Diario Oficial El Peruano del 18/6/2020

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Source: Diario Oficial El Peruano

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BOLETIN OFICIAL

181-3H0500/2017-000551
de Fecha 2017-06-28

181-3H0500/2017-000837
de Fecha 2017-09-28

181-3H0500/2017-000927
de Fecha 2017-10-27

181-3H0500/2017-000128
de Fecha 2017-02-15

181-3H0500/2017-000133
de Fecha 2017-02-15

181-3H0500/2017-000010
de Fecha 2017-01-17

181-3H0500/2017-000013
de Fecha 2017-01-17

181-3H0500/2019-000272
de Fecha 2019-05-31

EL PERUANO I Lima, jueves 18 de junio de 2020

ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0206-2017-000002 de fecha 14.MAR.2017, de conformidad al articulo ANDRES
38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar al ciudadano boliviano ANDRES GUSTAVO CHOQUEVILLQUE VERA identificado con Cedula de Identidad Nº GUSTAVO
181-0206-20173693875, con MULTA ascedente a la suma de S/. 668.00 soles seiscientos sesenta y ocho con 00/100 soles equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consignada en CHOQUEVILLQUE
000002
el Acta de Incautacion N 181-0206-2017-000002 de fecha 14.MAR.2017; de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA
VERA
2017-000309.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0205-2017-000902 de fecha 13.JUN.2017, de conformidad con el NATIVIDAD SILES 181-0205-2017- articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a la señora NATIVIDAD SILES
UNZUETA
000902
UNZUETA identificada con CEDULA DE IDENTIFICACION Nº 935190, ascendente a la suma de S/. 1168.00 mil ciento sesenta y ocho con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2018-000253.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Incautacion N 181-0300-2017-000097 de fecha 26.08.2017, de conformidad con el CONDORI APAZA 181-0300-2017- articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a BRIGIDA CONDORI APAZA
BRIGIDA
000097
identificada con C.I. Nº 6154993, de nacionalidad boliviana, ascendente a la suma de S/. 1,385.00 mil trescientos ochenta y cinco con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008
"Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000716.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Inmovilizacion Incautacion N 181-2016-0205-001217 de fecha 17.NOV.2016, de conformidad RUIZ ZUÑIGA
181-2016-0205- con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar a la ciudadana colombiana RUIZ ZUÑIGA GLORIA MARIA identificada con Cedula de GLORIA MARIA
001217
Ciudadania N 29230747 con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consiganda en el Acta de Incautacion N 181-2016-0205-001217, monto que asciende a S/. 699.00 seiscientos noventa y nueve con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000084.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de las mercancias consignadas en el Acta de Inmovilizacion Incautacion N 181-2016-0201-000396 de fecha 25.NOV.2016, de conformidad RODRIGUEZ
181-2016-0201- con el articulo 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar al ciudadano boliviano RODRIGUEZ CUELLAR LUIS ANTONIO, con Cedula de Identidad N
CUELLAR LUIS
000396
13364527, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar de la mercancia consiganda en el Acta de Incautacion N 181-2016-0201-000396, monto que asciende a S/. 1,411.00
ANTONIO
mil cuatrocientos once con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000089.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada. mediante Acta de Incautacion N 181-0205-2016-001124 del 15.OCT.2016, de conformidad con el articulo HECTOR
181-0205-2016- 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a HECTOR ROLANDO MENDOZA, ROLANDO
001124
con Cdeula de Identificacion N 4835328, ascendente a la suma de S/. 442.00 cuatrocientos cuarenta y dos con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos MENDOZA
aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000006.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar COMISO ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada. mediante Acta de Incautacion N 181-0205-2016-001123 del 15.OCT.2016, de conformidad con el articulo HECTOR
181-0205-2016- 38 de la Ley 28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO SEGUNDO.- Sancionar con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar a HECTOR ROLANDO MENDOZA, ROLANDO
001123
con Cdeula de Identificacion - Bolivia N 4835328, ascendente a la suma de S/. 716.00 setecientos dieciseis con 00/100 soles, de conformidad con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos MENDOZA
aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2017-000004.
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de devolucion presentada por VERA MAXIMILIANO CARLOS OMAR iedntificado con Cedula de Identidad Nº 33847390, mediante Expediente Administrativo Nº 000-URD030-2019-224127-2 de fecha 09.ABR.2019 por lo considerandos expuestos en la presente resolucion. ARTICULO SEGUNDO.- Declarar COMISO
VERA
181-0205-2019- ADMINISTRATIVO de la mercancia incautada, consignada en el Acta de Inmovilizacion Incautacion N 181-0205-2019-000380 de fecha 02.ABR.2019, de conformidad con el articulo 38 de la Ley MAXIMILIANO
000380
28008 - "Ley de los Delitos Aduaneros". ARTICULO TERCERO.- Sancionar a VERA MAXIMILIANO CARLOS OMAR, quien no cuenta con Registro Unico de Contribuyente e identificado con Cedula CARLOS OMAR
de Identidad Nº 33847390, con MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar monto que asciende a S/. 3045.00 tres mil cuarenta y cinco con 00/100 soles, de conformidad con el inciso d articulo 2º en concordancia con el articulo 36 de la Ley 28008 "Ley de los delitos aduaneros", mediante LIQUIDACION DE COBRANZA 2019-000676.
005-1868193-1

PROTECCIÓN DE DATOS DE PRUEBA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANAS DE TACNA
NOTIFICACION ADMINISTRATIVA
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y su modificatoria Ley 30264, Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N 004-2019-JUS, cumple con NOTIFICAR a las personas naturales y/o jurídicas detalladas a continuación, que en aplicación en los casos correspondientes, de la Ley de los Delitos Aduaneros - Ley N 28008, Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo N 1053, se han decretado los siguientes actos administrativos a través de Resolución Jefatural de División respectiva, debiendo apersonarse a recabar sus correspondientes documentos, en la Intendencia de Aduana Tacna ubicada en Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Pocollay -Tacna.
En vista que se han suspendido los plazos administrativos, una vez culminado el estado de emergencia, la persona natural y/o jurídica con legítimo interés, puede acercarse a la Intendencia de Aduana de Tacna ubicada en el Parque Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Pocollay - Tacna, a recabar copia del documento notificado.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación en la presente, podrá ser impugnado dentro del término de veinte 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación, caso contrario, la mercancía comisada podrá ser objeto de disposición por la Administración Aduanera en conformidad con lo indicado en los artículos 180 y 186 de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1053, concordante con los artículos 235, 242 y 243 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N 010-2009-EF.
Documento de Identidad
Usuario
Actas de Incautación
Resolución Jefatural de División
Liquidaciones Valor CIF
de Cobranza S/.

Determinación
ARTÍCULO PRIMERO: Declarar el COMISO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 172-0201-2019-0000528 del 26.07.2019, en aplicación a lo previsto Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros; de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la 172KANG HYO
presente Resolución.
PASAPORTE
3G0500/2020172-0201SIL
ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar a KANG HYO SIL identificada con PASAPORTE N M84333976 con 172-8113-2020
N M84333976
00132
2019-0000528
una MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, ascendente a la suma de S/
4736.00 CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 SOLES, debiéndose emitir la correspondiente Liquidación de Cobranza, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la presente Resolución.

4736.00

ARTÍCULO PRIMERO: Declarar el COMISO de las mercancías consignadas en el Acta de Incautación N 172-0201-2019-0000592 del 31.08.2019, en aplicación a lo previsto Artículo 38 de la Ley de los Delitos Aduaneros; de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la 172presente Resolución.
3G0500/2020172-0201ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar a PEREZ TAMAYO RUBY MILENA identificada con CEDULA DE 172-8139-2020
00128
2019-0000592
IDENTIDAD N 25219017-1 con una MULTA equivalente a dos 02 veces los tributos dejados de pagar, ascendente a la suma de S/ 6925.00 SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 SOLES, debiéndose emitir la correspondiente Liquidación de Cobranza, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la presente Resolución
6925.00

CEDULA DE
IDENTIDAD N
25219017-1

PEREZ
TAMAYO
RUBY
MILENA

Conforme al artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se informa que mediante Junta General de Accionistas de fecha 11 de junio de 2020, se acordó la disolución y liquidación de COLMENA GESTIÓN S.A.C., con R.U.C. N
20558165490, designando como Liquidador a ALVA LEGAL ASESORIA EMPRESARIAL S.A.C., con RUC N 20552850395, representada por su Gerente General, Sonia Malena Alva Rodríguez, con DNI Nº 10271002.
Lima, 12 de junio de 2020.
EL LIQUIDADOR
002-1868011-1

AVISO DE DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN
Conforme al artículo 412 de la Ley General de Sociedades, se informa que mediante Junta General de Accionistas de fecha 11 de junio de 2020, se acordó la disolución y liquidación de COLMENA CONTROL S.A.C., con R.U.C.
N 20603599081, designando como Liquidador a ALVA LEGAL ASESORIA EMPRESARIAL
S . A . C . , c o n RU C N 2 0 5 5 2 8 5 0 3 9 5 , representada por su Gerente General, Sonia Malena Alva Rodríguez, con DNI Nº 10271002.
Arequipa, 12 de junio de 2020
EL LIQUIDADOR
002-1868010-1

3. Nombre del producto farmacéutico, forma farmacéutica y concentración: PREVYMIS
240mg Tableta Recubierta 4. Acción farmacológica: ANTIVIRAL DE
USO SISTÉMICO

002-1868098-1

BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN
AL 31/12/2019 PRIAMO S.A.
RUC: Nº 20100781728
ACTIVO:
S/ 0.00
ACTIVO CORRIENTE:
S/.0.00
PASIVO:
S/ 0.00
PASIVO CORRIENTE:
S/ 0.00
LIMA, 09 DE JUNIO DEL 2020
JOSE MANUEL ARAKAKI OSHIRO
LIQUIDADOR

013-1868118-1

AVISO DE DISOLUCION

AVISO DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
POR JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
DE IDEAS TEXTILES S.A.C., DE FECHA
12 DE JUNIO DEL 2020, SE ACORDÓ
L A D I S O L U C I Ó N D E L A S O C I E DA D
Y S U P O S T E R I O R L I QU I DAC I Ó N , NOMBRÁNDOSE COMO LIQUIDADOR
A PEDRO FRANCISCO CORONADO
FERNÁNDEZ, IDENTIFICADO CON
DNI N 07186636, LO QUE COMUNICO
PARA LOS FINES DE LEY.
LIMA, 15 DE JUNIO DEL 2020
PEDRO FRANCISCO CORONADO FERNÁNDEZ
EL LIQUIDADOR
002-1868150-1

2. Denominación común internacionaI
DCI de la nueva entidad química LETERMOVIR

Carla Villarán Córdova DNI 10317561
Representante Legal de MERCK SHARP & DOHME PERÚ S.R.L.
Publicación autorizada por el Ministerio de Salud Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas
005-1868194-1

AVISO DE DISOLUCIÓN
Y LIQUIDACIÓN

1. Identidad del solicitante: Droguería MERCK SHARP & DOHME PERÚ S.R.L.
RUC: 20260344341. DIRECCIÓN: AV.
CIRCUNVALACIÓN DEL CLUB GOLF
LOS INCAS 134, TORRE 2, OFICINA
1901. SANTIAGO DE SURCO. LlMA PERÚ

Por acuerdo de la Junta General de Accionistas del 12 de junio del 2020 se acordó por Disolución de INVERSIONES PRI SAC con RUC Nº 20514512362, designándose como Liquidador a Don HERBIG
VICTOR AJALCRIÑA CORTEZ identificado con DNI
Nº 09453895.
Lima, 12 de junio del 2020
HERBIG VICTOR AJALCRIÑA CORTEZ
EL LIQUIDADOR
INVERSIONES PRI SAC
RUC Nº 20514512362
002-1868146-1

AVISO DE DISOLUCION
Por acuerdo de la Junta General de Accionistas del 15 de junio del 2020 se acordó por Disolución de QUIXA SAC con RUC Nº 20514931098, designándose como Liquidador a Don HERBIG VICTOR
A JA LC R IÑ A C ORTE Z i denti fi c ado c on D N I
Nº 09453895.
Lima, 15 de junio del 2020
HERBIG VICTOR AJALCRIÑA CORTEZ
EL LIQUIDADOR
QUIXA SAC
RUC Nº 20514931098
002-1868149-1

About this edition

Diario Oficial El Peruano del 18/6/2020

TitleDiario Oficial El Peruano

CountryPeru

Date18/06/2020

Page count8

Edition count2747

First edition01/01/2016

Last issue06/06/2024

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