Boletín Oficial de la República Argentina del 12/08/2019 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Boletín Oficial Nº 34.173 - Primera Sección
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Lunes 12 de agosto de 2019

Decretos

INDUSTRIA HIDROCARBURÍFERA
Decreto 555/2019
DECTO-2019-555-APN-PTE - Régimen especial deimportación.

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2019
VISTO el Expediente NEX-2019-57592054-APN-DGDMPYT,y CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N17.319 y sus modificaciones, se dispuso que el PODER EJECUTIVO NACIONAL tiene a su cargo fijar la política nacional con respecto a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos, teniendo como objetivo principal satisfacer las necesidades de hidrocarburos del país con el producido de sus yacimientos, manteniendo reservas que aseguren esa finalidad.
Que mediante la Ley N26.741 se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones.
Que la misma norma, entre otros principios, fijó como prioritarios de la política hidrocarburífera, la maximización de las inversiones y de los recursos empleados para el logro del mencionado autoabastecimiento en el corto, mediano y largo plazo, como así también la incorporación de nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al mejoramiento de las actividades de exploración y explotación.
Que, en gran medida, las inversiones en el sector comprenden la incorporación de bienes de capital provenientes del exterior.
Que por su cantidad y gradiente tecnológico, en diversos casos, los bienes en cuestión no pueden ser provistos por la industria local, en los tiempos y calidades que requieren los procesos del sector.
Que, en tal sentido, a través del Decreto N 629 de fecha 9 de agosto de 2017, se estableció el Régimen de Importación de Bienes Usados para la Industria Hidrocarburífera a efectos de regular las operaciones de importación para consumo de los bienes usados destinados a la industria hidrocarburífera y con el objeto de incorporar nuevas tecnologías y modalidades de gestión que contribuyan al desarrollo y promoción de dicha industria, con vigencia hasta el día 30 de junio de 2019.
Que, en el marco del régimen aludido, se fijó un tratamiento arancelario de importación especial y se excluyó a las operaciones de importación beneficiadas, de los alcances de las disposiciones de la Resolución N909 de fecha 29 de julio de 1994 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y del Decreto N110
de fecha 15 de febrero de 1999, y sus respectivas modificaciones.
Que resulta indispensable mantener un régimen especial y transitorio, que regule el ingreso definitivo de bienes de capital usados destinados a la industria hidrocarburífera, y profundice el proceso de facilitación y simplificación de su acceso para el cabal cumplimiento de los objetivos aludidos.
Que a tal efecto, corresponde distinguir el tratamiento arancelario a aplicar teniendo en cuenta parámetros de antigedad que incentiven el ingreso de bienes más modernos.
Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes del MINISTERIO DE HACIENDA y del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y los artículos 634, 664 y 765 del Código Aduanero Ley N22.415 y sus modificaciones.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 12/08/2019 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date12/08/2019

Page count87

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First edition02/01/1989

Last issue02/05/2024

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