La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 11/9/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 171 Miércoles 11 de setiembre del 2019

CONTENIDO
Pág N

PODER LEGISLATIVO
Leyes 2
Acuerdos 2
PODER EJECUTIVO
Decretos 3
Acuerdos 8
DOCUMENTOS VARIOS 10
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Decretos 59
Edictos 59
Avisos 60
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 61
REGLAMENTOS 63
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 67
AVISOS 70
NOTIFICACIONES 104

PODER LEGISLATIVO
LEYES
N 9702
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL ARTÍCULO 20 BIS DE LA LEY N. 7773, TARIFA DE IMPUESTOS MUNICIPALES DEL CANTÓN
DE SAN CARLOS, DE 29 DE ABRIL DE 1998
Artículo únicoSe reforma el artículo 20 bis de la Ley N. 7773, Impuestos Municipales del Cantón de San Carlos, de 29 de abril de 1998. El texto es el siguiente:
Artículo 20 bisPorcentaje destinado a las asociaciones de protección de la niñez y la adolescencia de San Carlos El dos por ciento 2% del impuesto recaudado por concepto de patentes será destinado, para efectos logísticos y operativos, a las siguientes asociaciones:
a Asociación de Protección a la Infancia de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero nueve dos uno seis nueve N. 3-002-092169, inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Público, bajo el expediente N. 2675.
b Asociación Amigos de los Niños de La Fortuna de San Carlos, cédula jurídica número tres-cero cero dostres dos ocho uno siete cero N. 3-002-328170, inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Público, bajo el expediente N. 14580.
c Asociación Mariano Juvenil, cédula jurídica número trescero cero dos-dos cero dos dos siete tres N. 3-002-202273, inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Público, bajo el expediente N. 8526.

La distribución del porcentaje indicado se hará proporcionalmente a cada organización de conformidad con la población efectiva que cada una atienda y considerando los costos de atención de cada población, según la reglamentación que al efecto emita el Concejo Municipal de San Carlos.
El giro de estos recursos solo procederá en tanto las asociaciones beneficiarias cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias relativas a transferencia de recursos públicos.
La Contraloría General de la República fiscalizará el uso de los recursos públicos destinados a estas asociaciones.
Rige a partir de su publicación.
ASAMBLEA LEGISLATIVAAprobado a los trece días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
COMUNÍCASE AL PODER EJECUTIVO
Carlos Ricardo Benavides Jiménez Presidente Laura Guido Pérez Carlos Luis Avendaño Calvo Primera secretaria Segundo secretario Dado en la Presidencia de la República, San José, a un día del mes de julio del año dos mil diecinueve.
Ejecútese y publíquese.
CARLOS ALVARADO QUESADA.El Ministro de Gobernación y Policía, Michael Soto Rojas.1 vez.O.C. N 4600023343.Solicitud N 09-2019-SGFP. L9702 IN2019377997 .

ACUERDOS
N 6763-19-20
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
De conformidad con lo que disponen el inciso 3 del artículo 195 de la Constitución Política y el inciso 3 del artículo 211 del Reglamento de la Asamblea Legislativa ACUERDA:
Artículo único.Nombrar una Comisión Especial integrada por los diputados Carolina Hidalgo Herrera, Ana Karine Niño Gutiérrez, Otto Roberto Vargas Víquez, Eduardo Cruickshank Smith, Gustavo Viales Villegas, Óscar Cascante Cascante e Ivonne Acuña Cabrera, para que estudie el proyecto de ley de Reducción del Plazo entre la Primera y la Segunda Ronda Electoral. Reforma del Artículo 138 de la Constitución Política, que se tramita bajo el Expediente Legislativo N 21.067, e informe al Plenario Legislativo en un plazo de veinte días hábiles.
San José, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil diecinueve.
Carlos Ricardo Benavides Jiménez, Presidente.Laura Guido Pérez, Primera Secretaria.Carlos Luis Avendaño Calvo, Segundo Secretario.1 vez.O.C. N 29012.Solicitud N 160398.
IN2019376960 .
N 6764-19-20
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
ACUERDA:
Declarar cerrado el primer período de sesiones extraordinarias de la segunda legislatura.
Rige a partir del 31 de agosto de 2019.

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 11/9/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date11/09/2019

Page count112

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First edition01/01/2003

Last issue03/05/2024

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