Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, miércoles 21
de enero de 2009

Boletin Oficial
Año CXVII
Número 31.577

de la RepUblica Argentina Primera Sección
Precio $ 0,90
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
Sumario Pág.

LEYES

LEYES

IMPORTACIONES
26.473
Prohíbese a partir del 31 de diciembre de 2010, la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina

1

1

3/2009
Promociones

2
2

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
26/2009
Desígnase el Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

2

27/2009
Desígnase el Subsecretario de Industria

2

2

Decisiones Administrativas PRESUPUESTO
727/2008
Ministerio de Educación. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008

3

731/2008
Instituto Nacional de Tecnología Industrial. Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008

3

Continúa en página 2

ARTICULO 1º Prohíbese, a partir del 31
de diciembre de 2010, la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina.
ARTICULO 2º Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a establecer excepciones por razones técnicas, funcionales y operativas, sobre los productos objeto de la medida, a través de los mecanismos y metodología que establezca a tal efecto.
ARTICULO 3º El Poder Ejecutivo nacional podrá dictar las medidas necesarias para facilitar la importación de lámparas de bajo consumo, sus partes, insumos, componentes y/o equipamiento necesario para su producción, reduciendo o liberando de gravámenes y tributos de importación a través de las facultades que le fueran conferidas en el Código Aduanero de la República Argentina.

ARTICULO 5º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A

3

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
735/2008
Transfiérese a un agente de la planta permanente del Cuerpo de Administradores Gubernamentales, a la Dirección Nacional de la Subsecretaría de Promoción de Derechos Humanos

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 4º La presente ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

729/2008
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008

733/2008
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008

Prohíbese a partir del 31 de diciembre de 2010, la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el territorio de la República Argentina.
Sancionada: Diciembre 17 de 2008
Promulgada de Hecho: Enero 12 de 2009

2

SERVICIOS PUBLICOS
5/2009
Recházase un Recurso de Alzada interpuesto por la ex Concesionaria Aguas Argentinas Sociedad Anónima contra la decisión del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS

JOSE J. B. PAMPURO. EDUARDO A. FELLNER. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.

Ley 26.473

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
12/2009
Promociones

4/2009
Promociones

REGISTRADA BAJO EL Nº26.473

IMPORTACIONES

Decretos JUSTICIA
11/2009
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción de la Capital Federal, Juzgado Nº46

LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.

4

PRESIDENCIA DE
LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
4

DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
DECRETOS

JUSTICIA
Decreto 11/2009
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Juez Nacional en lo Criminal de Instrucción de la Capital Federal, Juzgado Nº46.

Bs. As., 8/1/2009
VISTO el expediente Nº175.620/08 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:
Que el señor doctor Julio César CORVALAN
de la COLINA ha presentado su renuncia, a partir del 1º de febrero de 2009, al cargo de JUEZ NACIONAL en lo CRIMINAL de INSTRUCCION de la CAPITAL FEDERAL, JUZGADO Nº46.
Que es necesario proceder a su aceptación.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 1º de febrero de 2009, la renuncia presentada por el señor doctor Julio César CORVALAN de la COLINA

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/01/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/01/2009

Page count52

Edition count9350

First edition02/01/1989

Last issue29/05/2024

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