Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2015 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 8 de mayo de 2015
servicios de agua, así como de la infraestructura básica y social de pequeñas localidades urbanas, aglomerados rurales y/o colonias agrícolas en las NUEVE 9 Provincias del Norte Argentino CATAMARCA, CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, MISIONES, SALTA, SANTIAGO DEL
ESTERO y TUCUMÁN.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CINCO 5 componentes: i Infraestructura y Equipamiento; ii Fortalecimiento de Capital Social y Humano; iii Fortalecimiento a la Gestión del Programa; iv Gerenciamiento y; v Imprevistos.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE
PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN
PÚBLICA Y SERVICIOS, a través de la Unidad de Coordinación Nacional de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Y VIVIENDA, o su equivalente, dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, la cual será designada como Organismo Ejecutor.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo NARG21/2014 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas PROSOFA III, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y el Artículo 53 de la Ley N11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2014.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo NARG-21/2014 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE
LA CUENCA DEL PLATA FONPLATA, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA MIL U$S 28.170.000 destinado a financiar parcialmente el Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas PROSOFA III, que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por SIETE
7 Capítulos, de las Normas Generales integradas por ONCE 11 Capítulos y UN 1 Anexo Único, cuyas copias autenticadas forman parte integrante del presente decreto como Anexo I.
Asimismo, forma parte integrante de la presente medida, como Anexo II, la copia autenticada de la Resolución N 1.328 de fecha 27 de agosto de 2013 del FONDO FINANCIERO PARA
EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA
mediante la cual se aprueban las Políticas para
la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA, ambas correspondientes a la edición del mes de agosto de 2013.
Art. 2 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, el Contrato de Préstamo NARG21/2014 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artículo 1
del presente decreto.
Art. 3 Facúltase al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo N ARG-21/2014, cuyo modelo se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
Art. 4 Desígnase al MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y
SERVICIOS, a través de la Unidad de Coordinación Nacional de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, o su equivalente, dependiente de la SECRETARÍA DE OBRAS
PÚBLICAS, como Organismo Ejecutor del Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas PROSOFA
III, quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del Proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el Artículo 1 de la presente medida.
Art. 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Axel Kicillof. Julio M.
De Vido.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Decreto se publican en la edición web del BORA
www.boletinoficial.gov.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

MINISTERIO DEECONOMÍA
YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 708/2015
Dase por prorrogada designación en la Dirección de Presupuesto de Sectores Económicos y Sociales.

Bs. As., 28/4/2015
VISTO el Expediente NS01:0127836/2014
del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N776 de fecha 21 de junio de 2007 se designó, con carácter transitorio, en UN 1 cargo Nivel C, Grado 0, de Analista Presupuestario, existente en la Planta Permanente de la Dirección de Presupuesto de Sectores Económicos y Sociales de la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y PRODUCCIÓN actual MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a la agente Doña Nora Cristina MARENGO M.I.
N16.026.911 y se prorrogó en último término mediante Decreto N 1.701 de fecha 24 de octubre de 2011.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria de la agente mencionada.
Que la citada agente se encuentra actualmente desempeñando el cargo referido en el primer considerando.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.125

Que el citado cargo debía ser cubierto, conforme el proceso de selección previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 1 del Decreto N491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Dase por prorrogada la designación transitoria, establecida por conducto del Decreto N776 de fecha 21 de junio de 2007, de la agente Doña Nora Cristina MARENGO M.I.
N16.026.911, en UN 1 cargo Nivel C, Grado 0, de Analista Presupuestario, existente en la Planta Permanente de la Dirección de Presupuesto de Sectores Económicos y Sociales de la Oficina Nacional de Presupuesto de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, a partir del vencimiento establecido en el Artículo 1 del Decreto N1.701
de fecha 24 de octubre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la presente medida.
Art. 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la presente medida.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se atenderá con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Aníbal D. Fernández. Axel Kicillof.

MINISTERIO DERELACIONES
EXTERIORES YCULTO
Decreto 720/2015
Convalídase tratamiento de Huésped Oficial.

Bs. As., 29/4/2015
VISTO el Expediente N5631/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que entre los días 30 de noviembre y 2 de diciembre de 2014 visitó la REPÚBLICA
ARGENTINA el señor Vice Primer Ministro de la REPÚBLICA PORTUGUESA, D. Paulo PORTAS.
Que por el expediente citado en el Visto tramita la recomendación del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de la REPÚBLICA PORTUGUESA, referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República.
Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.

3

Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Vice Primer Ministro de la REPÚBLICA PORTUGUESA, D. Paulo PORTAS, durante su permanencia en la República entre los días 30 de noviembre y 2 de diciembre de 2014.
Art. 2 Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Héctor M. Timerman.

MINISTERIO DESALUD
Decreto 712/2015
Designación en el Instituto Nacional de Epidemiología Dr. Juan H. Jara.

Bs. As., 29/4/2015
Visto el Expediente N 1-2095-S01:
0002874/2012 del registro de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS
E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS
G. MALBRAN, organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E
INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, la Ley N 27.008, los Decretos N 491 del 12 de marzo de 2002, N2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, la Decisión Administrativa N557 del 24 de julio de 2012, la Resolución N39 del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS y las Disposiciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS
DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN
A.N.L.I.S. N669 de fecha 8 de Noviembre de 2012, 145 de fecha 22 de Febrero de 2013 y N368 de fecha 18 de junio de 2013, y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N 557/12 se exceptuó a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E
INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G.
MALBRAN organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E
INSTITUTOS del MINISTERIO DE SALUD, de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N 26.728, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, a través de los procedimientos de selección establecidos por el SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N2098/08 y modificatorios.
Que por la Resolución N 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.
Que por Disposición N 669/12 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR.
CARLOS G. MALBRAN organismo descentralizado que funciona en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACION E INSTITUTOS del MINISTERIO DE

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 08/05/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date08/05/2015

Page count108

Edition count9369

First edition02/01/1989

Last issue17/06/2024

Download this edition

Other editions

<<<Mayo 2015>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31