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Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife del 13/3/1992
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Source: Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife
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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife Núm. 32 Viernes, 13 ck Marzo de 1992
Concept.- Ejercicio.- Principal.- Recargos.- Ingresos a cuenta.
I.R.P.F. Actas Inspección, 1983, 15.739.086, 3.147.817, 6.824.
I.R.P.F. Actas Inspección, 1984, 10.988.1 83, 2.197.637, -
I.R.P.F. Actas Tnspcción, 1985, 20.252.982, 4.050.596, -
I.R.P.F. Actas Inspección, 1986, 2.067.937.413.587, -.
I.R.P.F. Actas Inspección, 1987, 1.248.297, 249.659, -.
Costas del procectimiento presiipuestadas, 500.000.
Importe total: 60.848.957.
Ricnes qiie se declaran embargados:
Finca úrbana número 1.442-16, tomo 1.479, lihro 141, folio 191, inscrita en cl Registro de la Propiedad número 1
Urbana: uno.- Tres cuarenta y cuatro avas partes indivisas dc esta finca, qiie se describe cn la inscripción 1" de la misma, al folio 112 del lihro 26 de esta Ciiitiad.
Descripción de la inscripción l a al folio 112 del libro 26
de esta Ciud:id. Urbana: uno.- Local destinado a garaje en planta de sótano y semisótano, del e
metros cuarenta ticcímetros cuadrados. Linda del todo: al sur, naciente y poniente, con siihsuclo cie la parcela en que se ubica la edificación y a1 norte, en parte, con subsiielo, y en parte con runpade acceso. Ciiota: diecisiete coma doce por ciento.
lniporte total de la reymnsahilitiad a que se afecta los inmiicbles por princip:11, recargos le :premio y costas presupiiestadas: sesenta millones ochocientas cuarenta y ocho mil novecientas cinciienta y siete pesetas.
Del citado embargo se efectuará anotación preventiva en el Registro cle la Propiedad número 1 tfc Santa Cmz de Tenerife, a favor del Estado.
En cumplimiento tlc lo que dispone el artículo 124-2 del Reglamento General de Recatidación, se le notifica el presente embargo y se le requiere para que en e,ste acto haga entrega de los títulos de propiedad.
Santa Cruz tic Tenerife, a 4 de marzo de 1992.- EI Jefe de la Unidad de Rccaii
El procedimiento de apremio, aunqtie se interponga recurso, solamente se suspnderá en los ténninos y condiciones scñalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación.
Liquidación de intereses de demora: con postenoritlad a la cancelación total de la deticla principal, recargos de apremio y costas que haya originado el procedimiento, la Adniinistración girará la correspon
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MTNHSTERTO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL
Te.wrería Territorial de la Seguridad Social Cnidad de Recaudación Ejecutiva de P u e de o la Cruz
N"
EDICTO
2021
Doña Rosa M Pérer-Medel Muñoyerro, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social en el Puerto cle la Cruz.
Hace saber: que en los Expedientes Administrativos de apremio que se siguen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva el Sr. Tesorero Temtorial de la Seguridad Social dictó la siguiente:
Providencia de apremio: en tiso de la facultad que me confiere el artículo 102 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, una vez expedida la certificación de descubierto, ordeno la ejecución forzosa sobre bienes y derechos del deudor con arreglo a los preceptos del citado Reglamento.
Contra la prnvidencia de apremio que se notifica, podrá interponer en los casos a que se refiere el artículo 103 del Real Decreto 71613986, de 7 de marlo, por el que se aprueba el Re-