Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/1/2021

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Enero, 27 de 2021.-

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Boletín Oficial Nº 11

solicitarlo al momento de la inscripción en el Registro habilitado a tal efecto y justificar su pedido, el que será resuelto por el Sr. Instructor Coordinador.-

ACT. NOT. B-00595744-ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO TIT. REG. N 34SAN SALVADOR DE JUJUY.-

25/27 ENE. 01/FEB.

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550. San Salvador de Jujuy, 28 de DICIEMBRE de 2020.Jorge Ezequiel Vago Pro Secretario Técnico 27 ENE. LIQ. Nº 22471 $ 507,00.-

LIQ. Nº 22462-22463-22464 $ 346,00, $346,00, $346,00

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS

CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L.:ACTA Nº 3, En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 27 días del mes de Agosto de 2020, entre la Sra. DORIS
MELVA MORALES, D.N.I. Nº 12.139.630, argentina, mayor de edad, odontóloga, soltera, con domicilio real en calle Pedro del Portal Nº 965, Bº Ciudad de Nieva de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy y; el Sr. ADOLFO PARADA, D.N.I. Nº 17.402.229, argentino, mayor de edad, mecánico dental, soltero, con domicilio real en Escolástico Zegada Nº 1309, Bº Cuyaya de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, quienes conforman el 100% del capital societario de CENTRO DE
ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L., acuden a tratar el siguiente orden del día: 1.Tratar la reconducción de CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L., estableciéndola de la siguiente manera: PRIMERO: Que de acuerdo con lo establecido en el ARTÍCULO TERCERO del contrato social, el plazo de duración venció en fecha trece de noviembre del año dos mil dieciocho, pero a pesar de ello no se inició la liquidación, pues estando legalmente disuelta la Sociedad, la misma no ha declinado, ni interrumpido su actividad, ni su giro comercial, es decir que la empresa aún subsiste, por cuya razón entienden que todos los socios deben revocar la disolución mediante la remoción de su causal y reintegrar la Sociedad a la plenitud jurídica, a fin de salvaguardar el interés social de los socios;. SEGUNDO: Por tal circunstancia, los socios resuelven por unanimidad continuar el desenvolvimiento en común de la actividad productiva en el marco de la plena capacidad jurídica, para cumplir con el objeto social establecido en el contrato, sin restricciones ni limitaciones, y disponer así que la disolución y liquidación se difiera, agregando, además, que no se lesionan intereses particulares. De esta manera se logrará obtener la reconducción jurídica de la Sociedad en forma regular; TERCERO: Todos los socios se hacen responsables solidaria e ilimitadamente por los actos sociales, durante el período que comprende desde el vencimiento del plazo de duración del contrato social hasta la aprobación e inscripción de la presente reconducción y sin perjuicio de los derechos de terceros por el lapso de dicho período; CUARTO: Todos los socios declaran que no han ejercido el derecho de receso y, por ende, renuncian a sus derechos en la disolución y liquidación; QUINTO:
En razón de lo expuesto resuelven modificar el contrato social en lo referente al plazo de duración, que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción: ARTÍCULO TERCERO:
El término de duración por reconducción será de cincuenta 50 años contando desde la inscripción registral de la misma, siendo los socios solidaria e ilimitadamente responsables por el tiempo contado desde el vencimiento del plazo de duración hasta la nueva inscripción registral. SEXTO: Se otorga por este acto Poder Especial en favor del Dr. LUCAS ELEIT, D.N.I. Nº 36.048349, abogado del foro local, MP 3724, para realizar todos los trámites legales a los fines de lograr la inscripción de la reconducción de la Sociedad y su correspondiente cambio de sede social ante el órgano registral de la Provincia de Jujuy. Asimismo, lo facultan a proponer y/o aceptar las modificaciones o ampliaciones a la presente reconducción, exigidos por el citado órgano registral, firmando escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin, y para que realice todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueran necesarias para el mejor desempeño del presente mandato, conforme a las normas de la Ley Nº 19.550
General de Sociedades y leyes complementarias. 2.- Cambiar la sede social, modificando el ARTÍCULO SEGUNDO del contrato social, el que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO SEGUNDO: Se fija el domicilio legal de la Sociedad en calle Escolástico Zegada Nº 1309 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, capital de la Provincia de Jujuy. La sociedad podrá además establecer sucursales, agencias y/o cualquier otro género de representación donde lo juzguen necesario los socios. 3.Establecer con carácter de declaración jurada los siguientes puntos: DORIS MELVA
MORALES, D.N.I. Nº 12.139.630, CUIT Nº 27-12139630-6, manifiesta, en carácter de declaración jurada, no ser persona políticamente expuesta, de conformidad a la L.G.S. y Res. UIF 11/2011. ADOLFO PARADA, D.N.I. Nº 17.402.229, CUIT Nº 20-174022292, manifiesta, en carácter de declaración jurada, no ser persona políticamente expuesta, de conformidad a la L.G.S. y Res. UIF 11/2011. Por último, los socios declaran, en carácter de declaración jurada, el correo electrónico moralesjujuy@hotmail.com a los fines de constituir un medio electrónico para recibir las notificaciones de la Sociedad, de conformidad con lo previsto por Ley Nº 19.550 General de Sociedades. Habiéndose tratado todos los puntos del orden del día y siendo aprobados todos y cada uno de ellos por unanimidad, se da por concluida la asamblea de socios. En prueba de Conformidad, se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B00572827-ESC. GASTON SANTIAGO APARICIO TIT. REG. N 34- SAN
SALVADOR DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la ley 19550. San Salvador de Jujuy, 28 de Diciembre de 2020.Jorge Ezequiel Vago Pro Secretario Técnico 27 ENE. LIQ. Nº 22470 $ 617,00.DORIS MELVA MORALES, D.N.I. Nº 12.139.630, Socio Gerente de la razón social CENTRO DE ATENCIÓN ODONTOLÓGICA S.R.L., manifiesta en carácter de declaración jurada que, la sede social, donde funciona efectivamente el centro principal de la dirección y administración de las actividades de la entidad, se encuentra en calle Escolástico Zegada Nº 1309 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.
En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 03 días del mes de Diciembre del año 2020.

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dr. R. Sebastian Cabana - Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4 - Secretaria Nº 7 - de la Provincia de Jujuy, hace saber a Roberto Eugenio Beron, DNI Nº14.095.852
que en el EXPTE. Nº C-100647/2017 caratulado: Ejecutivo: Tolaba Sabina c/ Beron Roberto Eugenio se dictó la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 05 de Diciembre de 2017. Téngase por presentado al Dr. Gustavo Javier Jaramillo en nombre representación de Sabina Tolaba, a mérito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña a fs.11/13,por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales. Atento a lo solicitado, y de conformidad a lo dispuesto por los Art. 472 y 478
y correlativos del C.P.C, líbrese en contra del demandado Roberto Eugenio Beron, DNI
Nº14.095.852, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos ciento veintidós mil ochocientos quince con cero Ctvo. $122.815,00 en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Treinta y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y cuatro con cincuenta Ctvo. $36.844,50 presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de y negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Arts.52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr.
Oficial de Justicia, con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Notifíquese Art.154 C.P.C. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana-Juez Ante Mi Dra María Cecilia Farfan Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local tres veces por cinco días. San Salvador de Jujuy, 26 de noviembre de 2020.25/27/29 ENE. LIQ. Nº 22141 $ 267,00, LIQ. Nº 22151 $ 346,00.-

EDICTOS SUCESORIOS

Ref. Expte Nº D-034159/20, Caratulado: Sucesorio AB Intestato de Don Espiro Parentis.
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de DON ESPIRO PARENTIS DNI
Nº 0.026.939. Dra. Lilian Inés CondeSecretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. San Pedro de Jujuy, 16 de diciembre de 2020.25/27/29 ENE.

LIQ. Nº 22450 $346,00.-

El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 1 de la Provincia de Jujuy, a cargo del Dr. Juan Pablo Calderón JuezDra. Amelia del Valle FarfánSecretaria en el Expte. Nº C-021167/14: Sucesorio Ab-Intestato: Alemán, Elena, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de la Sra. ELENA
ALEMÁN D.N.I. 9.634.927. Secretaria Nº 1, Dra. Amelia del V. FarfánSecreta Publíquese por un día en el Boletín Oficial y tres veces en un diario local. San Salvador de Jujuy, 17 de Diciembre de 2020.27 ENE.

LIQ. Nº 22447 $ 346,00.-

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaria N 6, en el Expediente N C-169007/20, caratulado: Sucesorio Ab Intestato: MAIZARES, INOCENCIO D.N.I. N 10.993.368, cita y emplaza por treinta días a todos los que se consideren con derechos a los bienes del causante, mandándose publicar Edictos en el Boletín Oficial por un día Art. 2340 del C.C.yC. y en un diario local por tres veces en cinco días Art. 436 del CPC. San Salvador de Jujuy, 14 de diciembre de 2020.27 ENE.

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
LIQ. Nº 22469 $ 346,00.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 27/1/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date27/01/2021

Page count12

Edition count1171

First edition10/01/2018

Last issue21/04/2024

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