Diario Oficial de la Federación del 20/10/2021

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Miércoles 20 de octubre de 2021

PODER LEGISLATIVO
CAMARA DE SENADORES
DECRETO por el que se inscribe con letras doradas en el Muro de Honor del Senado de la República la leyenda "2021, Año del Centenario de la Creación de la Secretaría de Educación Pública".
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.Ciudad de México.
LA CÁMARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, DECRETA:
SE INSCRIBE CON LETRAS DORADAS EN EL MURO DE HONOR DEL SENADO DE LA REPÚBLICA LA
LEYENDA "2021, AÑO DEL CENTENARIO DE LA CREACIÓN DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA".

Primero.- Inscríbase con letras doradas en el Muro de Honor del Senado de la República la siguiente leyenda "2021, Año del Centenario de la Creación de la Secretaría de Educación Pública".
Segundo.- La inscripción referida en el párrafo precedente, se realizará en Sesión Solemne del Pleno del Senado de la República.
Transitorio Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 12 de octubre de 2021.- Sen. Olga Sánchez Cordero Dávila, Presidenta.- Rúbrica.Sen. Verónica Noemí Camino Farjat, Secretaria.- Rúbrica.

ACUERDO de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, por el que se realiza la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada el 14 de septiembre de 2021.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.LXV Legislatura.- Junta de Coordinación Política.
ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, POR EL QUE SE
REALIZA LA INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 11 Y 12 DE LA LEY FEDERAL DE REVOCACIÓN
DE MANDATO, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

Quienes suscribimos, integrantes de la Junta de Coordinación Política, con fundamento en el artículo 82, numeral 1, inciso a de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; sometemos a la consideración del Pleno, la interpretación de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, con base en los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. El 20 de diciembre de 2020, se publicó el Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Consulta Popular y Revocación de Mandato.
II. El 9 de septiembre de 2021, se publicó el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el cual se aprueban los Lineamientos para la Organización de la Revocación de Mandato.
III. El 14 de septiembre de 2021, se publicó el Decreto por el que se expide la Ley Federal de Revocación de Mandato.
IV. El 30 de septiembre de 2021, en sesión extraordinaria fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el cual se modifican los lineamientos para la organización de revocación de mandato y sus anexos, con motivo de la expedición de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
V. Puesto que los Lineamientos para Revocación de Mandato y sus anexos técnicos, establecen que la forma predominante para la recolección de los apoyos ciudadanos será a través de la aplicación denominada Mi apoyo, disponible únicamente para dispositivos móviles con sistema operativo Android y IOS, lo cual limita la obtención de firmar mediante formato físico a 204 identificados como de muy alta marginación de acuerdo al Índice de Marginación 2020 determinado por el Consejo Nacional de Población.
Resulta evidente, que lo previsto en dichos lineamientos no reflejan el espíritu de los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, pues establecen claramente que los medios electrónicos para la recolección del apoyo deberán ser implementados sin perjuicio de los formatos físicos establecidos en el artículo 11 de la misma ley, estableciendo que la misma ciudadanía adopte el medio de recolección de apoyos ciudadanos que a su criterio convenga más.
En razón de lo anterior, y con base en el artículo 72, inciso F de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Senado de la República realiza a los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, la siguiente:

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Diario Oficial de la Federación del 20/10/2021

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date20/10/2021

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