Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 11/4/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla
Sábado 11 de abril de 2020
Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 8317
Sección 1.Condiciones de uso.
Artículo 40.Uso característico.
Uso característico que corresponde a cada parcela:
Parcelas en manzana 3 Deportivo, social en todas sus categorías y comercial dotacional.
Artículo 41.Usos compatibles.
1. En las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos, además del uso característico señalado, podrá disponerse cualquier otro uso de equipamiento y servicios públicos que no interfieran el desarrollo de las actividades propias del uso característico, se considera compatible el uso educativo con el uso característico deportivo.
2. En todas las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos se considera compatible la vivienda de quien guarde la instalación. También se considera compatible la residencia comunitaria con el uso educativo o formativo.
3. Las parcelas calificadas para uso de equipamiento y servicios públicos podrán destinarse a Servicios infraestructurales, vinculados al suministro de agua, energía, saneamiento, telecomunicaciones y alumbrado.
Sección 2.Condiciones de la edificación.
Artículo 42.Posición de la edificación.
La posición de la edificación en la parcela es libre siempre que no queden medianeras al descubierto.
Las edificaciones deberán retranquearse respecto a las parcelas de uso industrial colindantes una distancia igual o superior a la mitad 1/2 de la altura de la edificación, con un mínimo de cuatro 4 metros.
No se establece retranqueo entre edificaciones de carácter dotacional.
Para el uso comercial dotacional se aplicarán las condiciones especificadas para el uso terciario.
Artículo 43.Condiciones de edificabilidad y aprovechamiento.
Será de aplicación el artículo 433 de P.G.O.U.
El aprovechamiento es cero 0 dado su carácter público.
Artículo 44.Altura de la edificación.
La altura máxima de la edificación en número de plantas será de tres 3. La altura en metros deberá ser justificada en función de las necesidades concretas de la instalación.
34W-2165
VILLAMANRIQUE DE LA CONDESA
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación de proyecto de actuación para actuaciones de interés público en suelo no urbanizable se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Punto 11.ºAprobación, si procede, del proyecto de actuación para actuaciones de interés público en suelo no urbanizable.
Visto expediente de aprobación del proyecto de actuación para la instalación de planta de fabricación de aceite de oliva virgen y virgen extra con capacidad de molturación de 100 Tn/día sita en la parcela núm. 8 del polígono catastral núm. 3 de Villamanrique de la Condesa, A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento
Solicitud del interesado Providencia de Alcaldía
Fecha/Núm.
Observaciones
2 de octubre de 2018
Registro de entrada: 4518
15 de octubre de 2018
Informe de Secretaría
18 de diciembre de 2018
Providencia de Alcaldía
18 de diciembre de 2018
Informe de los Servicios Técnicos
11 de febrero de 2019
Resolución de Alcaldía
12 de febrero de 2019
Anuncio Boletín Oficial de la provincia Notificación a los propietarios de los terrenos Certificado del resultado de Información Pública Solicitud de informes sectoriales
8 de marzo de 2019
Febrero de 2019
10 de abril de 2019
Octubre de 2019
Informe Servicios Técnicos Municipales
5 de diciembre de 2019
Providencia requerimiento documentación
9 de diciembre de 2019
Requerimiento subsanación documentación
10 de diciembre de 2019
Registro de salida: 3.732
Entrega de documentación requerida
14 de febrero de 2019
Registro de salida: 165
Informe emitido por los Servicios Técnicos
21 de febrero de 2020
Providencia de Alcaldía informe propuesta
24 de febrero de 2020
Informe-Propuesta
24 de febrero de 2020