Diario Oficial de la República de Chile del 10/1/2020 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Sección I - 2

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Viernes 10 de Enero de 2020

05.09.2011, ambas del Director Nacional de Aduanas; y, se delegó tal facultad en el Director Regional de la Aduana de Iquique, incorporando un nuevo numeral 7.1, en la resolución exenta N3.829, de 18.08.2010, del Director Nacional de Aduanas.
Valparaíso, 3 de enero de 2020.- Gustavo Poblete Morales, Director Nacional de Aduanas S.
CVE 1709253
MODIFICA MANUAL DE TRÁFICO TERRESTRE EN MATERIA DE
PASAVANTES

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y con las garantías que determine, a las asociaciones garantizadoras para actuar como fiadora y expedir títulos de importación temporal.
Que, en el ejercicio de la facultad entregada a esta autoridad y teniendo presente que no se adjudicó la Convocatoria Pública señalada en los considerandos anteriores, se ha resuelto designar a la Cámara de Comercio de Santiago para actuar como entidad expedidora y garantizadora de Cuadernos ATA.
Que, el sistema de Cuadernos ATA descansa sobre la base de la existencia de una cadena de garantía administrada por una organización internacional que permite asegurar que, en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas para la admisión temporal, se pagará el importe de los derechos e impuestos, por lo que para que esto sea efectivo, es recomendable dar continuidad a la entidad garante actual a fin de que la certeza internacional no se vea menoscabada de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I del Anexo A del Convenio de Estambul.
Que, la Cámara de Comercio de Santiago A.G., es la única organización en Chile que cumple con el requisito de encontrarse afiliado a la Cámara de Comercio Internacional establecido en el artículo 1 literales d y e del Capítulo I del Anexo A.

Nº 42.549

Teniendo presente:

Lo dispuesto en las resoluciones Nos 7 y 8, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y las facultades que me otorga el artículo 4 del decreto con fuerza de Ley N329/79 del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:
Resolución:

1. Desígnese y autorízase a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., Rut 70.017.820-K, como entidad garantizadora de Cuaderno ATA, por un período indefinido a contar de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 4 del Capítulo III del Anexo A del Convenio de Estambul, aprobado mediante el decreto supremo N103 de 2004, del Ministerio de Relaciones Exteriores y a los considerandos de la presente resolución.
2. Fíjese una garantía de 5.000 UF, por concepto garantía global para cubrir los posibles derechos e impuestos originados por las admisiones temporales que se efectúen al territorio nacional al amparo de los Cuadernos ATA, con vigencia de un año, contado desde la fecha de la notificación de la presente resolución.
La garantía deberá renovarse por períodos sucesivos de 1 año, y el monto se fijará de acuerdo al valor promedio mensual de las importaciones temporales realizadas el año inmediatamente anterior, el que deberá ser informado por la Cámara de Comercio de Santiago.
3. Suscríbase un anexo con la Cámara de Comercio de Santiago, en el cual deberán estipularse las condiciones especiales para el cumplimiento de la presente designación.

Extracto
Mediante resolución exenta N60, de fecha 3 de enero de 2020, del Director Nacional de Aduanas S, se ha dispuesto:
Reemplazar la letra I sobre Régimen de admisión temporal otorgado a vehículos importados en zonas francas de extensión amparados por pasavante, del Capítulo II
del Manual de Tráfico Terrestre, aprobado por resolución exenta N748/13.02.1989.
Implementar un nuevo sistema de solicitudes de pasavante online para las personas naturales propietarias de vehículos de uso particular, en las aduanas con jurisdicción sobre zonas francas de extensión, a contar de las fechas que se indican:
Aduana de Arica, Región de Arica y Parinacota Aduana de Iquique, Región de Tarapacá Aduana de Punta Arenas, Región de Magallanes Aduanas de Coyhaique y Aysén, Región de Aysén Aduana de Puerto Montt, Provincia de Palena
: 16 de enero de 2020
: 16 de enero de 2020
: 22 de enero de 2020
: 22 de enero de 2020
: 24 de enero de 2020.

La resolución extractada entrará en vigencia a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial, salvo en lo que diga relación con la tramitación electrónica de las solicitudes de pasavantes, que resultarán aplicables a contar de la fecha en que se implemente el nuevo sistema de solicitudes de pasavantes online para la respectiva aduana y para el tipo de solicitante y vehículo de que se trate.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.
Valparaíso, 3 de enero de 2020.- Gustavo Poblete Morales, Director Nacional de Aduanas S.

Anótese, comuníquese y archívese.- José Ignacio Palma Sotomayor, Director Nacional de Aduanas.

Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
CVE 1709030
RESOLUCIÓN N5.882, DE 23.12.2019, DEL DIRECTOR NACIONAL DE
ADUANAS, DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA

Extracto
Por la resolución exenta N5.882, de 23.12.2019, del Director Nacional de Aduanas, del Servicio Nacional de Aduanas, se dejó sin efecto la delegación de facultad de prorrogar la admisión temporal de vehículos amparados por pasavantes, otorgada al Jefe del Departamento Técnico, de la Dirección Regional de la Aduana de Iquique, contenida en el numeral 12, de la resolución exenta N3.829, de 18.08.2010, modificada por el numeral II, de la resolución exenta N4.882, de
CVE 1709243
ESTABLECE VEDA BIOLÓGICA PARA EL RECURSO ANCHOVETA EN
ÁREA Y PERÍODO QUE INDICA
Extracto
Por decreto exento N1 de 6 de enero de 2020 de este Ministerio, establécese una veda biológica para el recurso Anchoveta en el área marítima comprendida entre el límite norte de la Región de Arica y Parinacota y el límite sur de la Región de Antofagasta, la que regirá desde la fecha de publicación del presente decreto

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Diario Oficial de la República de Chile del 10/1/2020 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date10/01/2020

Page count24

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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