La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 24/1/2020

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 15 Viernes 24 de enero del 2020

CONTENIDO
Pág N

PODER LEGISLATIVO

Leyes 2
Proyectos 2
DOCUMENTOS VARIOS 4
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 20
Avisos 20
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 21
REGLAMENTOS 24
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 31
RÉGIMEN MUNICIPAL 33
AVISOS 33
NOTIFICACIONES 48
FE DE ERRATAS 48

PODER LEGISLATIVO

Igual pena se le impondrá a quien movilice productos y subproductos de ganado obtenidos ilegítimamente sin que cuente con la factura y, en el caso de canales y medios canales, sin los sellos impresos que establece esta ley.
Artículo 22- Recepción, adquisición y negociación ilegal de ganado, productos y subproductos.
Será reprimido con prisión de un año a cuatro años, quien reciba, adquiera o negocie ganado previamente movilizado sin la guía de movilización establecida en esta ley. Igual pena se impondrá:
aAl propietario o arrendante, socio, gerente, representante legal, empleado o encargado de un establecimiento mercantil que reciba, adquiera o negocie productos y subproductos de ganado bovino sin que cuente con la factura comercial y, en el caso de canales y medios canales de ganado, sin el sello de matanza impreso establecido en esta ley.
bQuien cometa la acción regulada en el inciso anterior, si lo hace fuera de establecimientos mercantiles legítimamente autorizados.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVAAprobado a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Ricardo Benavides Jiménez Presidente aura María Guido Pérez L
Primera secretaria
Carlos Luis Avendaño Calvo Segundo secretario
Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

LEYES
9794
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 y 22
DE LA LEY N. 8799, CONTROL DE GANADO
BOVINO, PREVENCIÓN Y SANCIÓN DE SU
ROBO, HURTO Y RECEPTACIÓN, DE 17
DE ABRIL DE 2010
ARTÍCULO ÚNICOSe reforman los artículos 20, 21 y 22 de la Ley N. 8799, Control de Ganado Bovino, Prevención y Sanción de su Robo, Hurto y Receptación, de 17 de abril de 2010. Los textos son los siguientes:
Artículo 20- Hurto con desmembramiento o muerte ilegal de ganado.
A quien hurte ganado y lo desmiembre o mate se le impondrá prisión de dos a doce años.
Las penas se elevarán un tercio, a quien, teniendo conocimiento del delito, venda, distribuya o comercialice la carne en establecimientos autorizados o no autorizados.
Artículo 21- Movilización ilegal de ganado, productos y subproductos.
Será reprimido con prisión de ocho meses a cuatro años, quien movilice ganado bovino obtenido ilegítimamente, sin que cuente con la guía oficial de movilización establecida en esta ley.

Ejecútese y publíquese.
EPSY CAMPBELL BARR.El Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Renato Alvarado Rivera; la Ministra de Justicia y Paz, Marcia González Aguiluz, y el Ministro de Salud, Dr. Daniel Salas Pereza.1 vez.O. C. Nº 177-2019.Solicitud Nº 000012020. L9794 - IN2020426924 .

PROYECTOS
PROYECTO DE LEY
LEY DE APOYO A LA CULTURA DE DENUNCIA
CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL
Expediente N 21.749
ASAMBLEA LEGISLATIVA:
La Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia data del año 1995. Esta norma fue un gran paso en la protección y defensa del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, y en este caso específico, de violencia sexual en espacios laborales, profesionales y de desarrollo educativo.
Si bien la norma tiene ya 24 años de estar vigente, y ha colaborado ampliamente en la lucha por contar con espacios libres de violencia, en los últimos meses se ha hecho evidente la necesidad de una revisión a la luz de los hechos de acoso sexual y violencia que se han presentado en los centros de estudio universitarios.

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Carlos Andrés Torres Salas
Kathia Ortega Borloz
Generif Traña Vargas
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Viceministro de Gobernación y Policía Presidente Junta Administrativa
Representante Ministerio de Cultura y Juventud
Delegado Editorial Costa Rica

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 24/1/2020

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date24/01/2020

Page count48

Edition count5353

First edition01/01/2003

Last issue03/05/2024

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