Diario Oficial El Peruano del 11/5/2021

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Source: Diario Oficial El Peruano

Firmado Digitalmente por:
EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS
EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 11/05/2021 04:35:17

Gerente de Publicaciones Oficiales:

MARTES 11

RICARDO MONTERO REYES

DE MAYO DE 2021
AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ:
200 AÑOS DE INDEPENDENCIA

BOLETÍN OFICIAL
SUMARIO
AVISOS DE CURSO LEGAL

A. Avisos Diversos B. Edictos Matrimoniales C. Concesiones, Servidumbres y E.I.A.

1
9 9

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Lima y Callao A. Edictos Judiciales
B. Edictos Clasificados 11

Juzgados Especializados
11

Inscripción y Rectificación de Partidas Ineficacia de Título Valor Patrimonio Familiar Prescripción Adquisitiva Sucesión Intestada Reconocimiento de Unión de Hecho
C. Remates Judiciales
13

Remates Bienes Inmuebles Provincias
13

AVISOS DE CURSO LEGAL
A.AContrataciones del Estado A.
visos Diversos 3.

SOLICITUD Y DOCUMENTOS DEL POSTULANTE:
FASE I

Poder Judicial del Perú
Corte Superior de Justicia de Lima Norte
a.

Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios
AVISO DE CONVOCATORIA N 001-2021-CDSJS-CSJLIMANORTE-PJ.
La Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, conformada mediante Resolución Administrativa N 000220-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ, reconformada por Resolución Administrativa N 000239-2021-P-CSJLIMANORTE-PJ, convoca a nivel nacional a todos los abogados/das que deseen participar en el concurso de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, que se desarrollará en mérito a la Resolución Administrativas Nº 399-2020-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que aprueba el Reglamento Transitorio de selección y registro de jueces supernumerarios del Poder Judicial.
1.

b.
c.

FASE II
d.
e.
f.
g.

PLAZAS.
La postulación a las plazas se realiza por nivel y especialidad. Los cargos a convocar son los siguientes:
N 1

2

CARGO

PLAZAS

Juez Especializado
Penal
2

Familia
13

Laboral
4

Mixto
1

Juez de Paz Letrado
16

TOTAL
2.

h.
i.

62

Civil
j.
k.
l.
m.
n.

98
o.

REQUISITOS PARA POSTULAR

p.

2.1. REQUISITOS COMUNES PARA POSTULAR.
Son los establecidos en el artículo 4 de la Ley N 29277 Ley de la Carrera Judicial:

q.

a. Ser peruano de nacimiento b. Tener el pleno ejercicio de la ciudadanía y los derechos civiles c. Tener título de abogado expedido o revalidado conforme a ley, debidamente inscrito en la Corte Superior de su Colegiación y la SUNEDU, así como encontrase hábil en el ejercicio profesional.
d. No haber sido condenado ni haber sido pasible de una sentencia con reserva del fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. La rehabilitación, luego de cumplida una sentencia condenatoria, no habilita para el acceso a la judicatura.
e. No encontrase en estado de quiebra culposa o fraudulenta ni ser deudor alimentario moroso.
f. No presentar discapacidad mental.
g. No haber sido destituido por medida disciplinaria del Poder Judicial o Ministerio Público ni despedido de cualquier otra dependencia de la Administración Pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave.
h. No estar incurso en ninguna de las otras incompatibilidades señaladas por ley.

r.
s.

2.2. REQUISITOS ESPECIALES PARA POSTULAR SEGÚN EL NIVEL QUE POSTULA Son los establecidas en los artículos 8 y 9 de la Ley de la Carrera Judicial, según el siguiente detalle:

w.

2.2.1. REQUISITOS ESPECIALES PARA JUEZ ESPECIALIZADO O MIXTO:
a. Ser mayor de treinta 30 años.
b. Haber sido Juez de Paz Letrado o Fiscal Provincial o Secretario o Relator de Sala al menos por cuatro 04 años, o haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un periodo no menor de cinco 05 años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los periodos en una y otra condición son acumulables para alcanzar el mayor, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.
2.2.2. REQUISITOS ESPECIALES PARA JUEZ DE PAZ LETRADO:
a. Ser mayor de veinticinco 25 años.
b. Haber ejercido la abogacía o desempeñado la docencia universitaria en materia jurídica por un período no menor de tres 3 años; o haberse desempeñado como Secretario o Relator de Sala por más de dos 2 años o como Secretario de Juzgado por más de cuatro 4 años. Para el caso del ejercicio de la abogacía y la docencia universitaria, los períodos en una y otra condición son acumulables, en tanto no se hayan prestado en forma simultánea.

Solicitud de postulación dirigida al señor Presidente de la Comisión, indicando el nivel jerárquico y especialidad a la que postula. También indicar un correo electrónico con la extensión gmail.com y número telefónico; utilizando el formato de solicitud de postulación: Anexo 01 de las Bases.
Currículum Vitae descriptivo sin documentar: Anexo 02 de las Bases.
Declaraciones Juradas: Anexos 03, 04, 05 y 06 de las Bases.

t.
u.

v.

x.
y.

Copia certificada del Título de abogado, con la constancia de registro en la Corte Superior de Justicia de su Colegiatura y con la constancia de registro ante la SUNEDU.
Constancia de Colegiatura del respectivo Colegio de Abogados, con indicación de la fecha de su incorporación.
Copia certificada de la Partida de Nacimiento del postulante.
Copia certificada del Documento Nacional de Identidad, con la constancia de haber sufragado en las últimas selecciones o, en su caso, la dispensa respectiva.
Dos fotografías recientes de frente tamaño pasaporte.
Récord de medidas disciplinarias, expedida por la Oficina de OCMA Y ODECMA sólo en caso de auxiliares jurisdiccionales o de los abogados que vienen deseñándose como jueces supernumerarios y abogados que hayan laborado en el Poder Judicial.
Declaración jurada de no estar inscrito en el registro de Deudores Alimentarios Morosos-REDAM.
Certificado de Antecedentes Policiales Declaración jurada de Bienes y Rentas.
Declaración jurada de no encontrarse afiliado a una organización política o sindical Declaración jurada de no haber sido condenado ni declarada su culpabilidad con reserva de fallo condenatorio por delito doloso, teniendo en consideración que la rehabilitación luego de cumplida una sentencia condenatoria por delito doloso o vencido el plazo de la reserva del fallo condenatorio, no habilita para postular.
Declaración Jurada de no encontrarse procesado penalmente y/o de encontrarse procesado, señalar los datos del expediente materia del proceso.
Declaración Jurada de no estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles REDERECI, prevista la Ley N 30353.
Declaración jurada de no haber sido destituido o suspendido por medida disciplinaria por el Poder Judicial o Ministerio Público.
Declaración jurada de no encontrarse en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia.
Declaración jurada de no haber sido despedido de cualquier otra dependencia de la Administración pública, empresas estatales o de la actividad privada por falta grave en caso de haber tenido o tener proceso disciplinario, investigaciones preliminares o administrativas en el Poder Judicial, investigación Administrativa en otras entidades del estado, denuncias o sanciones en el Ministerio Público u otras entidades públicas o privadas especificar el N de expediente, motivo y estado del proceso.
Declaración Jurada de no estar incurso en los impedimentos a que se refiere el artículo 41 de la Ley de la Carrera Judicial Ley N 29277, u otros de acuerdo a ley, al momento de su inscripción.
Declaración jurada de no tener impedimento para postular, ni incompatibilidad por unión de hecho, por matrimonio, o por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad al momento de su inscripción, conforme al artículo 42 de la Ley de la Carrera Judicial Ley N 29277.
Fotocopia del Carnet de CONADIS, para acceder a la bonificación a que se contrae la Ley General de la persona con discapacidad Ley N 29973
Constancia de haber cursado el programa de formación de aspirantes PROFA, con un total de veintisiete créditos 27 con una duración no menor de un año, a fin de acceder a la bonificación especial que se establece en el artículo 22 del presente Reglamento Transitorio.
Constancia de no haber sido sancionado por Colegio de Abogados Constancia de su experiencia en labor jurisdiccional.

Se precisa que la hoja de vida Currículum Vitae documentada, debe ser presentado en la Mesa de Partes de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, entre las 09:00 hasta las 14:00 horas de 01 y 02 de junio del 2021, sólo para aquellos postulantes que aprobaron la Evaluación de Conocimientos.
El presente Aviso, las Bases y el Cronograma del Concurso en su integridad podrán ser vistas también en la página Web del Poder Judicial y de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, opcionalmente en las redes sociales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Independencia, mayo del año 2021.

013-1951073-1

HOSTAL SOYUZ S.A.
20562976770

AVISO DE DISOLUClON
Por junta general de accionistas de fecha 06 de mayo de 2021 se aprobó la disolución de OPERADORA
MONITOR S.A., nombrándose como liquidador LUIS
ENRIQUE FLORES FERNANDEZ y a don Johan Omar Neyra Escudero como liquidador suplente, conforme al Art. 412 de la ley de sociedades.
LUIS ENRIQUE FLORES FERNANDEZ
DNI 09736498
002-1951335-1

009-1951095-1

ARZOBISPADO DE LIMA
TRIBUNAL ECLESIÁSTICO INTERDIOCESANO
AMPLIACIÓN DE RECTIFICACIÓN DE
PARTIDA DE MATRIMONIO 1864
MARITZA ELIZABETH LOOR CARMIGNANI con C.Ext. N
1201496054, rectifica la P.M. de sus tatarabuelos TOMMASO
RICARDO DOMENICO CARMIGNANI ANNARELLA Y
TRANSITO MASAY. Lugar de nacimiento del esposo LONGONE
por LUNGONE y fecha de matrimonio OMITIDO por 20 DE
FEBRERO DE 1864.
Lima, 05 de mayo de 2021
Yesenia Angélica Avila Candiotti Notario - Tribunal Eclesiástico Interdiocesano 075-1950871-1

002-1947644-1

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Diario Oficial El Peruano del 11/5/2021

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date11/05/2021

Page count20

Edition count2736

First edition01/01/2016

Last issue08/05/2024

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