Diario Oficial de la República de Chile del 16/4/2019 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 42.332

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Martes 16 de Abril de 2019

iii. Reemplázase la expresión Comité Interministerial por Comité Interministerial de Desarrollo Social y Familia.
b. Agregáse el siguiente párrafo segundo, pasando el actual segundo a ser párrafo tercero:
Un reglamento expedido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y suscrito además por el Ministro de Hacienda, regulará dichos informes, determinando, entre otros aspectos, el contenido, las etapas, los plazos, la periodicidad y, en general, las normas necesarias para asegurar la transparencia del proceso de evaluación..
c. En el párrafo segundo, que pasa a ser párrafo tercero:

Sección I - 3

ii. Reemplázase en sus párrafos segundo y tercero la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
p En la letra u:
i. Reemplázase la palabra Intendentes por la expresión Delegados Presidenciales Regionales.
ii. Sustitúyense la expresión Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social por Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social y Familia, y la locución Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
q Incorpórase la siguiente letra x, nueva, pasando la actual letra x a ser y:

RE
PR
N ES
O E
O N
FI TA
C C
IA IÓ
L N

i. Reemplázase la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ii. Sustitúyese la referencia numeral 1 del artículo 2 por numeral 2 del artículo 2.

g En la letra e:

i. Intercálase, a continuación de la expresión de la población, la siguiente:
y de las familias.
ii. Reemplázase la expresión Comité Interministerial de Desarrollo Social por Comité Interministerial de Desarrollo Social y Familia.
h Reemplázase en la letra f la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
i En la letra g:
i. Reemplázase en su párrafo primero la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ii. Sustitúyese en su párrafo segundo la expresión Ministros de Desarrollo Social por Ministros de Desarrollo Social y Familia.
iii. Reemplázanse en su párrafo final la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia, y la referencia numeral 5 del artículo 2 por numeral 7 del artículo 2.

j Sustitúyese en la letra i la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
k Agréganse en la letra n, a continuación del punto y aparte, que pasa a ser seguido, las siguientes oraciones: En este contexto, se faculta al Ministerio de Desarrollo Social y Familia para permitir a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda el acceso a los datos que en este Registro se contengan para los fines que corresponda en el marco de sus atribuciones, sólo en lo relacionado con la evaluación de los programas sociales, con la elaboración de informes financieros, y con los estudios necesarios para aquello. Con todo, se accederá a los datos sólo de manera innominada. Asimismo, la información que extraiga el mencionado Servicio deberá ser de carácter indeterminado e indeterminable respecto a los datos personales. En caso de que los funcionarios de la Dirección de Presupuestos, o aquel que en nombre de ésta tenga acceso a los datos del Registro, los utilicen con fines diversos para los que fueron solicitados de acuerdo al presente literal, serán sancionados conforme al Título V de la ley N 19.628..
l En la letra o:
i. Sustitúyese la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ii. Agrégase la siguiente oración final: Este mejoramiento procurará que el Sistema Intersectorial de Protección Social opere bajo un enfoque familiar, en los casos que corresponda, desde una comprensión multidimensional de los niveles de vulnerabilidad social..

m Sustitúyese en la letra p la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
n Sustitúyese en la letra q la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ñ Sustitúyese en la letra r la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
o En la letra s:
i. Sustitúyese en su párrafo primero la expresión Ministerio de Desarrollo Social, las tres veces que aparece, por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

x Promover el fortalecimiento de la familia, en los términos definidos en el número 1 del artículo 2 de la presente ley..
5. Reemplázase en el inciso primero del artículo 3 ter la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
6. Modifícase el artículo 4 como se indica:
a En el inciso primero:

i. Reemplázase en su encabezamiento la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ii. Sustitúyese en la letra a la expresión Ministro de Desarrollo Social por Ministro de Desarrollo Social y Familia.
iii. Reemplázase en la letra e la expresión Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social por Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social y Familia.
b Sustitúyese en los incisos segundo y tercero la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
7. En el artículo 5 reemplázase la expresión v y w por v, w y x.
8. Modifícase el artículo 6 de la siguiente forma:
a En el inciso primero:

i. Incorpórase, a continuación de la frase las funciones establecidas en las letras, lo siguiente: a, en el marco de las atribuciones vigentes de dicha Subsecretaría y en coordinación con la Subsecretaría de Evaluación Social,.
ii. Reemplázase la expresión s y u por s, u y x.
iii. Sustitúyese la expresión Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
b Reemplázase en el inciso segundo la expresión Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social por Secretarías Regionales Ministeriales de Desarrollo Social y Familia.
9. En el artículo 6 bis sustitúyese la expresión u y w por u, w y x.
10. En el artículo 7:

a Reemplázase en el inciso primero la expresión Ministro de Desarrollo Social, las dos veces que aparece, por Ministro de Desarrollo Social y Familia.
b Sustitúyense en el inciso segundo la expresión Ministro de Desarrollo Social por Ministro de Desarrollo Social y Familia, y la locución Comité Interministerial de Desarrollo Social de la Niñez por Comité Interministerial de Desarrollo Social, Familia y Niñez.
11. Modifícase el artículo 8 de la siguiente forma:
a En el inciso primero:
i. Reemplázanse la expresión Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia, y la locución Ministerio de Desarrollo Social por Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
ii. Sustitúyese el vocablo Intendente, por la expresión Delegado Presidencial Regional.

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Diario Oficial de la República de Chile del 16/4/2019 - Secciones I-IV

TitleDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

CountryChile

Date16/04/2019

Page count52

Edition count1243

First edition17/08/2016

Last issue22/11/2023

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