Diario Oficial de la República de Chile del 5/3/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.596

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 5 de Marzo de 2020

Aysén, Puerto Cisnes y Puerto Melinka, todos de la mencionada región, y en el sitio web www.subpesca.cl. El plazo para presentar las postulaciones y apoyos será de un mes contado a partir de la publicación de la resolución extractada en el Diario Oficial. Si el último día del plazo es inhábil administrativo, éste se entenderá prorrogado al primer día hábil administrativo siguiente, conforme al artículo 25 de la ley Nº 19.880.
El texto íntegro de la presente resolución se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 24 de febrero de 2020.- Román Zelaya Ríos, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA
CVE 1735192
EXCLUYE AL SÍNDICO ENRIQUE ALEJANDRO CONCHA MATUS DE
LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS
Núm. 346.- Santiago, 5 de junio de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República;
en el Libro IV del Código de Comercio; en la ley Nº 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar por orden del Presidente de la República; en el decreto Nº 640, de 2004, que nombra e incluye a persona que indica en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, y el decreto Nº 445, de 2013, que Amplía su Jurisdicción a las regiones que indica, ambos del Ministerio de Justicia; en las resoluciones Nº 1.600 de 2008 y Nº 10 de 2017, ambas de la Contraloría General de la República; los oficios Nº 8650 de 2017, Nº 637 y Nº 14196, de 2018, Nº 1529 y Nº 3842, de 2019, todos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y Considerando:
1.- Que, por decreto Nº 640, de 2004, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Enrique Alejandro Concha Matus, RUN Nº 10.223.581-9, como Síndico Privado de Quiebras y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia. A su vez, mediante decreto Nº 445, de 2013, del Ministerio de Justicia, se amplió su jurisdicción a las regiones que indica.
2.- Que, consta de los oficios Nº 8650 de 2017 y Nº 14196 de 2018, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que el síndico aludido fue citado a dar examen de conocimientos a rendirse los días 14 de diciembre de 2017 y 26 de diciembre de 2018. ausentándose en ambas oportunidades, sin causa justificada, entendiéndose reprobado para todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el Instructivo S.Q. Nº 1, de 28 de abril de 2011, informándole de dicha situación mediante oficios SIR Nº 637 de 2018,y Nº 1529 de 2019, de la señalada Superintendencia.
3.- Que, por oficio Superir Nº 3842, de 18 de marzo de 2019, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la finalidad de decretar su exclusión y su eliminación de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos.
4.- Que, conforme lo dispuesto en los artículos primero y noveno transitorios de la ley Nº 20.720, las quiebras, convenios y cesiones de bienes vigentes a la fecha de entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo, se rigen por las normas contenidas en el Libro IV del Código de Comercio; así como los procedimientos sancionatorios y de fiscalización iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la citada Ley. En tal sentido, los síndicos con quiebras vigentes regidas por el

Sección I - 3

mencionado Libro IV, son fiscalizados en sus actuaciones conforme a las normas de éste, lo que incluye verificar, con la periodicidad que señala su artículo 16, el cumplimento del requisito de idoneidad para ostentar dicha función, mediante el correspondiente examen de conocimientos, procedimiento que se encuentra vigente para todos los efectos legales.
5.- Que, en atención a los fundamentos expuestos, los antecedentes acompañados y lo estipulado en la causal contemplada en el Nº 13 del artículo 22, en relación con el inciso cuarto del artículo 16, arribos del Libro IV del Código de Comercio, corresponde excluir de la señalada nómina al Sr. Concha Matus.
Decreto:
Exclúyase a don Enrique Alejandro Concha Matus, RUN Nº 10.223.581-9, de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, en la que fue incluido mediante decreto Nº 640, de 2004, del Ministerio de Justicia.
Anótese, tómese razón, notifíquese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Hernán Larraín Fernández, Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Juan José Ossa Santa Cruz, Subsecretario de Justicia.
CVE 1735193
EXCLUYE AL SÍNDICO JORGE LUIS MISLEJ MUSALEM DE LA
TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS
Núm. 347.- Santiago, 5 de junio de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República;
en el Libro IV del Código de Comercio; en la ley Nº 20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo; en el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar por orden del Presidente de la República;
en el decreto Nº 1.071, de 1983, que Fija Tercéra Nómina Nacional de Síndicos, en el decreto Nº 167, de 2002, que lo modifica, ambos del Ministerio de Justicia, y el decreto Nº 920, de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que Reduce la Competencia Territorial del Síndico Jorge Luis Mislej Musalem;
en las resoluciones Nº 1.600, de 2008, y Nº 10, de 2017, ambas de la Contraloría General de la República; los oficios Nº 8651, de 2017, Nº 727 y Nº 14.194, de 2018, Nº 1533 y Nº 3945, de 2019, todos de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento; y Considerando:
1.- Que, por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia, se fijó la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, incluyéndose en esta a don Jorge Luis Mislej Musalem, RUN Nº 5.035.143-2, como Síndico Privado de Quiebras. A su vez, mediante decreto Nº 167, de 2002, del Ministerio de Justicia, se modificó el citado acto administrativo, ampliando el ámbito de ejercicio de su función a todo el territorio nacional; el que, por su parte, fue reducido mediante decreto Nº 920, de 2017, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
2.- Que, consta de los oficios Nº 8651, de 2017, y Nº 14.194, de 2018, de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que el síndico aludido fue citado a dar examen de conocimientos a rendirse los días 14 de diciembre de 2017, y 26 de diciembre de 2018, ausentándose en ambas oportunidades, sin causa justificada, entendiéndose reprobado para todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el Instructivo S.Q. Nº 1, de 28 de abril de 2011, informándole de dicha situación mediante oficios SIR Nº 727, de 2018, y Nº 1533, de 2019, de la señalada Superintendencia.
3.- Que, por oficio Superir Nº 3945, de 20 de marzo 2019, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la finalidad de decretar su exclusión y su eliminación de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos.
4.- Que, conforme lo dispuesto en los artículos primero y noveno transitorios de la ley Nº 20.720, las quiebras, convenios y cesiones de bienes vigentes a la fecha de entrada en vigencia de dicho cuerpo normativo, se rigen por las normas contenidas en el Libro IV del Código de Comercio; así como los procedimientos sancionatorios y de fiscalización iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia

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Diario Oficial de la República de Chile del 5/3/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date05/03/2020

Page count16

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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