Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.207 - Primera Sección
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Viernes 27 de septiembre de 2019

Decretos

MINISTERIO DETRANSPORTE
Decreto 666/2019
DECTO-2019-666-APN-PTE - Recházase reclamo.

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2019
VISTO el Expediente N EX-2019-41895477-APN-CGDSGP, el Decreto N 656 del 29 de abril de 1994 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que el señor Javier Casimiro ZBIKOSKI D.N.I. N24.572.961, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN
ARGENTINA DE EMPRESARIOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR A.A.E.T.A solicitó dejar sin efecto el Decreto N1200 del 28 de diciembre de 2018 argumentado que su dictado ha producido una alteración de la situación jurídica preexistente cuya repercusión afecta gravemente los derechos subjetivos y los legítimos intereses de nuestras representadas.
Que el presentante funda su reclamo, entre otras cuestiones, en que existiría un quebrantamiento en su perjuicio por parte de la Administración Pública, de las exigencias de la virtud de la justicia distributiva que reguló las relaciones jurídicas entre el Estado y los administrados teniendo por objeto la carga o beneficio que a cada uno le corresponde como parte del bien común, motivo por el cual se consideraría habilitado para interponer un recurso administrativo.
Que asimismo, aduce que se daría otro presupuesto para la procedencia del reclamo impropio incoado y que se deriva de los efectos jurídicos inmediatos que produce el acto objeto de crítica.
Que, en cuanto al fondo de la cuestión, refiere la recurrente que el Decreto N656 del 29 de abril de 1994, en su redacción original, estableció en su artículo 17 que La explotación de los Servicios Públicos se desarrollará mediante permisos otorgados por la Autoridad de Aplicación. Los permisos tendrán una vigencia de DIEZ 10
años renovables automáticamente por períodos iguales a petición de los interesados, salvo que la Autoridad de Aplicación considere fundadamente que existen causales vinculadas al desempeño del operador o a la funcionalidad o estructura futura del sistema de transporte, que aconsejen la no renovación del permiso.
Que las modificaciones introducidas a dicho acto por el citado Decreto N 1200/18, según lo expuesto por la recurrente, habrían tenido por exclusivo objeto alterar el plazo de extensión de los permisos al fijar una reserva que posibilita que su vigencia sea menor a los DIEZ 10 años y, también, ha abrogado la renovación automática, reponiéndose una antigua práctica que se creía definitivamente superada, máxime con el impulso que en tal sentido se desprende de la preceptiva contenida en el articulado del Decreto N891/17.
Que, en cuanto a los argumentos de la recurrente, amerita destacar que la redacción original del Decreto N656/94
no implicaba un derecho adquirido a la renovación de los permisos sino que generaba una expectativa de este derecho. En ese sentido, la renovación automática estaba sujeta a un requisito inherente al prestador, definido como la inexistencia de causales vinculadas al desempeño del operador, el que podría interpretarse en sentido estricto como la inexistencia de sanciones graves caducidad y/o suspensión del permiso pero, también admitía interpretaciones más amplias, al no encontrarse jurídicamente determinado en norma reglamentaria alguna; y por otro lado a un requisito, relacionado con situaciones en las que la funcionalidad o estructura futura del sistema aconsejaran la no renovación del permiso.
Que tal como se expuso en los considerandos del Decreto N 1200/18, el MINISTERIO DE TRANSPORTE ha efectuado estudios sobre los niveles de ocupación del sistema de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano en la REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES RMBA, los que han arrojado como resultado que en los últimos años ha surgido la necesidad de redefinir la oferta y cobertura del sistema.
Que, a tal efecto, se desarrolló una metodología que consistió en estimar la oferta y demanda de cada línea de servicio público de transporte automotor urbano y suburbano de pasajeros, con operación en la REGIÓN
METROPOLITANA DE BUENOS AIRES RMBA contemplando las jurisdicciones nacional, provincial y municipal, utilizándose la información del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO SUBE a fin de estimar los niveles de ocupación y realizar una evaluación del sistema de transporte metropolitano.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/09/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/09/2019

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First edition02/01/1989

Last issue30/04/2024

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