Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2020 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.375 - Primera Sección
69

Jueves 7 de mayo de 2020

del EX -2018-68038480-APN-DGDMTMPYT, con los alcances dispuestos en los considerandos de la presente;
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o 2004.
ARTICULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del Convenio Colectivo de Trabajo que luce en las páginas 1/19 del IF-201979793801-APN-DNRYRTMPYT del EX-2018-68038480-APN-DGDMTMPYT y del acta complementaria obrante en el IF-2019-85357376-APN-DNRYRTMPYT del EX -2018-68038480-APN-DGDMTMPYT. Tómese razón de la presente medida en relación con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº694/14.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo y acta complementaria homologados y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
t.o.2004.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.
gob.are. 07/05/2020 N18009/20 v. 07/05/2020

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 07/05/2020 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date07/05/2020

Page count71

Edition count9333

First edition02/01/1989

Last issue12/05/2024

Download this edition