Diario Oficial de la Federación del 02/04/2020

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Source: Diario Oficial de la Federación

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DIARIO OFICIAL

Jueves 2 de abril de 2020

la Administración Pública Federal y de las Administraciones Públicas Estatales y Municipales en los términos de los Instrumentos que se celebren al respecto, con el propósito de constituir un sistema integrado de registro de población; que las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal que en virtud de sus atribuciones integren algún registro de personas, deberán adoptar el uso de la CURP como elemento de aquel y que el Registro de Menores de Edad se conforma con los datos de los mexicanos y mexicanas menores de dieciocho años que se recaben a través de los registros civiles;
I.8.

El Reglamento de la Ley General de Población prevé en los artículos 41 al 88, las Disposiciones Generales; el Registro Nacional de Ciudadanos; el Registro de Menores de Edad; del Procedimiento, el Catálogo de Extranjeros Residentes en la República Mexicana; la Actualización del Registro Nacional de Población, la Información del Registro Nacional de Población, y el Comité Técnico Consultivo concernientes al Registro Nacional de Población, para el cumplimiento de lo establecido en la Ley General de Población en esta materia;

I.9.

En atención a las disposiciones de la Ley General de Población y a su Reglamento, el Registro Civil contribuye a la integración del Registro Nacional de Población; el Fortalecimiento del Registro Civil es un componente del Programa de Registro e Identificación de Población, importante para avanzar en la integración del Registro Nacional de Población;

I.10. La Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración es parte integrante de LA SEGOB
y que su titular, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido por los artículos 2, Apartado A, fracción II, 6, fracciones IX y XII del RISEGOB;
I.11. La Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas es una Unidad Administrativa dependiente de LA SEGOB, de conformidad con el artículo 2, Apartado B, fracción VII del RISEGOB;
I.12

Rocío Juana González Higuera, Jefa de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con los artículos 6, fracción IX y 55 fracción XXXIV del RISEGOB; y
I.13. La Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad es una Unidad Administrativa dependiente de LA SEGOB, de conformidad con el artículo 2, Apartado B, fracción XXIX y 58 del RISEGOB;
I.14. Jorge Leonel Wheatley Fernández, Director General del Registro Nacional de Población e Identidad cuenta con las atribuciones para participar en el presente instrumento, de conformidad con el artículo 10, fracción V del RISEGOB; y I.15. Para efectos legales del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en la Calle Bucareli número 99, Piso 1, Edificio Cobián, Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.
II.- EL GOBIERNO DEL ESTADO declara que:
II.1.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 41 primer párrafo, 42 fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 1 y 15
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, es parte integrante de la Federación y Libre y Soberano en lo que concierne a su régimen interior.
II.2.

La Secretaría General de Gobierno, forma parte integrante de la Administración Pública Estatal, con fundamento en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas y el artículo 28 fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

II.3.

Ismael Brito Mazariegos, Secretario General de Gobierno, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre de 2018, expedido por Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, y cuenta con las atribuciones para suscribir el presente Convenio de Coordinación de conformidad con los artículos 11, 21, 29 y el inciso e del Tercero Transitorio de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y 13, 14
fracciones IV y XLII, 15, fracciones XI, y XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

II.4.

Javier Jiménez Jiménez, Secretario de Hacienda, acredita su personalidad con el nombramiento de fecha 08 de diciembre del 2018, expedido por Rutilio Escandón Cadenas, Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, y cuenta con las facultades para celebrar el presente Convenio de Coordinación, conforme a lo establecido en los artículos 11, 21, 28, fracción II y 30, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y los artículos 12, y 13, fracción VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.

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Diario Oficial de la Federación del 02/04/2020

TitleDiario Oficial de la Federación

CountryMexico

Date02/04/2020

Page count270

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First edition01/01/2011

Last issue17/05/2024

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