Diario Oficial de la Unión Europea del 5/12/2019 - Sección Legislación

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Source: Diario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

5.12.2019

Diario Oficial de la Unión Europea
ES

L 314/1

I
Actos legislativos
REGLAMENTOS
REGLAMENTO UE 2019/2033 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 27 de noviembre de 2019
relativo a los requisitos prudenciales de las empresas de servicios de inversión, y por el que se modifican los Reglamentos UE n.o 1093/2010, UE n.o 575/2013, UE n.o 600/2014 y UE
n.o 806/2014
Texto pertinente a efectos del EEE

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 114, Vista la propuesta de la Comisión Europea, Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales, Visto el dictamen del Banco Central Europeo 1, Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo 2, De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario 3, Considerando lo siguiente:
1

Unos requisitos prudenciales sólidos forman parte integrante de las condiciones reglamentarias en las que las entidades financieras prestan servicios dentro de la Unión. Las empresas de servicios de inversión están, junto con las entidades de crédito, sujetas al Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo 4 y a la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo 5 en lo referente a su tratamiento y supervisión prudenciales, mientras que su autorización y otros requisitos organizativos y de conducta se rigen por lo dispuesto en la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo 6.

2

Los actuales regímenes prudenciales en virtud del Reglamento UE n.o 575/2013 y de la Directiva 2013/36/UE se basan en gran medida en iteraciones sucesivas de las normas internacionales de regulación establecidas para los grandes grupos bancarios por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y abordan solo parcialmente los riesgos específicos inherentes a las diversas actividades de un gran número de empresas de servicios de inversión. Por lo tanto, las vulnerabilidades y los riesgos específicos inherentes a esas empresas de servicios de inversión deben tratarse específicamente mediante medidas prudenciales apropiadas y proporcionadas a nivel de la Unión.

1 DO C 378 de 19.10.2018, p. 5.
2 DO C 262 de 25.7.2018, p. 35.
3 Posición del Parlamento Europeo de 16 de abril de 2019 pendiente de publicación en el Diario Oficial y Decisión del Consejo de 8 de noviembre de 2019.
4 Reglamento UE n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento UE n.o 648/2012 DO L 176 de 27.6.2013, p. 1.
5 Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE DO L 176 de 27.6.2013, p. 338.
6 Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE DO L 173 de 12.6.2014, p. 349.

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Diario Oficial de la Unión Europea del 5/12/2019 - Sección Legislación

TitleDiario Oficial de la Unión Europea - Sección Legislación

CountryBelgium

Date05/12/2019

Page count178

Edition count9749

First edition03/01/1986

Last issue29/09/2023

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