Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/9/2021

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O.P. DE CADIZ NUM. 171
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
CADIZ
ACUERDO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
ACUERDO de 14 de julio de 2021 de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, por la que se abre un periodo de información pública sobre:

EXPEDIENTE DE OCUPACIÓN DE VÍAS PECUARIAS VP/0962/2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 15 y 48 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, B.O.J.A. N.º 87, de 4 de agosto y en virtud de las competencias del artículo 47 del citado Reglamento, así como en el artículo 83
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13.1 e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, en relación con el expediente VP/0962/2020

ACUERDO

Primero. La apertura de un periodo de información pública, en el seno del procedimiento administrativo relativo al Expediente: VP/0962/2020 con la denominación: INSTALACIÓN DE POSTES DE MADERA PARA SERVICIO
DE3 FIBRA ÓPTICA A LA FUNDACIÓN ANDALUZA DE ATENCIÓN A
DROGODEPENDENCIAS, EN EL ENTORNO DE LA/S VÍA/S PECUARIA/S 110335001.- CAÑADA REAL DE ALGECIRAS A TARIFA Y MEDINA SIDONIA, en el término municipal de TarifaCádiz, promovido por TELEFÓNICA DE ESPAÑA
SA. , CIF A-82018474, del cual se resume la siguiente información:
Superficie afectada: 30 m2
Vías pecuarias afectadas; 110335001.- CAÑADA REAL DE ALGECIRAS A TARIFA
Y MEDINA SIDONIA

Y que se concreta en los siguientes documentos que se exponen al público:
Solicitud y documentación anexa.

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del presente Acuerdo, a fin de que durante el plazo establecido en el apartado siguiente cualquier persona física o jurídica pueda acceder a la información y realizar, en su caso, las alegaciones que considere pertinentes.

Tercero. El trámite de información pública estará abierto durante 1 mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Pasado ese plazo, se dispondrá de un plazo de 20 días hábiles para presentar las alegaciones que consideren.

Cuarto. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta:
En la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, a través de la siguiente página web: www.juntadeandalucia.es/
medioambiente/informacionpublica En las dependencias de la delegación territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal, 6 4
Planta, 11071 Cádiz, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes salvo festivos con cita previa.

Quinto. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este Acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A diecinueve de julio de dos mil veintiuno. EL DELEGADO TERRITORIAL.
Firmado: Daniel Sánchez Román.
Nº 64.782

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE VICEPRESIDENCIA 2
TRANSICION ECOLOGICA Y
DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE
EDICTO

Con fecha 20 de agosto de 2021, la Presidenta de la Diputación Provincial aprobó la modificación del Programa de inversión para el desarrollo energético sostenible mediante la realización de actuaciones de eficiencia energética en inmuebles de los municipios menores de 20.000 habitantes y ELAS de la Provincia de Cádiz, PROINDES-2021, otorgando un segundo plazo excepcional para la participación en dicho Programa, del siguiente tenor literal:

Irene García Macías, Presidenta de la Diputación Provincial de Cádiz, en uso de las atribuciones que me están conferidas, he resuelto dictar con esta fecha el siguiente
DECRETO

Visto que con fecha 04 de mayo 2021, se dicta por parte del Diputado Delegado del Área de Transición Ecológica y Desarrollo Urbano Sostenible, Decreto MAMBI-00113-2021, aprobando el Proyecto de Bases Reguladoras del Programa de inversión para el desarrollo energético sostenible mediante la realización de actuaciones de eficiencia energética en inmuebles de los municipios menores de 20.000 habitantes y ELAS de la Provincia de Cádiz, PROINDES-2021.

Visto que el Proyecto de Programa junto con sus bases reguladoras estuvo expuesto al público durante un plazo de 10 días hábiles. Durante este mismo plazo, se dio trámite de audiencia a las entidades locales interesadas.

Visto que con fecha 23 de junio de 2021, el Pleno de la Diputación adoptó por
7 de septiembre de 2021

unanimidad acuerdo al punto 8º, por el que se aprueba definitivamente el Programa de inversión para el desarrollo energético sostenible mediante la realización de actuaciones de eficiencia energética en inmuebles de los municipios menores de 20.000 habitantes y ELAS de la Provincia de Cádiz, PROINDES-2021, sus Bases Reguladoras y la relación de inversiones a los municipios menores de 20.000 habitantes y ELAS de la Provincia de Cádiz.

Visto que el Programa junto con sus Bases Reguladoras se encuentra publicado en el BOP de Cádiz, Núm. 124, de 1 de julio de 2021. Adicionalmente, se publicó en el Portal de Transparencia y Tablón de Edictos de la Diputación Provincial, durante un plazo de 15 días hábiles, dentro del cual las Entidades Locales beneficiarias debían presentar la documentación requerida.

Visto que transcurrido el plazo establecido en las Bases Reguladoras del Programa, algunas de las posibles Entidades beneficiarias no han presentado la documentación exigida, lo cual desvirtúa la propia finalidad del Programa, que es llegar al mayor número de Entidades Locales, constando en el expediente previa solicitud de participación en el mismo y en base a las cuales se elaboró el Proyecto.

Visto que momento procedimental en el que se encuentra la tramitación del Programa es acorde a la apertura de un segundo plazo.

Visto informe jurídico del técnico del Área de Transición Ecológica y Desarrollo Urbano Sostenible, que acredita su ajuste a derecho.

En virtud de las competencias que me han sido asignadas:

ACUERDO

Primero.- Modificar las Bases del Programa de inversión para el desarrollo energético sostenible mediante la realización de actuaciones de eficiencia energética en inmuebles de los municipios menores de 20.000 habitantes y ELAS de la Provincia de Cádiz, PROINDES-2021, otorgando un segundo plazo excepcional de 10 días hábiles.

Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Tercero.- Ordenar su publicación en el Portal de Transparencia y Tablón de Edictos de la Diputación Provincial durante un plazo de 10 días hábiles, dentro del cual las Entidades Locales beneficiarias deberán presentar, la documentación expresada en la Base 8.4.

24/8/21. La Presidenta, Irene García Macías. Firmado.
Nº 73.730

ADMINISTRACION LOCAL
AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN
PROPIEDAD, POR PROMOCIÓN INTERNA, DOS PLAZAS DE AUXILIAR
ADMINISTRATIVO, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS
DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO.

1º.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y SISTEMA DE SELECCIÓN
Constituye el objeto de la presente convocatoria la cobertura de dos plazas de Auxiliar Administrativo reservadas a funcionarios de carrera, de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, denominación AUXILIAR ADMINISTRATIVO, integrada en el Grupo C, Subgrupo C-2. El sistema de selección será el de concurso-oposición, turno promoción interna.

Las plazas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación.

2º.- LEGISLACIÓN APLICABLE

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas Bases y en sus anexos. Así mismo, serán de aplicación, lo dispuesto en las siguientes normas:
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
- Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y supletoriamente en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que sea de aplicación;
- Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
- Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local.
- Reglamento de Funcionarios de la Administración Local, de 30 de mayo de 1952;
en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.
- Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Las presentes Bases que rigen esta convocatoria vincularán a la Administración y a los tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas y solo podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

3º.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre.

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Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 7/9/2021

TitleDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

CountrySpain

Date07/09/2021

Page count7

Edition count6014

First edition02/01/2001

Last issue10/05/2024

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