Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 190

5 de Octubre de 2021

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concretarse el importe a otorgar y los requisitos que deberán reunir los beneficiarios quedando exceptuada la necesidad de fijar un orden de prelación entre la solicitudes presentadas que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.
Podrán ser beneficiarios las Asociaciones de vecinos de Barrio, Comisiones de Festejos y excepcionalmente las entidades reconocidas como tales que, cumplan los siguientes requisitos:
- Que desarrollen su actividad en el territorio Municipal de Teruel.
- Que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, con anterioridad a la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria anual en el Boletín Oficial de la Provincia.
Únicamente se admitirá la solicitud de subvención por un solo proyecto por cada Asociación de Vecinos, especificándose claramente las actividades que se van a realizar para la consecución de los objetivos establecidos en la base tercera.
Quinta.- Criterios para la determinación de la cuantía.
El criterio para la determinación de la subvención se establecerá en la convocatoria según se trate de Barrios Rurales o Barrios Urbanos.
Sexta.- Forma y plazo en los que deben presentarse las solicitudes 1.- Forma de presentación Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados que facilitará el Ayuntamiento.
Tanto las bases como los modelos normalizados estarán a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento y en la página web, cuando se publique la convocatoria.
La formulación de la solicitud conllevará la presunción para el Ayuntamiento de que el órgano de gobierno correspondiente de la asociación ha decidido previamente la formulación de solicitud de subvención al Ayuntamiento.
2.- Plazo de presentación.
Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los términos que detalle la convocatoria.
Dichas solicitudes se presentarán dentro del plazo de veinte días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel sección oficial del Boletín Oficial de Aragón. Si el último día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil.
La convocatoria se publicará asimismo en la Base Nacional de Subvenciones, Tablón de Anuncios municipal y en la página web del Ayuntamiento Portal de Transparencia.
Séptima.- Tramitación El Departamento competente para la tramitación del procedimiento de concesión de las subvenciones amparadas en estas Bases será el de Fiestas.
Si las solicitudes recibidas no se presentan conforme a los modelos normalizados o si no se acompaña la documentación que en dichos modelos se señale, o tales documentos estuvieran incompletos, se requerirá a los interesados para que en un plazo de 10 días hábiles, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Salvo el caso de aquellos modelos o documentos cuyo contenido tenga carácter insubsanable conforme a lo que establezca la convocatoria, en cuyo caso se inadmitirá la solicitud.
En el caso de que se compruebe la inexactitud o falsedad de los datos de los certificados y otros documentos aportados por el interesado, antes de la concesión de la subvención, se declarará inadmitida la solicitud de la asociación de que se trate.
El Ayuntamiento de Teruel podrá pedir documentación complementaria y todas las aclaraciones que crea pertinentes sobre aspectos de la documentación inicialmente presentada. El solicitante estará obligado a su cumplimiento en el plazo y forma que se especifique. En caso de no hacerlo así, el Ayuntamiento podrá declarar inadmitida la correspondiente solicitud presentada.
Octava.- Propuesta de resolución.
La propuesta de resolución de otorgamiento de subvenciones será formulada sobre la base del informe que realice el Técnico responsable de la Unidad de Fiestas una vez analizado y comprobado que las Asociaciones vecinales o comisiones de festejos cumplen con todos los requisitos para el otorgamiento de la subvención según se indique en la Convocatoria Novena.- Órganos competentes.
Corresponderá al Pleno Municipal la adopción de acuerdo de aprobación inicial de la presente Ordenanza específica, la cual se someterá a trámite de información pública por 30 días hábiles en el Boletín Oficial de la Pro-

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 5/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date05/10/2021

Page count34

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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