La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 2/12/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 229 Lunes 2 de diciembre del 2019

CONTENIDO
Pág N

PODER EJECUTIVO

Decretos 2
DOCUMENTOS VARIOS 6
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Edictos 25
Avisos 25
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 26
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 26
RÉGIMEN MUNICIPAL 28
AVISOS 30
NOTIFICACIONES 41
FE DE ERRATAS 44

PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N 41878-SP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA
En el uso de atribuciones conferidas mediante los artículos 140, incisos 3, 8 y 18 y 146 de la Constitución Política; 25 inciso I, 27
y 28 inciso 2, acápites a y b de la Ley General de la Administración Pública N 6227 del 2 de mayo de 1978 y 12 inciso e de la Ley General de Control Interno N 8292 del 31 de julio de 2002.
Considerando:
1ºQue conforme al artículo 11 de la Constitución Política, la Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas.
2ºQue los artículos 183 y 184 de la Constitución Política disponen que la Contraloría General de la República es una institución auxiliar de la Asamblea Legislativa en la vigilancia de la Hacienda Pública y que el artículo 12 de su Ley Orgánica, N 7428 del 7 de setiembre de 1994, la designa como órgano rector del Sistema de Control y Fiscalización Superiores de la Hacienda Pública.
3ºQue mediante Resolución R-CO-61-2005 de las doce horas del veinticuatro junio del dos mil cinco, publicada en La Gaceta N
131 del siete de julio de dos mil cinco; la Contraloría General de la República emitió las Directrices que deben observar los funcionarios obligados a presentar el informe final de su gestión según lo dispuesto en el inciso e del artículo 12 de la Ley General de Control Interno.

4ºQue de acuerdo a la Directriz No. D-1-2005-CO-DFOE
emitida por la Contraloría General de la República el propósito de la misma es definir el marco básico que regula la obligación de los jerarcas y los titulares subordinados de la Administración activa de presentar al final de su gestión un informe donde se rinda cuentas de los resultados obtenidos, lo cual se constituiría en uno de los medios para garantizar la transparencia en las actuaciones de los funcionarios públicos ante los administrados y para que los respectivos sucesores cuenten con información relevante en el desempeño del puesto designado.
5ºQue el Manual de Normas de Control Interno para el Sector Público de la Contraloría General de la República Resolución N R-CO-9-2009 de las nueve horas del veintiséis de enero del dos mil nueve señala, en la norma 4.6 2 que 4.6.2 Informe de fin de gestión. El jerarca y los titulares subordinados deben presentar a las instancias pertinentes, un informe de fin de gestión, donde se resuman entre otros asuntos, las actividades realizadas durante su período de funciones, los logros obtenidos-incluyendo los relativos al SCI-, el estado de las recomendaciones de la auditoría interna y las disposiciones de la CGR y otros órganos con competencias, y sus sugerencias para la marcha futura de la institución, así como los asuntos en proceso o que deben ser asumidos. Así mismo, deben realizar la entrega formal de los bienes institucionales que les hayan sido asignados.
6ºQue el inciso e del artículo 12 de la Ley N 8292, Ley General de Control Interno, establece que los jerarcas y los titulares subordinados deben presentar un informe de fin de gestión y realizar la entrega formal del ente u órgano respectivo a su sucesor, de acuerdo con las directrices emitidas por la Contraloría General de la República y por los entes y órganos competentes de la administración activa.
7ºQue el ejercicio de la función pública se enmarca dentro de esquemas de evaluación de gestión y de controles externos e internos que promueven la consecución de los objetivos y metas institucionales, de manera que los jerarcas y titulares subordinados sean responsables de ese accionar público y estén obligados a informar sobre el desempeño de las instituciones a su cargo.
8ºQue con fundamento en lo antes expuesto, resulta necesario que el Ministerio de Seguridad Pública defina y regule el marco jurídico del deber de los jerarcas y titulares subordinados de presentar al final de su gestión un informe donde se rinda cuentas de los resultados obtenidos en cumplimiento de sus funciones, mediante la emisión de un reglamento. Por tanto, Decretan:
REGLAMENTO PARA LA PRESENTACIÓN DEL INFORME
DE FIN DE GESTIÓN EN EL MINISTERIO
DE SEGURIDAD PÚBLICA
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículo 1ºObjetivo. El presente reglamento regula el deber del jerarca y los titulares subordinados de rendir cuentas al concluir su gestión sobre los resultados relevantes alcanzados durante .su gestión: El estado de las principales actividades propias de sus funciones, el estado de situación en que queda la dependencia a su cargo, los asuntos que deben ser asumidos prioritariamente, informe sobre la implementación de las disposiciones de mejora del sistema de control interno, el manejo de los recursos asignados y la entrega formal de los bienes que les han sido asignados.
Lo anterior con el fin de contribuir con la transparencia y rendición de cuentas de las actuaciones de las y los funcionarios públicos ante los administrados y entregar a sus sucesores, información relevante para el desempeño de su cargo.

Junta Administrativa Ricardo Salas Álvarez
Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa
Carlos Andrés Torres Salas
Viceministro de Gobernación y Policía
Imprenta Nacional Costa Rica Rosaura Monge Jiménez Kathia Ortega Borloz Editorial Costa Rica Ministerio de Cultura y Juventud

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 2/12/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date02/12/2019

Page count44

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First edition01/01/2003

Last issue22/05/2024

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