Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/9/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 172
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE HACIENDA Y FINANCIACION EUROPEA
CADIZ
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PÚBLICA PARA AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en la vigente Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación del Gobierno en Cádiz, con objeto de AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES DIVISIÓN ANDALUCÍA
Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5 - 41004 SEVILLA
Emplazamiento de la instalación: CL Extrarradio Términos municipales afectados: San Roque Finalidad de la instalación: Mejoras
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:

Instalación de dos nuevas salidas de línea de 15 kV en la Subestación Eléctrica Mercancías.

Coordenadas UTM 30 ETRS89 X: 281691.86 Y: 4012778.80
Posiciones de 15 kV
Tipo: Interior blindada aislada en gas SF6.
Esquema: Doble barra.
Alcance: 2 Posiciones de salida de línea de 15 kV, constituidas por:

2 Tramos tripolares de barras.

1 Seccionador tripolar para seccionamiento de barras.
1 Seccionador tripolar para seccionamiento de barras de tres posiciones con puesta a tierra.
1 Interruptor tripolar automático.
3 Transformadores de intensidad toroidales, para protección.
1 Transformador de intensidad toroidal para medida de la corriente homopolar.
3 Detectores de control de presencia de tensión.
1 Compartimento para elementos de control.
Posición de telecontrol y protecciones
REFERENCIA: AT-14742/21

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación de Gobierno en Cádiz, sito en Plaza Asdrúbal 6 - Edificio Junta de Andalucía - 11008 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.

La documentación correspondiente a este anuncio también se encuentra expuesta en el portal de transparencia y por el mismo periodo a través del siguiente enlace:

https juntadeandalucia.es/organismos/haciendayfinanciacioneuropea/
servicios/participacion/todos-documentos.html
13/08/2021. LA DELEGADA DEL GOBIERNO EN CÁDIZ, Fdo.: ANA
MARÍA MESTRE GARCÍA
Nº 73.202


CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CADIZ
ACUERDO DE INICIO DE DESLINDE TOTAL
DEL MONTE PÚBLICO "SIERRA PLATA",
CÓDIGO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA CA-50014-AY

Expte. MO/00184/2021. La Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 y ss. de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos del 60 al 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla y, en uso de las competencias atribuidas en la Orden de 28 de mayo de 2019, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería, mediante Resolución de 3 de agosto de 2021, ha acordado el inicio del deslinde total, Expte. MO/00184/2021, del monte público "SIERRA PLATA", propiedad del Ayuntamiento de Tarifa y situado en su mismo término municipal, provincia de Cádiz, cuya parte dispositiva es la siguiente:
"1º.- Se proceda al inicio del deslinde total del monte público SIERRA PLATA, código de la Junta de Andalucía CA-50014-AY, propiedad del Ayuntamiento de Tarifa y situado en el término municipal de Tarifa, provincia de Cádiz.
2º.- Encargar la elaboración de la memoria y la dirección de la ejecución de los trabajos de deslinde a D. Gema Ferrer Fernández y D. Miguel Alberto Cueto Álvarez de Sotomayor, conforme a lo dispuesto en los artículos 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y el 63 del Reglamento Forestal de Andalucía, aprobado mediante el Decreto 208/1997, de 9 de septiembre.

El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de dos años, transcurrido el plazo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se producirá la caducidad. Se advierte, a quienes se conceptúen como colindantes con el monte público u ostente algún interés legítimo que hacer valer en el expediente, de la necesidad de presentar toda la documentación que obre en su poder. Dicha documentación deberá ser presentada en la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Cádiz de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
8 de septiembre de 2021

Pesca y Desarrollo Sostenible a efectos de tener formado mejor criterio sobre las fincas afectadas de cara a las jornadas de apeo.

A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho de los que integren la pretensión titularidad, deberá comunicarse a esta Delegación Territorial, informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.

Para cualquier tipo de aclaración, se deberá llamar al teléfono 670-940591
ó 671-591419, así como concertar cita para la consulta del expediente.

9/8/21. EL DELEGADO TERRITORIAL DE DESARROLLO
SOSTENIBLE EN CÁDIZ. Fdo.: Daniel Sánchez Román.
Nº 73.952


CONSEJERIA DE EMPLEO, FORMACION
Y TRABAJO AUTONOMO
CADIZ
ANUNCIO

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo y a los efectos previstos en el mismo, que con fecha 12 de agosto de 2021, se resolvió inscribir en ésta Oficina Pública la modificación de los estatutos del sindicato denominado:

AUTONOMÍA OBRERA de ámbito provincial y número de depósito 11000880. El congreso ordinario de 5 de julio de 2021 donde se acuerda la modificación aparece suscrita por Don Manuel Gómez Bienvenido como Presidente y por Don Juan Ramón Sáinz Fernández como Secretario.

Cádiz, a 18 de agosto de 2021. EL DELGADO TERRITORIAL. Fdo.:
María Jesús Herencia Montaño Por suplencia, Resolución de 23-7-2021, B.O.J.A.
Nº145 de 29-7-2021.
Nº 74.302

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
EDICTO

Transcurrido el plazo de exposición al publico del acuerdo de aprobación provisional del expediente 2021/CEU_03/005611 de Aprobación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Canon de Mejora de Infraestructuras Hidráulicas, adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2.021, y NO
habiéndose presentado alegaciones durante el plazo correspondiente, y de conformidad con lo prevenido por el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter definitivo la aprobación de la ordenanza fiscal, en los términos que se contienen en el anexo, las cuales se publican de conformidad con lo dispuesto por el articulo 17.4 de la citada Ley.

Contra el mencionado acuerdo definitivo de modificación de la ordenanza fiscal, los interesados podrán interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

Lo que se hace público para general conocimiento. 25/8/21. El Concejal Delegado de Aguas, Salvador Cerrillo Santos. Firmado.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL CANON DE MEJORA
DE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS

Artículo 1.- Fundamento y Naturaleza
En uso de las facultades atribuidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por el artículo 91 de la Ley de Aguas de Andalucía en adelante LAA y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, acuerda establecer el canon de mejora de infraestructuras hidráulicas competencia de este Ayuntamiento y aprobar la ordenanza fiscal reguladora de la misma.

Conforme a los artículos 72 y 73 de la LAA, el canon de mejora es un tributo aplicable en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía que grava la utilización del agua de uso urbano con el fin de posibilitar la financiación de las infraestructuras hidráulicas de cualquier naturaleza correspondientes al ciclo integral del agua de uso urbano y que se relacionan en el anexo a esta Ordenanza.

Artículo 2.- Hecho Imponible.

1.- Constituye el hecho imponible del canon la disponibilidad y el uso urbano del agua potable de cualquier procedencia suministrada por redes de abastecimiento públicas o privadas.

Artículo 3.- Plazo de vigencia.

1. La vigencia del canon será de 22 años 2021 a 2043 y se aplicará a partir de la entrada en vigor de la presente Ordenanza.

2.- No obstante, cesará su vigencia con anterioridad a la finalización del citado plazo, en el supuesto de que se obtuviese el reembolso del coste de las actuaciones incluidas en el Anexo I, su financiación y gastos.

Artículo 4.- Obligados tributarios.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 93 de la LAA, son sujetos pasivos a título de contribuyentes las personas físicas o jurídicas, y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, usuarias de los servicios abastecimiento de agua potable y saneamiento.

A estos efectos, se consideran usuarios de los servicios de abastecimiento de agua potable y saneamiento los titulares de los contratos de suministro de agua.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 8/9/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date08/09/2021

Page count7

Edition count6014

First edition02/01/2001

Last issue10/05/2024

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