Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/7/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Martes 16 de julio de 2019

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16333

3. Nombrar a doña Ana Belén Domínguez García, Tercera Teniente de Alcalde.
4. Nombrar a don José Antonio Sánchez Escribano, Cuarta Teniente de Alcalde.
5. Nombrar a doña Beatriz Roldán Calletano, Quinta Teniente de Alcalde.
Segunda. Delegación de competencias con carácter general en los Tenientes de Alcalde y ConcejalesDelegados de las Áreas de Gobierno Municipales.
Efectuar a favor de los Concejales que a continuación se relacionan, una delegación general de atribuciones de dirección, gestión y resolución de los asuntos de sus respectivas áreas de gobierno que a continuación se dispone:
Concejal
Área
Doña Macarena García Muñoz Don Manuel García Benítez
Economía y Hacienda Urbanismo, Vivienda e Infraestructura y Patrimonio Recursos Humanos, Igualdad, Gobierno Interior y Derecho e Innovación Doña Ana Belén Domínguez García Democrática Don José Antonio Sánchez Escribano Seguridad, Emergencia, Tráfico y Cooperación al Desarrollo Desarrollo Local, Comercio, Agricultura, Ganadería, Industria, Doña Beatriz Roldán Calletano Emprendimiento y Formación y Empleo Don Manuel Salvat de los Santos Participación Ciudadana, Juventud y Deporte Medio Ambiente Urbano, Parques y Jardines, Limpieza, Residuos GeneraDoña María José Sánchez Falcón les Vías y Obras y Mantenimiento de Infraestructuras.
Acción y Recursos Culturales, Educación, Comunicación, Transparencia y Don Carlos Rodríguez Santos Gobierno Abierto, Informática y Modernización Digital.
Doña María de Gracia Miranda Roldán Políticas Inclusivas, Fiestas, Salud y Consumo.
A los Tenientes de Alcalde nombrados les corresponde en cuanto a tales, sustituir al Alcalde en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.
Para dotar de celeridad a los procedimientos y dada la importante desconcentración administrativa existente, se trata de habilitar a los delegados para la aprobación de las liquidaciones tributarias y otros ingresos de derecho público así como para la tramitación y resolución de expedientes de devolución de garantías e ingresos tributarios que se deriven de la resolución de expedientes de su competencia.
Cuarto. Delegar de forma indistinta en todos los Concejales de la Corporación, las competencias que a esta Alcaldía le otorga el artículo 51.1 del Código Civil, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en este término municipal. Esta delegación faculta a los Concejales para autorizar matrimonios civiles, sin que en una misma ceremonia pueda intervenir más de uno de ellos.
Quinto. Las atribuciones delegadas se deberán ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal. En el texto de las resoluciones adoptadas por los Concejales en virtud de esta delegación, se tendrá que hacer constar esta circunstancia, mediante la inclusión en la parte expositiva del siguiente texto: Por todo ello, en ejercicio de las competencias que me han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento, mediante Decreto de fecha.
Sexto. Las resoluciones que se adopten por delegación se entenderán dictadas por esta Alcaldía, como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación y gozarán, por tanto, de ejecutividad y presunción de legitimidad.
El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del ROF, salvo en lo relativo al recurso de reposición, que será también resuelto por el órgano delegado, delegándose igualmente la firma de los mismos.
Séptimo. El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión realizada al frente de la Delegación, y previamente, de las decisiones de transcendencia, en los términos previstos en el art. 115 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Octavo. Los conflictos de competencias que pudieran suscitarse en el ejercicio de las respectivas delegaciones serán resueltas por esta Alcaldía-Presidencia.
Noveno. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
Décimo. Notificar esta resolución a los Concejales designados, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si dentro del plazo de las veinticuatro horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación. Por ello y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta Alcaldía.
Undécimo. Notificar esta resolución a todos los servicios administrativos en orden de facilitar su adecuación debiéndose adoptarse las medidas que correspondan para la efectividad de cuanto antecede.
Duodécimo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de la Corporación así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, para su general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/7/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

CountrySpain

Date16/07/2019

Page count34

Edition count6939

First edition02/11/1999

Last issue30/11/2022

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