Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/11/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

SANTA FE, 30-10-2002
VISTO: El informe elevado por el Registro Ocial de Proveedores de la Provincia, el que solicita la inscripción de varias rmas y CONSIDERANDO: Que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto-Acuerdo 5100/55, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes.
Por ello:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CONTRATACIONES Y SUMINISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1: Inscribir en este Registro Ocial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, a las siguientes rmas: 1.732 BIOSCIENCE S.R.L. - 1.733 EL EMPORIO
DE LA CONSTRUCCION S.R.L.
ARTICULO 2: Otorgar a las rmas proveedoras la certicación que las acredite como tal en su inscripción y bajo el número mencionado precedentemente.
ARTICULO 3: Comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
CPN RICARDO C. CRISTINA
Director Provincial Contrataciones y Suministros S/C

19746 Nov. 11


DISPOSICION N 151

SANTA FE, octubre 25 de 2002
Visto el expediente N 00306-0001929-4 en el que obran los antecedentes relativos al incumplimiento de la Orden de Provisión N 196/01 por parte de la Empresa DATAMECSA S.R.L.; y CONSIDERANDO:
Que en fecha 29 de setiembre de 2002 se envió telegrama a la empresa adjudicataria intimándosela a cumplimentar con la entrega de los renglones faltantes, según constancia de fojas 51;
Que con fecha 17 de octubre de 2002 la Dirección Provincial de Informática informa que no se ha recibido la mercadería que le fuera intimada a entregar a la empresa DATAMECSA S.R.L.;
Que a los efectos de mejor proveer a fojas 61 vuelto intervino el Registro Ocial de Proveedores informando que la empresa DATAMECSA S.R.L. no se encuentra inscripta en el mismo;
Que el incumplimiento incurrido por parte del adjudicatario acarrea como sanción una suspensión por el término de un 1 año en su inscripción registral y para participar en futuras gestiones, conforme a lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto 5.100/55;
Que esta Dirección Provincial, en mérito a lo estatuido en el artículo 9 del Decreto N 0817/93, puede sancionar en tal sentido suspendiendo a la rma, sin perjuicio de las garantías que correspondan ejecutar;

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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 11/11/2002

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

CountryArgentina

Date11/11/2002

Page count13

Edition count695

First edition03/05/2002

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