Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
de la República Argentina Buenos Aires, viernes 5 de setiembre de 2003

Nº 30.228

AÑO CXI

$ 0.70

Primera Sección
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

LEGISLACIÓN Y AVISOS OFICIALES

comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional
DECRETOS

serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por Decreto Nº 659/1947

1. General
Pág.

2. Legal y Técnica 3. De Inteligencia
LEY DE MINISTERIOS

4. De Turismo Decreto 684/2003
5. De Cultura Modificación.
6. De Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico
Bs. As., 1/9/2003
VISTO la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N 438 del 12 de marzo de 1992, sus modificatorios y complementarios, y CONSIDERANDO:
Que con el fin de perfeccionar el uso de los recursos públicos incrementando la calidad de la acción estatal, corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas, así como racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública.
Que como consecuencia de los objetivos perseguidos por esta gestión de gobierno es aconsejable transferir las competencias relativas a la promoción y desarrollo en el país de la actividad deportiva en todas sus formas de la SECRETARIA DE TURISMO Y DEPORTE de la PRESIDENCIA DE LA NACION al ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que como consecuencia de dichas transferencias, se hace necesario la reformulación de las competencias de las áreas afectadas por la presente medida.
Que la imperiosa necesidad de efectuar la reorganización proyectada configura una circunstancia excepcional que hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99
inciso 3, de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1 Sustitúyese el artículo 9 de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N 438 del 12 de marzo de 1992, sus modificatorios y complementarios, por el siguiente:
ARTICULO 9.- Las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación
PRESIDENCIA
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

SUMARIO

serán atendidas por las siguientes Secretarías Presidenciales:

Las secretarías enunciadas precedentemente asistirán al PODER EJECUTIVO NACIONAL en forma directa. Análoga asistencia prestarán las demás secretarías y organismos que el Presidente de la Nación cree al efecto, sin perjuicio de sus facultades de modificación, transferencia o supresión de dichas secretarías y organismos.
Art. 2 Sustitúyese el artículo 16 de la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N 438
del 12 de marzo de 1992, sus modificatorios y complementarios, por el siguiente:
ARTICULO 16.- Son atribuciones del Jefe de Gabinete de Ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, las establecidas en la CONSTITUCION NACIONAL. En consecuencia le corresponde:
1. Cumplir y hacer cumplir la CONSTITUCION
NACIONAL y la legislación vigente;
2. Ejercer la administración general del país y asistir al Presidente de la Nación en la conducción política de dicha administración;
3. Ejercer las atribuciones de administración que le delegue el Presidente de la Nación, respecto de los poderes propios de éste;
4. Entender en la organización y convocatoria de las reuniones y acuerdos de gabinete, coordinando los asuntos a tratar;
5. Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia;

ADHESIONES OFICIALES
Resolución 185/2003-SG
Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 44/2003, mediante la cual se declaró de interés nacional el III Encuentro Nacional de Responsables de Pastoral de Juventud, a consecuencia del cambio de fecha para la realización del mencionado Encuentro.

8

ADMINISTRACION PUBLICA
NACIONAL
Decreto 686/2003
Modifícase el Decreto Nº 357/2002, con la finalidad de reordenar las responsabilidades de las distintas áreas de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación.

4

AGENCIA NA
CIONAL DE PR
OMOCION
NACIONAL
PROMOCION
CIENTIFICA Y TECNOLOGICA
Y DE INNO
VACION
INNOV
Decreto 728/2003
Desígnanse miembros del Directorio de la citada Agencia, dependiente de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.

4

COMISION TECNICA MIXT
A DE SAL
MIXTA
SALTTO
GRANDE
Decreto 696/2003
Dase por finalizada la función del Delegado argentino en la mencionada Comisión y desígnase a su reemplazante.
CONDECORACIONES
Decreto 695/2003
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al escritor paraguayo Augusto Roa Bastos.
CORPORA
CION INTEREST
ADU
AL
CORPORACION
INTERESTADU
ADUAL
PULMARI
Decreto 710/2003
Desígnanse Directores Titulares en representación del Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

4

2

3

6. Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, sus Comisiones e integrantes, en cumplimiento de las atribuciones que le asigna la CONSTITUCION
NACIONAL procurando la mayor fluidez en dichas relaciones y el más pronto trámite de los mensajes del Presidente de la Nación que promuevan la iniciativa legislativa;

8. Dictar Decisiones Administrativas, referidas a los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las facultades que le atribuye la CONSTITUCION NACIONAL y aquellas que le delegue el Presidente de la Nación, con el refrendo del Ministro Secretario que corresponda en razón de la materia;

7. Producir los informes mensuales que establece el artículo 101 de la CONSTITUCION NACIONAL, relativos a la marcha del Gobierno, y los demás que le fueren requeridos por las Cámaras del Congreso;

9. Entender en la definición de las políticas de recursos humanos y en el seguimiento y evaluación de su aplicación, que aseguren el desarrollo y funcionamiento de un sistema eficiente de carrera administrativa;

DE LA

NACIÓN

DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI

JORGE EDUARDO FEIJOÓ

Secretario
Director Nacional
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas
Pág.
ENERGIA ELECTRICA
Resolución 397/2003-SE
Defínense los rubros principales de la Ampliación Interconexión Mercado Eléctrico Mayorista Mercado Eléctrico Mayorista Sistema Patagónico, a los efectos de la redeterminación del canon o precio de la mencionada Ampliación.

8

ENTE NACIONAL REGULADOR
DE LA ELECTRICID
AD
ELECTRICIDAD
Decreto 690/2003
Desígnase Vocal Tercero del Directorio del mencionado organismo autárquico de la Secretaría de Energía.

2

EXENCION DE GRA
VAMENES
GRAV
Decreto 715/2003
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en los eventos 8a.
Exposición Internacional del Envase y Embalaje, ENVASE 2003 y 3a. Exposición de Maquinaria y Equipo para el Procesamiento de Alimentos y Bebidas, ALIMENTEK 2003, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

4

Decreto 717/2003
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el evento Expomedical 2003, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

5

HIDR
OCARBUR
OS
HIDROCARBUR
OCARBUROS
Resolución 396/2003-SE
Adjudícase el Area de Exploración CAM1 Cuenca Austral Marina 1, ubicada en la Plataforma Continental Argentina, a las empresas Sipetrol Argentina S.A.
e YPF Sociedad Anónima.

8

Continúa en página 2

10. Entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta;
11. Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales;
12. Aprobar las estructuras organizativas de la jurisdicción, ministerios y organismos descentralizados que les dependan, correspondientes al primer nivel operativo;

www.boletinoficial.gov.ar Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa y 3 Sección
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 230.932

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Boletín Oficial de la República Argentina del 05/09/2003 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date05/09/2003

Page count16

Edition count9364

First edition02/01/1989

Last issue12/06/2024

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