Diario Oficial de la República de Chile del 9/12/2019 - Secciones I-IV

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.523

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Lunes 9 de Diciembre de 2019

Sección I - 3

Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
4. La empresa a cargo de las obras debe asegurar la generación de cualquier otra medida complementaria que surja como requerimiento durante la ejecución del corte solicitado, especialmente en la aplicación de medidas de mitigación complementarias, requeridas por personal municipal y de esta Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, que surjan de la evaluación operativa.
5. Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de las medidas precedentemente descritas, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Tránsito y demás normativa aplicable.
6. La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

a En el tramo solicitado no hay servicios de transporte Público Rural. Dado lo anterior no se requieren desvíos.
b Se entiende que, por tratarse de un corte total y existiendo servicios de Transporte Público que circulan por el intervalo solicitado, es necesario realizar desvíos temporales de tránsito para ciertos servicios de Transporte Público.
c Los servicios de Transporte Público Urbanos afectados por este corte para el Transporte Menor Taxi Colectivo son: 14 V1 Ida y 14 V2 Retorno.
En tanto, para el Transporte Mayor Buses, corresponden a los servicios 4A Ida, 4A Retorno, 8A Ida y 8A Retorno.
d La empresa a cargo de las obras debe tomar todas las medidas de seguridad necesarias en torno a la obra, mientras se estén ejecutando los trabajos en la vía solicitada. La señalización asociada a la ejecución de la obra debe ser clara, resguardando siempre su buena visibilidad y conservación de los elementos durante todo el tiempo que dure la intervención.
e Respecto al ingreso y salida a calle Garibaldi, especialmente al de esquina de Garibaldi con Venecia, la empresa deberá implementar sistemas reductores de velocidad para el Transporte Público. Esto, debido a la cercanía de Establecimientos Educacionales presentes en el sector, los que presentan un alto flujo de peatones menores de edad que circulan en los horarios educacionales de ingreso y salida.
f Se requiere estrictamente, que para el día del término de las obras, queden despejadas y habilitadas ambas calzadas intervenidas de calle Florencia, con el fin de que el Transporte Público y los vehículos particulares se puedan integrar sin dificultades.

6. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:

1. Prohíbase a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y, por un periodo de 90 días corridos, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados y, de acuerdo a lo aprobado por el Municipio de Temuco y los antecedentes revisados por esta Secretaría Regional Ministerial. Autorízase el Corte Total de calle Florencia, entre calles Venecia y Bérgamo, en la comuna de Temuco; remitiéndose estrictamente a lo indicado en el ordinario N 1.296, de la Municipalidad de Temuco.
2. Los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo N 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de Transporte Público deberán transitar por los trazados que se detallan a continuación:
TRANSPORTE URBANO MAYOR Y MENOR DE TEMUCO Y PADRE
LAS CASAS

TRANSPORTE MAYOR Bus
Línea 4

4A Ida R.H.- Venecia - Garibaldi - Toscana - R.H.
4A Retorno R.H.- Toscana - Garibaldi - Venecia - R.H.

Línea 8

8A Ida R.H. - Venecia - Garibaldi - Toscana - R.H.
8A Retorno R.H.- Toscana - Garibaldi - Venecia - R.H.

TRANSPORTE MENOR Taxi Colectivo
14V1 Ida R.H. - Venecia - Garibaldi - Toscana - R.H.
14V1 Retorno R.H. - Toscana - Garibaldi - Venecia - R.H.

3. La empresa a cargo de las obras, debe respetar estrictamente el periodo de cierre de la vía en el tramo indicado en la presente resolución y señalizar debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito Señalización
Anótese y publíquese.- Luis Calderón Ramírez, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de la Araucanía.

Ministerio del Medio Ambiente
CVE 1691492
ACEPTA RENUNCIA AL CARGO DE SECRETARIA REGIONAL
MINISTERIAL DEL MEDIO AMBIENTE DE LA REGIÓN DE LA
ARAUCANÍA
Núm. 76.- Santiago, 1 de agosto de 2018.
Visto:

Lo dispuesto en los artículos 7, 146 y 147 del DFL N 29, de 2004, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los artículos 61, 62 y 63 del DFL N 1 de 2005, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en la ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DFL N 4, de 2010, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija Planta del Personal del Ministerio del Medio Ambiente; en la ley N 21.053, de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; en el DS N 413, de fecha 11 de marzo de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros de Estado en las carteras que indica; en la resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el decreto supremo N 56, de 2018, que nombró Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente a la persona más adelante individualizada, y Considerando:

Que, con fecha 31 de julio de 2018, la señora Andrea Verónica Flies Lara, RUT
9.494.764-2, Directivo de Exclusiva Confianza, Planta, grado 4 EUS, con residencia en Temuco, ha presentado su renuncia al cargo de Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía, la que se hará efectiva a partir del 1 de agosto de 2018.
Decreto:

1. Acéptese, a contar del 1 de agosto de 2018, la renuncia presentada por la señora Andrea Verónica Flies Lara, RUT 9.494.764-2, Directivo de Exclusiva Confianza, Planta, Grado 4 E.U.S., con residencia en Temuco, al cargo de Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región La Araucanía.
2. Establécese que la señora Andrea Verónica Flies Lara no se encuentra sometida a investigaciones sumarias ni a sumarios administrativos y nada debe al Servicio.
3. Establécese que por razones impostergables de buen servicio, el presente acto entrará en vigencia desde su dictación, sin esperar su total tramitación.
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA
ECHENIQUE, Presidente de la República.- Marcela Cubillos Sigall, Ministra del Medio Ambiente.
Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes.- Felipe Riesco Eyzaguirre, Subsecretario del Medio Ambiente.

About this edition

Diario Oficial de la República de Chile del 9/12/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date09/12/2019

Page count28

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031