Diario Oficial de la Federación del 02/04/2020
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Source: Diario Oficial de la Federación
Jueves 2 de abril de 2020
DIARIO OFICIAL
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II.5
Liliana Ángell González, Secretaria de la Honestidad y Función Pública, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre 2018, expedido por Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, y cuenta con las facultades para celebrar el presente Convenio de Coordinación, conforme a lo establecido en los artículos 11, 28, fracción III y 31 fracciones VIII, XXXIV, XXXVI, XL e inciso q del artículo Tercero Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.6.
La Dirección del Registro Civil, para efectos del presente Convenio de Coordinación es la Unidad Coordinadora Estatal, en adelante la UCE, esta es un Órgano Administrativo adscrito a la Subsecretaria de Servicios y Gobernanza Política, de la Secretaría General de Gobierno, en términos de lo dispuesto en el artículo tercero inciso e, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; su titular, Héctor Javier Buendía de León, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 16 de junio de 2019, expedido por Ismael Brito Mazariegos, Secretario General Gobierno; de conformidad con los artículos 18, 21 y el inciso e del Tercero Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; 9 fracción XVI y XXVII del Reglamento del Registro Civil para el Estado de Chiapas.
II.7.- Para los efectos legales de este Convenio de Coordinación para el Programa de Registro e Identificación de Población, señala como su domicilio convencional para oír y recibir toda clase de notificaciones, el ubicado en Palacio de Gobierno, Segundo Piso, Colonia Centro, Código Postal 29000, de esta ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
III.- LAS PARTES declaran que:
III.1. Es su voluntad celebrar el presente Convenio de Coordinación, a fin de establecer la coordinación que les permitan cumplir con las obligaciones establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo, los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E012 Registro e Identificación de Población y en las Directrices del Fortalecimiento del Registro Civil que sean emitidas por el CONAFREC, a efecto de que contribuyan al objeto de presente instrumento y a optimizar la calidad en los servicios que brinda el Registro Civil del Estado de Chiapas;
III.2. Ratifican los instrumentos jurídicos celebrados en materia de Registro Nacional de Población, los cuales derivaron de los señalados en el Apartado de Antecedentes, con el objeto de dar continuidad a los compromisos estipulados, así como la realización de actividades que complementen a los mismos;
Atento a las razones manifestadas por LAS PARTES en las declaraciones que anteceden y siendo además prioritario establecer los cauces institucionales necesarios para una Coordinación eficiente y eficaz, estas manifiestan su voluntad de comprometerse al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- Establecer los mecanismos de coordinación entre LAS PARTES para el Fortalecimiento del Registro Civil del Programa de Registro e Identificación de Población, al contribuir a la integración del Registro Nacional de Población y consolidación de la Base de Datos Nacional del Registro Civil, a través de la modernización y mejora de los servicios que brinda la institución registral en la entidad. Con ello, se obtiene información de manera confiable, homogénea y oportuna, que contribuye a acreditar fehacientemente la identidad de las personas y garantizar su registro inmediatamente después de su nacimiento.
SEGUNDA.- COMPROMISOS.- LAS PARTES se comprometen, en el ámbito de sus respectivas competencias y en la medida de sus posibilidades presupuestales, al desarrollo de las diferentes vertientes y modalidades que integran el Fortalecimiento del Registro Civil:
COMPROMISOS DE LA SEGOB:
a
Asesorar y apoyar a EL GOBIERNO DEL ESTADO en la formulación, implantación y ejecución de las acciones entorno a las diferentes vertientes y modalidades que comprenden el Fortalecimiento del Registro Civil.
b
Asesorar a EL GOBIERNO DEL ESTADO en la reorganización, el mejoramiento de la infraestructura, de los sistemas y de los procedimientos registrales, proporcionado los elementos para que pueda adoptarse un sistema nacional de registro e identidad en el Registro Civil de EL GOBIERNO DEL ESTADO.
c
Proporcionar en el marco normativo, la asesoría técnica y operativa a EL GOBIERNO DEL
ESTADO respecto a esquemas de operación indispensables para fortalecer los servicios implementados en el Registro Civil.