Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 5/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 5 de agosto de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 18021

Segundo. Nombrar Séptimo Teniente de Alcalde a don Antonio Marchal Vela, Conforme a lo preceptuado por el artículo 47
del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Tercero. Dése cuenta de la presente resolución al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre; notifíquese personalmente a los designados y publíquese en el Boletín Oficial de la provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de su firma.
En Lebrija a 29 de julio de 2019.La Secretaria accidental, Josefa Ganfornina Dorantes.
6W-5596

MARCHENA
Doña María del Mar Romero Aguilar, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Aprobado inicialmente por este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 26 de julio del año en curso, expediente número 48/2019, de modificaciones presupuestarias en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente positivo de tesorería, por un importe total de 185.192,70 €, se expone al público por plazo de quince días hábiles, según previene el artículo 177.2, en consonancia con el 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.
Transcurrido dicho plazo sin que se presenten reclamaciones se entenderá elevado a definitivo.
En Marchena a 26 de julio de 2019.La Alcaldesa-Presidenta, María del Mar Romero Aguilar.
8W-5548

MARCHENA
Doña María del Mar Romero Aguilar, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Aprobado inicialmente por este Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 26 de julio del año en curso, expediente número 49/2019, de modificaciones presupuestarias en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al remanente positivo de tesorería, por un importe total de 199.675,96 €, se expone al público por plazo de quince días hábiles, según previene el artículo 177.2, en consonancia con el 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, durante el cual los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.
Transcurrido dicho plazo sin que se presenten reclamaciones se entenderá elevado a definitivo.
En Marchena a 26 de julio de 2019.La Alcaldesa-Presidenta, María del Mar Romero Aguilar.
8W-5559

MONTELLANO
Don Curro Gil Málaga, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria de fecha 28 de junio de 2019, se adoptó por mayoría absoluta de los Concejales asistentes a la sesión, el siguiente acuerdo, transcrito íntegramente a continuación:
Punto sexto. Delegación de competencias plenarias en el Alcalde y la Junta de Gobierno Local.
Por el Sr. Alcalde se cede la palabra al Sr. Secretario quien da lectura a la siguiente.
Propuesta de Alcaldía Visto lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, sobre competencias que el Ayuntamiento Pleno puede delegar en la Junta de Gobierno Local, en concreto las letras j, k, m y ñ, del artículo 22.2, del citado texto legal, así como la previsión del artículo 47.1 del TRLRHL que permite la delegación del establecimiento y modificación de precios públicos, se propone al Pleno corporativo la adopción del siguiente acuerdo.
Primero. Delegar en la Junta de gobierno Local las siguientes atribuciones del Pleno de la Corporación:
El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
a concertación de operaciones de crédito cuya cuantía acumulada dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100
L de los recursos ordinarios del Presupuesto. Salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
a aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún L
no estén previstos en los Presupuestos.
El establecimiento o modificación de los precios públicos.
Segundo. Delegar en el Alcalde las competencias como órgano de contratación de los contratos administrativos que le otorga el apartado segundo de la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como las competencias para celebrar contratos privados y la adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Corporación que le atribuye el apartado décimo de la Disposición adicional segunda de la misma Ley 9/2017.
Tercero. Que dichas atribuciones se ejerzan conforme a lo establecido en la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Cuarto. Que se de cuenta al Pleno periódicamente de los acuerdos adoptados y que sean resultado de esta delegación de facultades.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 5/8/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date05/08/2019

Page count24

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First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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