La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 29/3/2019

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

Pág 2

La Gaceta Nº 63 Viernes 29 de marzo del 2019

CONTENIDO
PODER EJECUTIVO

Pág N

Acuerdos 2
DOCUMENTOS VARIOS 3
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Decretos 32
Edictos 33
Avisos 34
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA 37
REGLAMENTOS 38
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS 39
RÉGIMEN MUNICIPAL 45
AVISOS 45
NOTIFICACIONES 59

PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
N 181-P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, LA PRIMERA VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 4, 26 inciso b y 92 de la Ley N 6227, Ley General de la Administración Pública, el Decreto Ejecutivo N 41174 del 25 de junio del 2018 y el Acuerdo N 027-P del 25 de junio del 2018, ambos publicados en La Gaceta N 124 del 10 de julio del 2018.
Considerando:
I.Que mediante Acuerdo N 027-P del 25 de junio del 2018, publicado en La Gaceta N 124 del 10 de julio del 2018, en su artículo 1, se acuerda: Artículo 1ºDelegar la firma del Presidente de la República, de la Primera Vicepresidenta de la República y del Segundo Vicepresidente de la República, estos dos últimos cuando se encuentren en ejercicio de la Presidencia de la República, para el dictado de las resoluciones administrativas referentes a derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de pensiones bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado en ambos casos no supere los 30.000.000,00 treinta millones de colones con cero céntimos, referentes a los Ministerios de Educación Pública, Seguridad Pública, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Obras Públicas y Transportes, y Hacienda, en las y los señores ministros correspondientes a cada ramo, siendo así:

a En el Ministerio de Educación Pública, al señor Edgar Mora Altamirano, cédula de identidad N 2-0420-0182.
b En el Ministerio de Seguridad Pública con el recargo del Ministerio de Gobernación y Policía, al señor Michael Soto Rojas, cédula de identidad N 1-0995-0438.
c En el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, al señor Steven Núñez Rímola, cédula de identidad N 1-1237-0693.
d En el Ministerio de Salud, a la señora Giselle Amador Muñoz, cédula de identidad N 1-0397-0479.
e En el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al señor Rodolfo Méndez Mata, cédula de identidad N 1-0264- 0658.
f En el Ministerio de Hacienda, en la señora María del Rocío Aguilar Montoya, cédula de identidad N 1-0556-0040.
II.Que a efectos de no causar atrasos innecesarios en la firma de tales resoluciones administrativas, en aras de promover la eficiencia y eficacia de la gestión administrativa, resulta procedente modificar los incisos a, b, c, d, e y f del artículo 1 del Acuerdo N
027-P del 25 de junio del 2018, publicado en La Gaceta N 124 del 10 de julio del 2018.
ACUERDAN:
Artículo 1ºReformar el artículo 1 del Acuerdo N 027-P del 25 de junio del 2018, publicado en La Gaceta N 124 del 10 de julio del 2018, para que se lean de la siguiente forma:
Artículo 1ºDelegar la firma del Presidente de la República, de la Primera Vicepresidenta de la República y del Segundo Vicepresidente de la República, estos dos últimos cuando se encuentren en ejercicio de la Presidencia de la República, para el dictado de las resoluciones administrativas referentes a derechos laborales de las y los servidores y ex servidores de la Administración Pública y de pensiones bajo la competencia del Poder Ejecutivo, cuando el monto acreditado en ambos casos no supere los 40.000.000,00
cuarenta millones de colones con cero céntimos por servidor, en las y los señores ministros correspondientes a cada ramo, siendo así:
a En quien ocupe el cargo de Ministro de Educación Pública.
b En quien ocupe el cargo de Ministro de Seguridad Pública con el recargo del Ministerio de Gobernación y Policía.
c En quien ocupe el cargo de Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
d En quien ocupe el cargo de Ministro de Salud.
e En quien ocupe el cargo de Ministro de Obras Públicas y Transportes.
f En quien ocupe el cargo de Ministro de Hacienda.
Artículo 2ºRige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes de febrero de dos mil diecinueve.
CARLOS ALVARADO QUESADA.La Primera Vicepresidenta de la República, Epsy Alejandra Campbell Barr.El Segundo Vicepresidente de la República, Marvin Rodríguez Cordero.1 vez.
O. C. N 4600019043.Solicitud N 143986. IN2019329814 .

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Nº 013-MEIC-2019
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LA MINISTRA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
En ejercicio de las facultades establecidas en los artículos 140
incisos 3 y 18 y 146 de la Constitución Política; en los artículos 25, inciso 1, 27, inciso 1; y 28 inciso 2, acápite b de la Ley General

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La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 29/3/2019

TitleLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

CountryCosta Rica

Date29/03/2019

Page count60

Edition count5353

First edition01/01/2003

Last issue03/05/2024

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