Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/8/2001

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2435

Santa Rosa, 10 de Agosto de 2001

proyectos del Programa TRABAJAR III del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación, llevados a cabo por los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales de nuestra Provincia, percibirá la suma de $ 40, en concepto de Bonificación por Capacitación durante el lapso de duración del mencionado programa.Art. 2.- Facúltase al Director General de Relaciones Laborales a disponer la transferencia de los fondos correspondientes a los Municipios, Comisiones de Fomento y Organizaciones No Gubernamentales sujetos a rendición por el mes de Julio de 2001 y por la suma de $ 2.440,00.Art. 3.- La Habilitación del Ministerio de Gobierno y Justicia, dependiente de la Contaduría General de la Provincia, dará cumplimiento a lo que se disponga en referencia al artículo 2.Art. 4.- El gasto que demande lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con cargo a la C. 0.
Jur. D, U.O. 25, Cta. 0, F.y F. 490, S. 1, PP. 30, pp.
02, Sp. 01, CL. 00, SCL. 000, C. 1
TRANSFERENCIA ENTRE NOSOTROS $ 2.440
del presupuesto vigente.Decreto N 1315 -1-VIII-01- Art. 1.Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría general, anticipará a la Municipalidad de General Acha, en concepto de coparticipación impositiva, la suma de $ 90.000.-, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 - Fondo Neto disponible, destinado a atender desequilibrios financieros. Expte. N 7297/01

Decreto N 1316 -1-VIII-01- Art. 1.Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, anticipará a la Municipalidad de Toay, en concepto de coparticipación impositiva, la suma de $ 55.000.-, importe que se tomará de la cuenta corriente n 5323/3 - Fondo Neto disponible, destinado a atender desequilibrios financieros. Expte. N
7227/01.Decreto N 1317 -2-VIII-01- Art. 1.Facúltase al señor Fiscal de Estado para que, en nombre y representación de la Provincia de La Pampa, incoe la actuaciones pertinentes, a fin de obtener de la Justicia Nacional, el control jurisdiccional de los actos administrativos dictados por aplicación de la Ley N
24.240, en mérito a lo establecido en el artículo 45 de la norma citada, a lo normado en el artículo 1 de la N.J.F. N 888 y expuesto en los considerandos precedentes.Decreto N 1318 -2-VIII-01- Art. 1.Declárese de Interés Provincial el 1 Congreso Provincial de Accesibilidad, a realizarse en esta ciudad, los días 3 y 4 de agosto del corriente año;
organizado por el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad.-

Pág. n 1187

Decreto N 1319 -2-VIII-01- Art. 1.Dónase a la Municipalidad de Villa Mirasol, el siguiente bien perteneciente al Estado Provincial: un automotor, motor naftero marca PEUGEOT modelo 505 SRI, año 1992, motor número 0116919, carrocería número 2080174, equipado con radio, aire acondicionado, rueda de auxilio, crique, llave de rueda, barra de remolque y balizas, legajo número 1321 A, dominio SDY598, número de inventario 191733, según lo previsto en el articulo 1 de la Norma Jurídica de Facto n 932/79 y su reglamentación dada por el Decreto-Acuerdo 1880/79.- Expte. N 4469/01.Decreto N 1320 -2-VIII-01- Art. 1.Apruébase la Licitación Privada N 2/01 tramitada por el Departamento Compras y Suministros y, consecuentemente, adjudícase la misma a la firma TRASLADA de MAILCAR S.R.L., por la prestación del servicios de remises destinados al Señor Gobernador y Comitiva durante sus estadías en la Ciudad de Buenos Aires.Art. 2.- Apruébase el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios que forma parte del presente decreto, y autorízase a la Señora Directora General de la Casa de La Pampa, a suscribir el mismo con la firma indicada en el artículo primero.Art. 3.- Habilitación de Casa de La Pampa, previa intervención de Contaduría General, liquidará y pagará a favor de la firma TRASLADA de MAILCAR
S.R.L., las sumas mensuales correspondientes por los servicios efectivamente prestados en cumplimiento del citado contrato.Art. 4.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la Jurisdicción I - Unidad de Organización 03 - Cuenta 0 - Función 190 - Sección 1 - P.P. 11 - p.p. 02 - Control 6 del presupuesto vigente, a la partida que se le asigne en el año 2002, y en caso de prórroga de contrato, del Presupuesto Financiero del año 2003 Artículo 10, tercer párrafo de la Ley N 3 de Contablilidad, a cuyo efecto deberá tomar conocimiento la Honorable Legislatura.Decreto N 1321 -2-VIII-01- Art. 1.Acéptase a partir del 1 de Junio de 2001, la renuncia presentada para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, presentada por la agente Categoría 2 Rama Administrativa -Ley 643- María Luisa ALDAY -L.C: N 6.633.847 -Clase 1941-, perteneciente a la Dirección General de Rentas, quien ha optado por hacer uso del derecho que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley 643 Artículo 4 de la Norma Jurídica de Facto 934.Decreto N 1322 -2-VIII-01- Art. 1.- Por Delegación Contable de Jefatura de Policía páguese al Ex Cabo Primero de Policía José Alberto GIGENA, clase 1967, D.N.I. N 17.979.212, la suma de $
1.008,64, en concepto de 30 días de licencia anual no gozada correspondientes al año 1999, 30 días del año 2000 y 7 días de licencia anual, parte proporcional período 2001.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 10/8/2001

TitleBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

CountryArgentina

Date10/08/2001

Page count27

Edition count919

First edition09/06/2000

Last issue30/12/2020

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