Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.206 - Primera Sección
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Jueves 26 de septiembre de 2019

REGULACIÓN Y GESTIÓN SANITARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Sanciónase a la firma NORFARMA S.R.L. en carácter de propietaria de la denominada FARMACIA DEL MARROQUINERO, sita en la calle Sarmiento Nº2214
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con una multa de PESOS veintiséis mil $26.000 por haber transgredido el Artículo 4 de la Ley N17.565.
ARTÍCULO 2º: Acuérdese el plazo de CINCO 05 días hábiles, a partir de la fecha de su notificación, para hacer efectivo el pago de la multa impuesta en la DIRECCIÓN DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, sita en la Avenida 9 de Julio Nº1.925, Piso 1º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyos montos ingresarán al Fondo de Financiamiento 13 Fondo Nacional de Salud.
ARTÍCULO 3: El sancionado podrá interponer, dentro de los CINCO 5 días de notificado y previo pago total de la multa impuesta, el pertinente recurso de nulidad y apelación ante la autoridad judicial correspondiente, de conformidad con lo prescripto por los artículos 53 y concordantes de la Ley N17.565, el que reza: Contra las resoluciones que dicten los organismos competentes de la autoridad sanitaria, solo podrá interponerse recurso de nulidad y apelación que se interpondrá y se sustanciará ante la autoridad judicial correspondiente y dentro del plazo del artículo 52. En el caso de pena consistente en multa, además el recurrente deberá abonar dentro del plazo del referido artículo 52 el total de la misma. En Capital Federal y en el Territorio Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur será competente el Juez en lo Contencioso Administrativo que corresponda Modificado por Ley 19.451.
ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese por la DIRECCIÓN DE DESPACHO dando cumplimiento a lo estipulado por los Artículos 41º y subsiguientes del Decreto N1759/72 reglamentario de la Ley N19.549, gírese a la DIRECCIÓN
DE TESORERÍA Y CONTABILIDAD de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN para la continuación de su trámite y cumplido, archívese. Fdo. Josefa RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. SECRETARIA DE REGULACIÓN Y
GESTIÓN SANITARIA.
DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS.
Mariana Denise Bauni, Directora Nacional.
e. 24/09/2019 N71791/19 v. 26/09/2019

INSTITUTO NACIONAL DEASOCIATIVISMO YECONOMÍA SOCIAL

EDICTO
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica que en mérito a lo establecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir Sumario a las Entidades que a continuación se detallan: LA PREVISION
COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS AGROPECUARIOS, SOCIALES Y ASISTENCIALES LTDA, Matricula N 187; COOPERATIVA DE CASEROS COOPERATIVA INTEGRAL LTDA, Matricula N 369; LOS
COOPERARIOS ORGANIZACION COOPERATIVA DE CONSUMIDORES LTDA, Matricula N 1159; COOPERATIVA
AGROPECUARIA DE BRAGADO LTDA, Matricula N 1267; COOPERATIVA OBRERA DE CONSUMO LTDA, Matricula N 1280; COOPERATIVA DE CONSUMO Y PRODUCCION DE BERISSO LTDA, Matricula N 1521;
COOPERATIVA AGROPECUARIA DE 25 DE MAYO LTDA, Matricula N 1598; BANCO MARPLATENSE COOP
LTDA, Matricula N 1614; COOPERATIVA DE OBREROS FUNDIDORES LTDA, Matricula N 1678; COOPERATIVA
AGRICOLA GANADERA DE CARLOS CASARES LTDA Matricula N 1690; SOCIEDAD COOPERATIVA DE
TAMBEROS COLONIA EL DORADO LTDA, Matricula N 1787; COOPERATIVA AGROPECUARIA INDUSTRIAL DE
CONSUMO, ELECTRICA Y TELEFONICA DE PELLEGRINI LTDA, Matricula N 1894; COOPERATIVA HORTICOLA
DE AVELLANEDA LTDA, Matricula N 2182; COOPERATIVA AGROPECUARIA INDUSTRIAL Y DE CONSUMO DE
VEDIA LTDA, Matricula N 2194; COOPERATIVA RIESTRENSE AGROPECUARIA E INDUSTRIAL LTDA, Matricula N 2220; COOPERATIVA AGROPECUARIA DR. IGNACIO PIROVANO LTDA, Matricula N 2464; COOPERATIVA DE
CONSUMO AGROPECUARIA LA PRIMERA LTDA, Matricula N 2561; COOPERATIVA DE CONSUMOS Y CREDITOS
LTDA AMIGOS DE HAEDO Matricula N 2578; COOPERATIVA AGRICOLA GANADERA SANTA ROSA LTDA DE
TREINTA DE AGOSTO Matricula N 2728; COOPERATIVA DE CARNICEROS DE TANDIL LTDA Matricula N 2918, del Expedientes N 42/2016 y RESOLUCIÓN Nº 2585/14 INAES. Todas ellas dentro del radio de la República Argentina. Asimismo, el Directorio de esta Organismo ha ordenado, respecto a las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se imputan en los respectivos expedientes y resoluciones que se indican en paréntesis. Dichos sumarios tramitarán por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución Nº3.369/09 INAES y su modificatoria Resolución Nº1464/10 INAES y Resolución Nº403/13
INAES, por hallarse suspendidas la autorización para funcionar, en tanto que se encuentran comprendidas en las circunstancias prescripta en los artículos 1º y/o 2º de la Resolución Nº3.369/09 INAES y modificatorias. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designada la suscripta como nueva instructora

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Boletín Oficial de la República Argentina del 26/09/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date26/09/2019

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Edition count9335

First edition02/01/1989

Last issue14/05/2024

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