Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 25/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 25 de octubre de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 24827

GUADALCANAL
Habiéndose adoptado por la Corporación en Pleno con fecha 15 de octubre de 2019, acuerdos, por el que se aprueba que distintos miembros de la Corporación desempeñarán sus cargos, en régimen de dedicación parcial, con las retribuciones fijadas, se publican los mismos para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre:
3.ºAprobación si procede de Régimen de dedicación parcial del Concejal, acuerdo:
Primero. Determinar que el miembro de la Corporación que ha sido nombrado para ocupar los cargos de Tercer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Juventud, Participación Ciudadana, Medio Ambiente y Deportes, realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial por los siguientes motivos: la atención que conllevan las áreas que se han delegado, y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el dependencias municipales o en el Ayuntamiento de media jornada actualmente 18.75 horas semanales.
Segundo. Determinar que el cargo de Tercer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado de Juventud, Participación Ciudadana, Medio Ambiente y Deportes, realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con arreglo a las siguientes condiciones:
Dedicación: 50 por 100 18.75 horas semanales.
Retribución bruta: Doce pagas de 816.66 euros con un importe líquido estimado de 748.06 euros, distribuidas en doce mensualidades con dos pagas extraordinarias prorrateadas junio y diciembre.
Cotización: Conlleva la correspondiente afiliación, alta y cotización en el régimen general de la Seguridad Social.
Revisión: La cuantía de la retribución fijada será revisada para cada ejercicio presupuestario con efectos del 1 de enero, en los términos que se establezca con carácter general para el personal del sector público.
5.ºAprobación si procede de Régimen de dedicación parcial del Concejal, acuerdo:
Primero. Determinar que el miembro de la Corporación que ha sido nombrado para ocupar los cargos de Concejal Delegado de Nuevas Tecnologías, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Formación, realicen sus funciones en régimen de dedicación parcial por los siguientes motivos: La Atención que conllevan las Áreas que se han delegado, y debiendo tener una presencia efectiva mínima en el dependencias municipales o en el Ayuntamiento de media jornada actualmente 18.75 horas semanales.
Segundo. Determinar que el cargo de Concejal Nuevas Tecnologías, Agricultura, Ganadería, Desarrollo Local y Formación, realice sus funciones en régimen de dedicación parcial, con arreglo a las siguientes condiciones:
Dedicación: 50 por 100 18.75 horas semanales.
Retribución bruta: Doce pagas de 816.66 euros con un importe líquido estimado de 748.06 euros, distribuidas en doce mensualidades.
Cotización: Conlleva la correspondiente afiliación, alta y cotización en el régimen general de la Seguridad Social.
Revisión: La cuantía de la retribución fijada será revisada para cada ejercicio presupuestario con efectos del 1 de enero, en los términos que se establezca con carácter general para el personal del sector público.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde/Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento AdministrativoComún de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Guadalcanal a 17 de octubre de 2019.El Alcalde, Manuel Casaus Blanco.
36W-7551

SALTERAS
Don Antonio Valverde Macías, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que con fecha 8 de octubre de 2019 se ha dictado la resolución 943/2019 con código de validación ZY565ASX46AELE3S5YCJQ9CDY Verificación: http salteras.sedelectronica.es/, que a continuación se transcribe:
Tras la constitución de la actual Corporación Municipal, el día 15 de junio de 2019, y resultado elegido Alcalde-Presidente de la misma quien suscribe, se procedió a la adopción de las resoluciones necesarias para asegurar el normal funcionamiento de la Administración. A tal fin, se constituyó la Junta de Gobierno Local, por ser un órgano obligatorio, de conformidad con el art. 20.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local LBRL, al tener el municipio de Salteras más de 5.000 habitantes.
De igual forma, se concedieron Delegaciones de esta Alcaldía a diferentes miembros de la Corporación para las principales áreas de Gobierno municipales, por motivos de racionalidad y eficacia en la gestión.
Una de estas delegaciones ha sido la efectuada a favor de la Concejala y Segunda Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, doña María del Carmen de los Santos Polvillo, mediante Decreto núm. 592/2019, de 20 de junio. Concretamente, a favor de esta Concejala se ha efectuado una delegación genérica de atribuciones en las Áreas de Gobierno Interior e Igualdad, incluyendo la primera de ellas Economía y Hacienda, Personal y Administración.
Esta delegación genérica de atribuciones comporta tanto la facultad de dirección del área correspondiente, como su gestión.
No incluye, además de las materias no delegables, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, con la excepción de los actos administrativos correspondientes a las materias propias de Economía y Hacienda no delegadas expresamente en la Junta de Gobierno Local y que son los siguientes: La aprobación de todas las fases del gasto A, D, O y el pago P que no sean competencia del Pleno.
Pues bien, la gestión diaria ha puesto de manifiesto que la delegación de la aprobación de todas las fases del gasto está ocasionando retrasos en la tramitación de los expedientes, fundamentalmente de contratación, con los perjuicios que ello conlleva.
En consecuencia, parece adecuado reordenar la Delegación del Área de Gobierno Interior conferida con fecha 20 de junio a favor de la citada Concejala, a la sazón miembro de la Junta de Gobierno Local.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 25/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date25/10/2019

Page count28

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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