Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 25/10/2019

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 248

Viernes 25 de octubre de 2019

AYUNTAMIENTOS

SEVILLA
Gerencia de urbanismo El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 11 de septiembre pasado, aprobó inicialmente la minuta de escritura de transferencia de aprovechamientos urbanísticos, segregación y cesión a formalizar por la entidad Fueling S.L., en su condición de titular de las fincas sitas en Ctra. Sevilla-Málaga-Granada números 46 y 44 incluidas en el ámbito de suelo urbano no consolidado ATA-DE-01 P.I. La Chaparrilla, en virtud de la cual se efectúan una serie de operaciones, a fin de dar cumplimiento a los deberes y obligaciones urbanísticas que pesan sobre las fincas, conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía y 11.2.7 de las Normas Urbanísticas del PGOU de Sevilla Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 174 de 7 de septiembre.
El acuerdo anterior, ha sido modificado por nuevo acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 9 de octubre de 2019, por la existencia de algunos errores materiales y aritméticos, convenientemente subsanados.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 104.2 de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en el apartado 2 del articulo 115 del Reglamento de Gestión Urbanística, aplicable supletoriamente, se somete a información pública estos acuerdos, durante un plazo de 20 días hábiles, a contar desde la última publicación del presente edicto, que se efectuará en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Sevilla, y en la prensa local, para que, durante el mismo, cualquier persona pueda examinarlo y presentar las alegaciones y documentos justificativos que estime pertinentes en defensa de las mismas.
Los antecedentes se encuentran de manifiesto en la Sección Jurídica de Gestión Urbanística del Servicio de Gestión Urbanística y PMS de la Gerencia de Urbanismo, sita en el edificio n.º 5 de su sede, en el recinto de la Cartuja, Avda. de Carlos III s/n, en horario de atención al público.
Las alegaciones podrán presentarse en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el Registro General de esta Gerencia de Urbanismo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Sevilla a 15 de octubre de 2019.El Jefe del Servicio, Andrés Salazar Leo.
15W-7435-P

ESTEPA
Don Antonio Jesús Muñoz Quirós, Alcalde-Presidente del Ilustrísimo Ayuntamiento de esta ciudad.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 23 de octubre de 2019, adoptó entre otros, los siguientes acuerdos:
Primero. Aprobar, con carácter provisional, la modificación del precepto que a continuación se relaciona de la Ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles:
Artículo 10º.
1. La cuota de este Impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible el tipo de gravamen.
2. El tipo de gravamen será:
a Para bienes de naturaleza urbana, el 0,65 %.
b Para bienes de naturaleza rústica, el 0,96 %.
3. El cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana se efectuará en periodo voluntario, en dos plazos semestrales, cada uno del 50% del importe de la cuota líquida según los plazos establecidos al efecto por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal OPAEF de la Diputación Provincial de Sevilla, y ello como consecuencia de la delegación de las facultades recaudatorias, de dicho tributo, de esta Corporación Municipal en dicho organismo Provincial.
4. El cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica se efectuará en periodo voluntario, en un solo pago según los plazos establecidos al efecto por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal OPAEF de la Diputación Provincial de Sevilla, y ello como consecuencia de la delegación de las facultades recaudatorias, de dicho tributo, de esta Corporación Municipal en dicho organismo Provincial.
Segundo. La disposición final de la Ordenanza modificada quedará redactada de la siguiente forma:
Disposición final La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2020, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la provincia y en un diario de los de mayor difusión de la provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados1 podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
Cuarto. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Quinto. Publicar los acuerdos definitivos y el texto íntegro de las modificaciones aprobadas en el Boletín Oficial de la provincia.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para que en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan examinar el expediente y se formulen las reclamaciones que estimen convenientes los interesados. Si durante dicho periodo de exposición no se presenta reclamación alguna se considerarán adoptados definitivamente los anteriores acuerdos.
En Estepa a 23 de octubre de 2019.El Alcalde-Presidente, Antonio Jesús Muñoz Quirós.
36W-7695

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TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date25/10/2019

Page count28

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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