Diario Oficial de la Federación del 09/05/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

Lunes 9 de mayo de 2022

DIARIO OFICIAL

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La CURP, es la única clave que se emite para las personas mexicanas por nacimiento, por naturalización, y repatriadas sin registro previo, así como a las personas extranjeras solicitantes de la condición de refugiado y protección complementaria, solicitantes de asilo político, con condición de estancia de visitantes y con condición de estancia de residentes temporales o permanentes, sean menores o mayores de edad, y su establecimiento y adopción como una clave única y homogénea en los registros de personas a cargo de las dependencias y entidades de la APF constituye un elemento de apoyo para el diseño y conducción de una adecuada política de población, pues la amplitud de su cobertura y carácter obligatorio la hacen un instrumento de registro y acreditación fehaciente y confiable en la identidad de la población, en términos del Instructivo Normativo para la asignación de la Clave Única de Registro de Población publicado en el DOF el 18 de junio de 2018, y modificado el 18 de octubre de 2021.
El Registro Nacional de Población, como instrumento para la identificación de las personas que componen la población del país, es indispensable para que las dependencias y entidades que integran diversos registros de personas, adopten la CURP, e intercambien información con GOBERNACIÓN que permita validarla;
logrando con ello, por un lado, que las personas ejerciten sus derechos y, por el otro, que el SEDIF BCS
agilice los trámites que efectúa, en el ámbito de su competencia; por lo que, el SEDIF BCS y GOBERNACIÓN deberán celebrar convenios para los efectos antes señalados.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019, contempla en su apartado I. Política y Gobierno, punto cuatro Cambio de paradigma en seguridad, Estrategia Nacional de Seguridad Pública, objetivo 8 Articular la seguridad nacional, la seguridad pública y la paz el objetivo estratégico Construir las bases para la creación de un Documento Único de Identificación Nacional biometrizado.
El Programa Sectorial de Gobernación 2020-2024, publicado en el DOF el 25 de junio de 2020, prevé en su Objetivo prioritario 4, Estrategia prioritaria 4.4, las Acciones Puntuales siguientes: 4.4.2 Impulsar instrumentos normativos de colaboración con el sector público de los tres órdenes de gobierno y el sector privado, encaminados a consolidar el Registro Nacional de Población y 4.4.7 Consolidar e impulsar la adopción y uso de la CURP en los sectores público y privado para que constituya la llave primaria y el elemento de interoperabilidad en los programas y servicios que brinda a la población.
Por otra parte, el SEDIF BCS es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, coordinador del Sistema Estatal de Asistencia Social Pública y Privada, creado mediante Decreto No. 68, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 14 de abril de 1977 en el que se expide la Ley que crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia Baja California Sur y tiene como objetivos, promover el desarrollo de la comunidad y el bienestar familiar; fomentar la formación y la capacitación de grupos de promotores sociales voluntarios y coordinar sus acciones para su participación organizada, tanto en los programas del sistema, como en otros afines y; la coordinación con otras instituciones similares cuyo objetivo sea la obtención del bienestar social; entre otros.
Es el encargado de la asistencia social, la promoción de ésta en el ámbito social, la prestación de servicios en ese campo y la realización de las demás acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas en el Estado, conforme a lo establecido por el artículo 150 de la Ley de Salud del Estado de Baja California Sur LSEBCS, 27 de la Ley de Asistencia Social para el Estado de Baja California Sur, en lo sucesivo LEY y 1o. del Reglamento Interior del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Baja California Sur, en lo sucesivo REGLAMENTO.
Para el logro de sus objetivos, tiene como atribuciones la de coordinar el Sistema de Asistencia Social Pública y Privada; establecer prioridades en materia de asistencia social; promover y prestar los servicios de asistencia social a los que se refiere la LEY y la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en los términos de la legislación aplicable y; establecer prioridades en materia de asistencia social, tal y como se establece en el artículo 28, fracción XXIV de la LEY y 5, fracciones I, II y III del REGLAMENTO.
El 13 de enero de 1977, se creó el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia SNDIF, con el propósito de organizar y dirigir los diversos programas de asistencia social, así como la implementación de modelos de atención con perspectiva familiar y comunitaria, tal y como lo establece el tercer párrafo del apartado de Antecedentes de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria y Desarrollo Comunitario 2022 ESTRATEGIA 2022.

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Diario Oficial de la Federación del 09/05/2022

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date09/05/2022

Page count950

Edition count3416

First edition01/01/2011

Last issue03/05/2024

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