Diario Oficial El Peruano del 29/9/2020
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Source: Diario Oficial El Peruano
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BOLETIN OFICIAL
EL PERUANO I Lima, martes 29 de septiembre de 2020
PERÚ
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Viceministerio de Comunicaciones
Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones
RESOLUCIONES DE SANCIÓN, ARCHIVO E INFORMES FINALES DE INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR POR LA COMISIÓN Y NO COMISIÓN DE INFRACCIONES A LA NORMATIVA DEL SECTOR COMUNICACIONES
Las personas naturales que a continuación se detallan, no han podido ser notificadas con el respectivo acto administrativo. Por lo tanto, conforme con lo dispuesto en los artículos 20º, numeral 20.1.3 y 23º, numeral 23.1.2 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley N 27444, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2019-JUS, corresponde NOTIFICAR por publicación, las siguientes Resoluciones Directorales e Informes Finales de Instrucción que a continuación se detallan:
ADMINISTRADO
EXPEDIENTE
JUAN NATIVIDAD
VILLANUEVA VILCA
2019-0888
EDY LUZ CONDORI
APOLINARIO
2019-0361
ESTHER YOLANDA
TURPO QUISPE
2019-0927
ESTHER YOLANDA
TURPO QUISPE
2019-0927
SANDRA
CHOQUECAHUANA
VILCACONDO
AMILCAR MANUEL
MALAFAYA PACAYA
2019-0858
2019-0412
AMILCAR MANUEL
MALAFAYA PACAYA
2019-0412
ANANIAS PEREZ
OBLITAS
2018-0557
CORINA BEATRIZ
ROMERO FLORES
2018-0337
SANDRA
CHOQUECAHUANA
VILCACONDO
2018-0875
NOE DAVID CAMPOS
RUIZ
2018-0830
NICETA VALERIANA
PECEROS DE
ORMEÑO
2018-0816
FLOR DEL ROSARIO
RODRIGUEZ CANO
2018-0549
MARIA MONTES
CARITIMARI
2019-0454
EDUARDO SABINO
MONTES QUINTANA
2019-0430
ELENA BEATRIZ
ANTUNEZ BAUTISTA
2019-0572
CAMILO CAJO REYES
2019-0819
NELLY DOMINGA
ROSALES DEXTRE
2019-0887
JOSE SANTOS
CARMEN PEÑA
2019-0513
GUILLERMO
VALERIANO DE LA
CRUZ SALAZAR
2019-0704
CARLOS ENRIQUE
MELGAR GOMEZ
2018-0892
HULL MICHEAL
BELITO PEREZ
2018-0814
JOSE ABEL INGA
MORALES
2019-0533
VILMA RODRIGUEZ
MICHA
2019-0655
ACTO QUE SE NOTIFICA
RESUELVE
DISPONE: SANCIONAR a Juan Natividad Villanueva Vilca, identificado con DNI N 80555642, con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0485 -2020-MTC/29.03
infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el 10/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Edy Luz Condori Apolinario , identificada con DNI N 45296169, con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora R.D. N 0507-2020-MTC/29.03
tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, 14/09/2020
literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
R.D. N 0480 -2020-MTC/29.03 DISPONE: AMPLIAR el plazo para resolver el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Esther Yolanda Turpo Quispe, identificada con DNI N
04/09/2020
44948677, por tres 03 meses adicionales.
CONCLUSIÓN
Ha quedado acreditada la responsabilidad de Esther Yolanda Turpo Quispe, identificada con DNI N 44948677, por la comisión de la conducta infractora IFI N 2910-2019-MTC/29.01
señalada en el artículo 3 del Decreto Legislativo 1277, concordante con el inciso b del artículo 4 de su Reglamento, referida a la realización de una 28/11/2019
comunicación malintencionada de tipo perturbadora. Por lo tanto, se propone sancionar con amonestación escrita, al tratarse de la primera conducta infractora, considerando que no existen otras sanciones que hayan quedado firmes en fecha anterior a la comunicación materia del presente procedimiento.
DISPONE: SANCIONAR a Sandra Choquecahuana Vilcacondo, identificada con DNI N 41595281, con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0246 -2020-MTC/29.03
infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo silente, concordante con el artículo 25/02/2020
4, literal c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
R.D. N 0479 -2020-MTC/29.03 DISPONE: AMPLIAR el plazo para resolver el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Amilcar Manuel Malafaya Pacaya, identificado con DNI
04/09/20020
N 05350453, por tres 03 meses adicionales.
CONCLUSIÓN
Ha quedado acreditada la responsabilidad de Amilcar Manuel Malafaya Pacaya, identificado con DNI N 05350453, por la comisión de la conducta infractora IFI N 0013-2020-MTC/29.01
señalada en el artículo 3 del Decreto Legislativo 1277, concordante con el inciso b del artículo 4 de su Reglamento, referida a la realización de una 09/01/2020
comunicación malintencionada de tipo perturbadora. Por lo tanto, se propone sancionar con amonestación escrita, al tratarse de la primera conducta infractora, considerando que no existen otras sanciones que hayan quedado firmes en fecha anterior a la comunicación materia del presente procedimiento.
DISPONE:
SANCIONAR a Ananias Perez Oblitas, identificado con DNI N 47698200 con amonestación escrita por la realización de cuatro 04 comunicaciones malintencionadas de tipo silente, tipificadas en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, concordante con el artículo 4, literal c del Decreto Supremo R.D. N 0486 -2020-MTC/29.03
N 013-2017-MTC.
10/09/2020
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Ananias Perez Oblitas , identificado con DNI N 47698200, solo respecto de la comisión de dos 02 comunicaciones malintencionadas de tipo silente, tipificadas en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, concordante con el artículo 4, literal c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE:
SANCIONAR a Corina Beatriz Romero Flores, identificada con DNI N 17582843 con amonestación escrita por la realización de cuarenta y uno 41
comunicaciones malintencionadas de la siguiente manera: treinta 30 de tipo perturbadora y once 11 de tipo silente, tipificadas en los artículos 3 y 4 del R.D. N 0509 -2020-MTC/29.03
Decreto Legislativo N 1277, concordante con el artículo 4, literal b y c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
15/09/2020
ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Corina Beatriz Romero, identificada con DNI N 17582843, solo respecto de la comisión de cuatro 04 comunicaciones malintencionadas de tipo perturbadora y silente, tipificadas en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, concordante con el artículo 4, literal b y c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Sandra Choquecahuana Vilcacondo identificada con DNI N 41595281 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0487 -2020-MTC/29.03
infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el 10/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Noe David Campos Ruiz , identificado con DNI N 42564386 con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora R.D. N 0488-2020-MTC/29.03
tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, 10/09/2020
literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Niceta Valeriana Peceros de Ormeño, identificada con DNI N 15411469 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0489 -2020-MTC/29.03
infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el 10/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Flor del Rosario Rodriguez Cano, identificada con DNI N 06236175 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0490-2020-MTC/29.03 infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo silente concordante con el artículo 4, literal c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Maria Montes Caritimari, identificada con DNI N 43496128 con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora R.D. N 0491-2020tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, MTC/29.0310/09/2020
literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Eduardo Sabino Montes Quintana, identificado con DNI N 40592031 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0492-2020infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el MTC/29.0310/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Elena Beatriz Antunez Bautista, identificada con DNI N 42078395 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0493 -2020infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el MTC/29.0310/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Camilo Cajo Reyes, identificado con DNI N 77429501 con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora tipificada R.D. N 0494-2020en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, literal b del MTC/29.0310/09/2020
Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Nelly Dominga Rosales Dextre, identificada con DNI N 31652147 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0495-2020infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el MTC/29.0310/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Jose Santos Carmen Peña, identificado con DNI N 02753472 con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora R.D. N 0496-2020tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, MTC/29.0310/09/2020
literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Guillermo Valeriano de la Cruz Salazar, identificado con DNI N 22665868 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0497-2020infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el MTC/29.0310/09/2020
artículo 4, literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Carlos Enrique Melgar Gomez, identificado con DNI N 08656532 con amonestación escrita por la comisión de la conducta R.D. N 0498-2020infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo silente, concordante con el artículo MTC/29.0310/09/2020
4, literal c del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: SANCIONAR a Hull Micheal Belito Perez, identificado con DNI N 41016105 con amonestación escrita por la comisión de la conducta infractora R.D. N 0499-2020tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, concordante con el artículo 4, MTC/29.0310/09/2020
literal b del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Jose Abel Inga Morales, identificado con DNI N 09271682, por la presunta R.D. N 0281 -2020comisión de la conducta infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, MTC/29.0302/03/2020
concordante con el artículo 4 del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
DISPONE: ARCHIVAR el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Vilma Rodriguez Micha, identificada con DNI N 43885230, por la presunta R.D. N 0279-2020comisión de la conducta infractora tipificada en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N 1277, por la realización de una comunicación de tipo perturbadora, MTC/29.0302/03/2020
concordante con el artículo 4 del Decreto Supremo N 013-2017-MTC.
TIPO DE
SERVICIO
Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas
Comunicaciones Malintencionadas
Comunicaciones Malintencionadas
Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas Comunicaciones Malintencionadas
El recurso a interponer debe ser presentado a la Dirección Sanciones en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de quince 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en la mesa de partes ubicada en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1 o dirigirse al portal web de la mesa de partes virtual mpv.mtc.gob.pe de este Ministerio.
El descargo contra el Informe Final de Instrucción debe ser presentado a la Dirección Sanciones en Comunicaciones de la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de siete 7 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presente publicación, en la mesa de partes ubicada en el Jr. Zorritos Nº 1203 Lima 1 o dirigirse al portal web de mesa de partes virtual mpv.mtc.gob.pe de este Ministerio.
Autoridad Sancionadora : Dirección de Sanciones en Comunicaciones.
Norma que atribuye competencia : Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N 959-2019MTC/01 y Resolución Ministerial N 0204-2020-MTC/01
005-1888266-1