Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 31/8/2022 - Anuncios y Avisos Legales
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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 166
Miércoles 31 de agosto de 2022
Pág. 7052
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
5845
ORUS RENOVABLES, S.L.U.
SOCIEDAD ABSORBENTE
ORUS PROPERTIES, S.L.U.
SOCIEDAD ABSORBIDA
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42,43,49 y 52 de la Ley 3/
2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles "LME", se hace público que, con fecha 26 de junio de 2019, el socio único de la sociedad Orus Renovables, S.L.U. la "Sociedad Absorbente", ha aprobado la fusión por absorción de la sociedad Orus Properties, S.L.U. la "Sociedad Absorbida", por parte de la Sociedad Absorbente la "Fusión" en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 29 de julio del 2022
el "Proyecto de Fusión".
La Fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente conjuntamente, las "Sociedades a Fusionar"
y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Se deja expresa constancia de que la Sociedad Absorbente cambiará su denominación por la de Orus Properties, S.L.U.
Tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida se encuentran íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único y, por tanto, de conformidad con lo previsto en los apartados 2º, 3º y 4º del artículo 49.1 LME, por remisión expresa del artículo 52 LME, no son preceptivos los informes de administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, así como tampoco lo es la ampliación del capital social de la Sociedad Absorbente, ni la aprobación de la Fusión por el socio único de la Sociedad Absorbida. Asimismo, de conformidad con el artículo 42 LME, la Fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y los respectivos balances de fusión, así como su derecho de oponerse a la Fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Badalona, 30 de agosto de 2022.- El administrador único de la Sociedad Absorbida y la Sociedad Absorbente, Francisco José Elías Navarro.
cve: BORME-C-2022-5845
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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958