Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 60

28 de marzo de 2019

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DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN

Núm. 81.747
Departamento de Economía, Industria y Empleo RESOLUCION DEL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y EMPLEO POR
LA QUE SE DISPONE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Y PUBLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL
PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOGUERUELAS TERUEL.
VISTO el texto del acta de la reunión de la comisión negociadora del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Nogueruelas Teruel, suscrita el día 18 de enero de 2018, de una parte por representantes de la Corporación, y de otra por representantes de Comité de Empresa por parte de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y el Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo, ACUERDA:
Primero.- Ordenar la inscripción del acta citada en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con notificación a la comisión negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
Teruel a 14 de marzo de 2019.- EL DIRECTOR DEL SERVICIO PROVINCIAL DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y
EMPLEO, Miguel Ángel Lagunas Marqués I CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOGUERUELAS
Partes signatarias:
Son partes firmantes del presente convenio, de una parte Comisiones Obreras como representación sindical y la otra el Excmo. Ayuntamiento de Nogueruelas Las partes signatarias se reconocen mutuamente legitimación para negociar el presente convenio CAPÍTULO I - CONDICIONES GENERALES
Art. 1.- Objeto y norma supletoria El presente Convenio, negociado al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1985 de 2 de agosto de Libertad Sindical, Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público EBEP y el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores, regula las condiciones de trabajo del personal laboral en el Ayuntamiento.
En todo aquello que no esté contemplado en el presente Convenio se aplicarán las disposiciones legales que dicte el Estado o la Comunidad Autónoma en razón de sus competencias, previa información en la Comisión de Seguimiento.
Cuando en este convenio se recoja la expresión trabajador, deberá ser entendida en todo caso referida tanto al género masculino como femenino. Se entenderán igualmente ampliadas en dicho sentido las acepciones que se refieran a cualquiera de ellos.
Art. 2.- Ámbito personal Las normas contenidas en el presente Convenio serán de aplicación al personal laboral del Ayuntamiento.
Queda exceptuado el personal eventual recogido en el art. 12 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Art. 3.- Ámbito temporal El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento alcanzando sus efectos con carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2018 y extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2020.
Art. 4.- Indivisibilidad del convenio Las condiciones pactadas en el presente Convenio son mínimas y constituyen un todo orgánico y unitario, por lo que el ayuntamiento establecerá cuantas mejoras se estipulen para que su personal obtenga un mayor rendimiento y sienta una mayor vinculación con el mismo.
No obstante, en el supuesto de que la jurisdicción Administrativa o Laboral, en el ejercicio de sus facultades dictaran normas que dejaran sin efecto o modificaran alguna de las estipulaciones del presente Convenio, deberá adaptarse éste a las mismas, facultándose para ello a la Comisión de Seguimiento y sin que ello comporte la renegociación del mismo.
CAPÍTULO II - PRÓRROGA Y SEGUIMIENTO
Art. 5.- Denuncia y prórroga del convenio

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 28/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

CountrySpain

Date28/03/2019

Page count45

Edition count5732

First edition02/01/2001

Last issue26/04/2024

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