Diario Oficial de la República de Chile del 2/4/2022 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.219

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Sábado 2 de Abril de 2022

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo CVE 2108018
EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N982 EXENTA, DE 2022
La resolución exenta N982, del 16 marzo de 2022, del Director Nacional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, fijó el procedimiento para que los Organismos Técnicos de Capacitación acrediten las deudas pendientes de los Organismos Técnicos Intermedios para Capacitación en relación con la ejecución del programa de becas laborales correspondiente al año 2018, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la ley N21.405.
El texto íntegro de la resolución exenta N982 está disponible en línea, en el sitio web oficial del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, www.sence.cl.

Sección I - 3

Jurisdicción: Futrono Mod. Atención: Intermitente.
2. Modifíquese la resolución exenta N55, de fecha 11 de enero de 2012, de la Sra. Directora del Trabajo de la época, en el sentido de crear la nueva Inspección del Trabajo señalada en el resuelvo anterior.
3. Dispóngase que, en todo lo no modificado por el presente acto administrativo, rige plenamente la resolución exenta N55, de 11 de enero de 2012, de la Sra.
Directora del Trabajo de la época.
4. Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial de conformidad a lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N19.880.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Lilia María Jerez Arévalo, Directora del Trabajo.

Ministerio de Salud
Santiago, 16 de marzo de 2022.- Ricardo Ruiz de Viñaspre Rencoret, Director Nacional, Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

Dirección del Trabajo
CVE 2109552
CREA COMISIÓN NACIONAL DE RESPUESTA PANDÉMICA COVID-19
Y DEJA SIN EFECTO CONSEJO ASESOR COVID-19

CVE 2107807
MODIFICA RESOLUCIÓN N55 EXENTA, DE 11 DE ENERO DE 2012, DE
LA SRA. DIRECTORA DEL TRABAJO DE LA ÉPOCA, QUE REFUNDE Y
SISTEMATIZA NORMAS SOBRE EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO
DE LAS INSPECCIONES DEL TRABAJO, EN EL SENTIDO QUE INDICA
Resolución Núm. 306 exenta.- Santiago, 18 de marzo de 2022.
Vistos:
1. Lo dispuesto en los artículos 5º letras a, c, e, f y p, 18º y siguientes del Título III, del DFL N2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo;
2. Lo dispuesto en el artículo 48, de la Ley N19.880, Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
3. La resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención de trámite de toma de razón;
4. La resolución exenta N55, de 11 de enero de 2012, de la Sra. Directora del Trabajo de la época, que deja sin efecto Res. Ex. N1.681, de 2011, y refunde y sistematiza normas sobre existencia y funcionamiento de las Inspecciones del Trabajo;
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N55, de 11 de enero de 2012, la Sra.
Directora del Trabajo de la época, estableció la denominación, sede, jurisdicción y modalidad de atención de las diversas Inspecciones del Trabajo que componen las unidades operativas de esta Institución;
2. Que, para cumplir con mayor eficiencia la funciones Institucionales se hace necesario contar con unidades operativas, que permitan una mayor cercanía con la ciudadanía;
3. Que, es necesario modificar la resolución exenta N55, de fecha 11 de enero de 2012, en el sentido de crear la Inspección -oficinadel Trabajo intermitente de Futrono, dependiente de la Inspección Provincial del Trabajo del Ranco.
Resuelvo:
1. Créese, en la XIV Región de Los Ríos, nueva Inspección intermitente del Trabajo de Futrono, la que tendrá sede, jurisdicción y modalidad de atención que a continuación se indica:
Inspección comunal del Trabajo de Futrono i, dependiente de la Inspección Provincial del Ranco:
Comuna: Futrono Localidad: Futrono
Resolución Núm. 473 exenta.- Santiago, 1 de abril de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1 y 4 del decreto con fuerza de ley N1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto N2.763, de 1979, y de las leyes N18.933 y N18.469; en los artículos 4, 5 y 6 del decreto supremo N136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; del Título II del Libro I del Código Sanitario, rotulado: De las Enfermedades Transmisibles; en el artículo 3º de la ley 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto N4 de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional ESPII por brote del nuevo coronavirus 2019-NCOV
y sus modificaciones posteriores; Minuta enviada por correo de fecha 25 de marzo de 2022 de Asesora Gabinete Subsecretaria de Salud Pública, y en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República;
Considerando 1. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona enferma; así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.
2. Que, con fecha 31 de diciembre de 2019 fue notificado por primera vez en Wuhan China el actual brote de enfermedad por COVID-19, más conocido como Coronavirus, y dada la expansión y mortalidad del virus, desde esa fecha se ha mantenido en alerta a la población mundial.
3. Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud OMS declaró que el brote de COVID-19 constituye una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional ESPII, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto N230 de 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Que, con fecha 5 de febrero, se dictó el decreto N4 de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional ESPII por brote del nuevo coronavirus 2019-NCOV, cuya última prórroga de vigencia se efectuó a través del Decreto Exento N 31 de fecha 18 de marzo de 2020, del Ministerio de Salud.
5. Que, mediante Resolución Exenta N 131 de fecha 11 de marzo de 2020, del Ministerio de Salud, se creó el grupo de trabajo denominado Consejo Asesor COVID-19, para coadyuvar en la elaboración de estrategias de prevención y abordaje de los casos de COVID-19.
6. Que, sin embargo, la gestión de la pandemia por SARS-CoV-2 requiere establecer un nuevo modelo de toma de decisiones, en el cual se integre de manera

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Diario Oficial de la República de Chile del 2/4/2022 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date02/04/2022

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