Diario Oficial de la República de Chile del 2/10/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.467

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 2 de Octubre de 2019

Sección I - 3

Chilena, modificado por los DS Nº 100 de 1995; DS Nº 330 de 1996; DS Nº 364
de 2004; DS Nº 190 de 2005; DS Nº 503 de 2005; DS Nº 357 de 2006; DS Nº 385
de 2007, D. Ex. Nº 1.998 de 2011, D. Ex. Nº 3.451 de 2016 y D. Ex. Nº 286 de 2018, todos del Ministerio de Defensa Nacional, en el sentido de desafectar aquella parte de los sectores ubicados dentro de los límites del Parque Nacional Bernardo OHiggins y del Parque Nacional Alberto de Agostini y Reemplázase la cartografía de referencia y datum, referidos a la Carta SHOA Nº 1001, escala 1:100.000, 1
edición de 12 de agosto de 1953, dátum local, en los sectores que a continuación se detallan, por el nuevo plano de referencia denominado Plano XII-Staines-SSP, a escala 1:50.000, 1 edición de 2015, en datum WGS 84, proyección UTM 18 Sur, editado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, revisado y aprobado por el SHOA, que forman parte integrante del presente decreto, conforme al siguiente detalle:
1. Desaféctense las áreas y sectores fijados como Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura en el DS Nº 190, de 2005 y en el D. Ex. Nº 1.998, de 2011, por encontrarse dentro de los límites de los Parques Nacionales Bernardo OHiggins y Alberto de Agostini, de acuerdo al siguiente detalle:

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9.- Que, por otra parte, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, como una forma de satisfacer sus requerimientos cartográficos para los fines de la acuicultura, decidió llevar adelante en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, la edición de cartografía a escala 1:50.000, referida al datum WGS 84, que permitiría contar con planos de fácil manejo, representativos de la realidad geográfica.
10.- Que, así, mediante el D. Ex. Nº 3.451, de 2016, del Ministerio de Defensa Nacional, se traspasó gran parte de las A.A.A. de la región a los nuevos planos editados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, denominados: XII-CORD-SSP, XII-XAUL-SSP. XII-NAT01-SSP, XII-NAT02-SSP, XII-NAT03-SSP, XII-ARACSSP, XII-NAVA-SSP, XII-TIEFUE01-SSP, XII-TIEFUE02-SSP, XII-SKY01-SSP, XII-SKY02-SSP, XII-SMYTH-SSP, XII-WILCOCK-SSP XII-COCK-SSP y XIIWELL-SSP. Lo anterior, derivó en un cambio en la denominación de algunas A.A.A., pero no significó una modificación de las áreas establecidas. A modo de ejemplo, los siguientes sectores: Norweste de Islote Japhet, Bahía Sucia, Saco al Norte de Caleta Malacca, Saco al Weste de Punta Oldfield, Norweste de Arrecife Hammond, Islas Carlos y Dulce e Isla Morton, establecidos mediante el DS Nº 190, de 2005 y D. Ex. Nº 1.998, de 2011, todos fijados en la Carta SHOA Nº 9511, escala 1:15.000, 5 edición 30 de diciembre de 1997, datum WGS 84, al ser traspasados a la nueva cartografía contenida en el D. Ex. Nº 3.451, de 2016, del Ministerio de Defensa Nacional, cambiaron su denominación pasando a llamarse, respectivamente, de la siguiente manera Noroeste de Islote Japhet, Caleta Sucia, Caleta Malaca, Saco al Oeste de Punta Oldfield, Noroeste de Arrecife Hammond, Islas Carlos y Dulce e Isla Morton.
11.- Que, luego, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, mediante el oficio D.AC. Ord. Nº 549, del 14 de abril de 2016, solicitó al Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada SHOA, la revisión y aprobación de las coordenadas geográficas y UTM resultantes de este traspaso de información, a la nueva cartografía referida al datum WGS 84, sobre el plano XII-Staines-SSP, escala 1:50.000, certificación que dicho Servicio emitió mediante oficio SHOA Ord. Nº 13.000/24/89/
SSP, del 9 de mayo de 2016.
12.- Que, en virtud de lo anterior, dicha Subsecretaría remitió a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas el oficio D.AC. Ord. Nº 1.016, del 17 de junio de 2016, junto al Informe Técnico D.AC. Nº 510, del 7 de junio de 2016, que da cuenta de la actualización cartográfica de A.A.A. en el sector de Península Staines, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, con la finalidad de que las nuevas coordenadas geográficas referidas al traspaso de las A.A.A. desde la cartografía antigua vigente, esto es carta SHOA Nº 1001, al nuevo Plano XII-Staines-SSP, escala 1:50.000, 1 edición de 2015, datum WGS 84, sean integradas al respectivo decreto de desafectación y modificación.
13.- Que, finalmente, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura remitió a la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas el oficio D.AC Ord. Nº 564, del 18 de abril de 2019, junto al Informe Técnico D.AC. Nº 411, del 17 de abril de 2019, donde explica el detalle de las A.A.A. que debían ser eliminadas por ubicarse dentro de los límites del Parque Nacional Alberto de Agostini, y solicita dar curso al respectivo decreto de modificación.
14.- Que al amparo de lo señalado en el artículo 33 de la ley Nº 19.880, esta Subsecretaría ha dispuesto la acumulación de los procedimientos de desafectación de A.A.A. y de actualización cartográfica, iniciados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, descritos precedentemente, en específico los señalados en los párrafos Nº 8, 12 y 13, a fin de que estos sean resueltos en un mismo acto.
15.- Que, consecuente con lo anterior, y considerando la atribución de esta Secretaría de Estado establecida en el artículo 67 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, se procederá a desafectar y modificar las A.A.A. de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ubicadas dentro de los límites de los Parques Nacionales Bernardo OHiggins y Alberto de Agostini. Además, se traspasarán las A.A.A. resultantes de este proceso de desafectación, fijadas en la Carta SHOA Nº 1001, al Plano XII-Staines-SSP, editado por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Decreto:

I. Acumúlense los procedimientos administrativos iniciados por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, correspondientes, por una parte, a solicitudes de desafectación de A.A.A. ubicadas dentro de los límites de los Parques Nacionales Bernardo OHiggins y Alberto de Agostini de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, requeridas, respectivamente, mediante oficio D.AC. Ord. Nº 409 de 2015, Nº 1.306 de 2016, y mediante oficio D.AC. Ord. Nº 564, de 2019, y, por otra, a la solicitud de actualización cartográfica de los sectores de A.A.A. resultantes del proceso de desafectación a la nueva cartografía elaborada por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, requerida por oficio Ord. Nº 1.016, de 2016.
II. Modifícase el DS Nº 340, de 1994, que fijó las Áreas Apropiadas para el Ejercicio de la Acuicultura A.A.A. en la Región de Magallanes y de la Antártica
A. EN LAS ÁREAS BAHÍA LIBERTA Y BAHÍA MAGENTA, Y BAHÍA
LIBERTA Y PUERTO GRAY
A.1 Elimínense como A.A.A., los siguientes sectores que se encontraban dentro de los límites del Parque Nacional Bernardo OHiggins establecidos en el DS Nº 190, de 2005 y en el D. Ex. Nº 1.998, de 2011, actualizados cartográficamente en el D. Ex. Nº 3.451, de 2016, todos del Ministerio de Defensa Nacional, fijados en el Plano XII-WELL-SSP, escala 1:50.000, 1 edición de 2014, datum WGS 84, proyección UTM 18 Sur.
Sector Bahía Magenta a Punta Micrómetro.
Sector Seno Duque de Edimburgo.
B. EN EL ÁREA PUERTO EDÉN

B.1 Elimínense como A.A.A. los siguientes sectores que se encontraban dentro de los límites del Parque Nacional Bernardo OHiggins, establecidos en el DS Nº 190, de 2005 y en el D. Ex. Nº 1.998, de 2011, actualizados cartográficamente en el D. Ex. Nº 3.451, de 2016, todos del Ministerio de Defensa Nacional, fijados en el Plano XII-WELL-SSP, escala 1:50.000, 1 edición de 2014, datum WGS 84, proyección UTM 18 Sur.
Sector Noroeste de Islote Japhet.
Sector Caleta Sucia.
Sector Caleta Malacca.
Sector Saco al Oeste de Punta Oldfield.
Sector Noroeste de Arrecife Hammond.
Sector Islas Carlos y Dulce.
Sector Isla Morton.

C. EN EL ÁREA ESTERO FALCON Y ESTERO BACKOUT

C.1 Elimínense como A.A.A. los siguientes sectores que se encontraban dentro de los límites del Parque Nacional Bernardo OHiggins, establecidos mediante el DS Nº 190, de 2005 y D. Ex. Nº 1.998, de 2011, ambos del Ministerio de Defensa Nacional, fijados en la Carta SHOA Nº 9500, escala 1:100.000, 1 edición 30 de diciembre de 1997, datum SAD 69.
Sector Acceso Estero Falcón.
Sector Saco Estero Falcón.
Sector Estero Backout.

D. EN EL ÁREA SENO PENGUIN

D.1 Elimínense como A.A.A. los siguientes sectores que se encontraban dentro de los límites del Parque Nacional Bernardo OHiggins, establecidos mediante el DS
Nº 190, de 2005 y D. Ex. Nº 1.998, de 2011, fijados en la Carta SHOA Nº 10310, escala 1:50.000, 1 edición 30 de diciembre de 1996, datum SAD 69.
Sector Ribera Norte Seno Penguin.
Sector Saco Seno Penguin.
Sector Ribera Sur Seno Penguin.
Sector Seno Husbands.

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Diario Oficial de la República de Chile del 2/10/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date02/10/2019

Page count36

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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