Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/1/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 17

27 de enero de 2021

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Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.
f Deberá de disponer de medios de locomoción autónomos, propios, cedidos o contratados y en posesión personal de carnet o permiso de conducción de vehículos, AM o superiores, vigente y autorizado con puntos suficientes para poder utilizar los medios de locomoción aportados para desplazarse en representación del ayuntamiento en caso necesario.
Los requisitos establecidos en esta base deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.
Tercera. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las instancias Anexo I solicitando tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente de la corporación, se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de CALANDA, de 9 a 14 horas o en cualquiera de los restantes registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de 7 días naturales a contar desde el siguiente al de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
El resto de publicaciones se llevarán a cabo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
A la instancia se acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad, así como del título académico acreditativo del requisito del apartado e de la segunda de estas bases, o una declaración responsable, acreditando CUMPLIR dichas circunstancias, y presentando el título académico en caso de ser seleccionado para la plaza o para la bolsa de empleo que se pueda generar, y fotocopia del carnet de conducir. Además deberá adjuntar, si procede en su caso, certificados de haber superado el/los ejercicio/os correspondientes en las oposiciones convocadas por el Ministerio, para el ingreso en cualquiera de las subescalas de funcionarios de administración local con habilitación nacional, expedidas por el Ministerio competente, para su posterior valoración en la fase de concurso.
Cuarta. Admisión de Aspirantes y proceso de selección.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, El Alcalde Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de edictos, Web, y o sede electrónica del Ayuntamiento de CALANDA, se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsanación y/o reclamaciones.
Concluido el plazo de reclamaciones, si fuera necesario en caso de reclamaciones o alegaciones, se dictará una nueva resolución por la Presidencia resolviendo las que se hubieran formulado o subsanando defectos, en su caso, y acordándose la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como lugar, fecha y hora en que habrá de realizarse el ejercicio de la fase de oposición y composición nominal del Tribunal calificador.
Si inicialmente ningún aspirante resulta excluido, se publicará directamente la lista definitiva de aspirantes admitidos, así como lugar, fecha y hora en que habrá de realizarse el ejercicio de la fase de oposición y composición nominal del Tribunal calificador.
Todos los anuncios que se generen en la presente convocatoria, a partir de la publicación de estas bases, se publicarán únicamente en el tablón de anuncios, web y o sede electrónica del Ayuntamiento de CALANDA, sustituyendo dicho medio a la notificación personal de los aspirantes.
Quinta. Tribunal Calificador.
Se constituirá Tribunal Calificador y su composición se ajustará, en todo caso, a lo que determina el TREBEP
cumplimiento de los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiendo asimismo, en su composición a la paridad entre mujer y hombre, y sin que puedan formar parte de los mismos, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos, ni el personal laboral no fijo de plantilla o eventual.
El tribunal calificador estará formado por cinco miembros, todos ellos funcionarios con habilitación Nacional pertenecientes a la subescala de Secretaria-Intervención.
Actuarán como Secretario y Presidente cualquiera de los cinco vocales anteriores y se considerará válidamente constituido el tribunal con la asistencia de tres de sus miembros.
El Tribunal podrá nombrar asesores, que deberán hacerse públicos junto con el mismo, y podrán actuar con voz pero sin voto. Las personas propuestas o designadas para actuar como miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la Alcaldía-Presidencia.
El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015. El Tribunal queda facultado para la resolución de cuantas dudas se presenten en la interpretación, así como en lo no previsto en las presentes bases y adoptar los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento de las pruebas.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 27/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date27/01/2021

Page count30

Edition count5744

First edition02/01/2001

Last issue15/05/2024

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