesoría Jurídica. IN2020429132 .
En expediente de solicitud de titulación en aplicación del artículo 85, inciso c de la Ley N 9036, que tramitan los señores Juan María Andino Reyes, cédula de residencia N
155802258225 y la señora Aura Rosa Varea Álvarez, cédula de residencia N 155817138611, a fin que se les titule la parcela N AD1 del Asentamiento El Paraíso, plano catastrado N
H-2078341-2018, y con fundamento en el artículo 87 inciso g del Reglamento Ejecutivo a la Ley N 9036 publicado en La Gaceta N 82 del 29 de abril de 2015, que establece que la administración dentro de los procesos de regularización tienen la obligación de realizar entrevistas con vecinos, colindantes y cualquier otra información que estime relevante sobre los aspectos anteriores a fin de demostrar mediante prueba documental o testimonial, la verdad real de los hechos alegados por los solicitantes de estos procesos. Esta Oficina Territorial después de haber realizado todos los intentos para notificar a los señores Asunción Villatoro pasaporte N 13486923 y el señor Miguel Vásquez Villatoro pasaporte N C03966772, colindantes del sector norte; se les pone en conocimiento que sobre la parcela N AD1 del Asentamiento El Paraíso se está tramitando una titulación en concordancia con el artículo 85, inciso c de La Ley N 9036, a favor de los señores Juan María Andino Reyes, cédula de residencia N 155802258225 y la señora Aura Rosa Varea Álvarez, cédula de residencia N 155817138611. por lo que se les previene que en caso de tener alguna objeción, o identificar traslape de planos sobre la posesión ejercida por los citados señores, lo manifieste en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la tercer notificación realizada por este medio, de no presentar ninguna objeción al trámite, esta oficina proseguirá con el trámite sin mayor demora en el entendido que no existe oposición de su parte. A fin de notificar la presente resolución al administrado por desconocerse su domicilio se ordena notificarlo por edicto mediante tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.Marisol López Cortés, Asesoría Jurídica. IN2020429137 .

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 31/1/2020

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date31/01/2020

Page count84

Edition count5358

First edition01/01/2003

Last issue10/05/2024

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