Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/12/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

15 de diciembre de 2022

Página 3

B.O. P. DE CADIZ NUM. 238
INGRESOS

CAP

INST.
ENTE
PRESUFUNDAPATROEMPLEO
PUBLICO
PATRONATO
PUESTO
CIÓN DE
NATO
DESARROEMPRESATURISMO
ORDINARIO
CULTURA VIVIENDA LLO TECNORIAL
LÓGICO
TUGASA

1
2 3
4 5
6 7
8 9
TOTALES

18.453.013,63
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
17.699.160,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
31.043.759,16
0,00
0,00 43.685,88
0,00 3.597.492,56
214.616.612,02 3.560.000,00 1.500.000,00
0,00 7.613.836,31 2.200.000,00
4.065.000,00
0,00
0,00
500,00
28.000,00
0,00
100.000,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
25.677.122,71
15.000,00
5.000,00
0,00
490.000,00 200.000,00
1.658.750,00
20.000,00
3.000,00
0,00
40.000,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
313.313.417,52 3.595.000,00 1.508.000,00 44.185,88 8.171.836,31 5.997.492,56

EMPRESA
PROVINCIAL
DE
FUNDACION
EPICSA
VIVIENDA ENERGIA
Y SUELO DE
CADIZ, S.A.
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
2.024.402,85 145.144,20
0,00
4.803.655,32 1.289.850,81 603.440,63
0,00
0,00
0,00
0,00 3.800.821,12
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00 1.631.786,22
0,00
6.828.058,17 6.867.602,35 603.440,63

AJUSTES
OPERACIONES
INTERNAS

TOTALES

0,00 18.453.013,63
0,00 17.699.160,00
-1.742.108,78 35.112.375,87
-20.116.504,79 216.070.890,30
0,00
4.093.500,00
0,00
3.900.821,12
-710.000,00 25.677.122,71
0,00
1.721.750,00
0,00
1.631.786,22
-22.568.613,57 324.360.419,85

QUINTO. Aprobar las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Entidad para el año 2023, aplicables para la Diputación Provincial y todos sus Organismos Autónomos dependientes de la misma.

SEXTO. Exponer el Presupuesto General de conformidad con lo dispuesto en el art.169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a información pública, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, y por las causas que se detallan en el art. 170.2 del citado texto legal, cualquier persona interesada conforme al art. 170.1, lo pueda examinar y presentar reclamaciones que estime convenientes, que serán resueltas por el Pleno en el plazo de un mes. El Presupuesto General se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

SÉPTIMO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, una vez aprobado definitivamente el Presupuesto General, el resumen por capítulos de cada uno de los Presupuestos que lo integran; y remitir copia del mismo a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía y a la Delegación Provincial del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

OCTAVO. Declarar la no disponibilidad del crédito por un importe de 4.000.000,00€ en la aplicación presupuestaria 06/241/48000 TRANSFERENCIAS CORR A
FAMILIAS E INST SIN FINES DE LUCRO, hasta la efectiva recepción de los ingresos previstos en el concepto 01 54100 ARRENDAMIENTOS DE FINCAS URBANAS.

07/12/22. La Secretaria General. Marta Álvarez-Requejo Pérez. Firmado.
Nº145.272


CONSORCIO INSTITUCION FERIAL DE CADIZ
C-IFECA
EDICTO

El Vicepresidente del Consorcio Institución Ferial de Cádiz C-IFECA, D. Jaime Armario Limón, ha resuelto mediante decreto número IFECA-00220-2022
de fecha 5 de diciembre de 2022, cuyo tenor literal es el siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de 30 de mayo de 2022 de la Presidenta del C-IFECA, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 103, de 1 de junio de 2022, se dispuso la aprobación de la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del Consorcio Institución Ferial de Cádiz C-IFECA.

Segundo.- Las plazas objeto de convocatoria pública se encuentran vacantes y están destinadas a su cobertura por personal laboral fijo.

Tercero.- Visto el informe del Asesor Jurídico del C-IFECA de fecha 30 de noviembre de 2022, donde considera que, una vez examinado el modelo de las bases que han de regir las convocatorias, estas se ajustan a la normativa vigente.

Cuarto.- Para la materialización de cada proceso de selección es necesaria la aprobación y publicación de las Bases por las que se han de regir las convocatorias de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Al amparo de lo previsto en las Leyes 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y de la Ley 20/2021, de 28 diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se dispuso la aprobación de Oferta de Empleo Público extraordinaria a fin de incluir las plazas de naturaleza estructural que estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Segundo.- Conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, la publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en las ofertas de empleo público deberá producirse antes del 31
de diciembre de 2022.

La resolución de estos procesos selectivos deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

Por otra parte, ha de señalarse que conforme a lo previsto en la citada Ley 20/2021, de la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal, y de lo que resulta igualmente que no podrán ser objeto de los mismos la cobertura de plazas que ya se encuentren incluidas en otros procesos de selección.

En su apartado 4, el artículo 2 citado dispone que la articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, comunidades autónomas y entidades locales.

Sin perjuicio de lo establecido en su caso en la normativa propia de función pública de cada Administración o la normativa específica, el sistema de selección será

el de concurso-oposición, con una valoración en la fase de concurso de un cuarenta por ciento de la puntuación total, en la que se tendrá en cuenta mayoritariamente la experiencia en el cuerpo, escala, categoría o equivalente de que se trate, pudiendo no ser eliminatorios los ejercicios en la fase de oposición, en el marco de la negociación colectiva establecida en el artículo 37.1 c del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

No obstante lo anterior, la disposición adicional sexta del mencionado texto legal establece que las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma.

Finalmente, la Disposición adicional séptima de la Ley dispone que los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.

Tercero.- Corresponde la competencia para aprobar las presentes bases a la Presidencia del Consorcio Institución Ferial de Cádiz C-IFECA, según establece el artículo 14, apartado 1º, letra k de sus Estatutos BOJA núm. 40, de 26 de febrero de 2018, que atribuye a la misma la atribución para el ejercicio de la alta jefatura administrativa y de personal. No obstante lo cual, esta Vicepresidencia se halla facultada para el dictado de la presente Resolución conforme a la delegación de la Presidencia, otorgada por Resolución de la misma número 00086-2022, de fecha 18 de julio de 2022.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, vengo en disponer:

Primero.- Aprobar la convocatoria y las Bases por las que se regirá el procedimiento para la selección, en régimen de personal laboral fijo, de 1 plaza vacante de Técnico/a Economista, incluida en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria para la estabilización del empleo temporal del Consorcio Institución Ferial de Cádiz C-IFECA, mediante el sistema de concurso, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Las citadas bases figuran en los términos recogidos como documento Anexo.

Segundo.- Aprobar el modelo oficial y normalizado de solicitud de participación en el proceso, que figura como documento Anexo I, al cual deberán ajustarse todas las personas interesadas en concurrir a las plazas convocadas, así como el modelo de autobaremación de méritos que figura como documento Anexo II.

Tercero.- Proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Tablón electrónico de Anuncios y Edictos del Consorcio Institución Ferial de Cádiz C-IFECA, surtiendo sus efectos correspondientes desde el día siguiente al de su publicación en el diario oficial indicado.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, se procederá igualmente a la publicación de la presente oferta en el Portal de Transparencia del Consorcio.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 15/12/2022

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date15/12/2022

Page count87

Edition count6017

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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