Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 20 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 47

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO ACUERDO Nº 776-S/2020.EXPTE. N.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 ABR. 2020.VISTO:
Los Decretos Acuerdo Provinciales N 696-S-20, 741-G-20, 750-G-20, normas concordantes; Resoluciones del Comité Operativo de Emergencia COE COVID19; y, CONSIDERANDO:
Que, por la compleja situación sanitaria y epidemiológica nacional e internacional, el Gobierno Provincial, en forma directa, y a través del Comité Operativo de Emergencia COE COVID-19, asume vitales acciones priorizando la protección de la salud y seguridad de los ciudadanos, por la necesidad y perentoriedad de mitigar y contener la diseminación de COVID-19 coronavirus, reforzando el sistema de salud.
Que, la letalidad de la pandemia, afecta particularmente a la población de adultos mayores, considerado grupo de riesgo o de mayor vulnerabilidad, definido, por edad y factores de comorbilidad.
Que, para eficacia y eficiencia, las medidas de prevención, protección y profilaxis, por cierto, decisivas, exigen el trabajo permanente, conjunto, coordinado, y solidario, de instituciones públicas, privadas, de la sociedad en general, y la concientización y protección familiar, asegurando sostén, acompañamiento y cuidado permanente de los adultos mayores;
Que, en ese contexto, resulta procedente y perentorio, crear una Mesa de Trabajo específica, que defina y asuma las estrategias de comunicación, atención, y cuidado general, estableciendo protocolos de actuación, integrada por distintas áreas de Gobierno, Intendencias, Comisiones Municipales, con participación de sectores de la sociedad civil, y asociaciones comprometidas con la asistencia integral, médica y social de los adultos mayores.
Que, dichas acciones y la atención integral, en un estado de emergencia epidemiológica, demandará erogaciones de carácter extraordinario, orientadas a satisfacer las necesidades sanitarias y sociales.
Por lo expuesto, en ejercicio de atribuciones que son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el PLAN DE ACCION INTEGRAL DE
ADULTOS MAYORES COVID-19 CORONAVIRUS, a implementarse en todo el territorio de la Provincia de Jujuy, que, como ANEXO I, forma parte integrante del presente Decreto Acuerdo.ARTÍCULO 2.- Mientras dure la pandemia, créase la MESA DE TRABAJO
COVID-19 ADULTOS MAYORES, que, presidida por la Subsecretaria de Atención, Promoción y Prevención de la Secretaría de Salud, será integrada por representantes designados por los Ministerios de Salud, Desarrollo Humano, Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto; Dirección Provincial de Relaciones con la Sociedad Civil, y Secretaria de Relaciones y Asuntos Municipales.ARTICULO 3º.- Invítase al Instituto de Seguros de Jujuy y Obra Social Nacional -PAMI-, a designar representantes, que se incorporarán a la MESA DE
TRABAJO COVID-19 ADULTOS MAYORES.ARTICULO 4º.- La MESA DE TRABAJO COVID-19 ADULTOS
MAYORES será autoridad de aplicación del PLAN DE ACCION INTEGRAL
DE ADULTOS MAYORES COVID-19 CORONAVIRUS en el territorio de la Provincia de Jujuy, definiendo las estrategias socio-sanitarias, protocolos, y comunicación, que engloben la atención, sostén, cuidados, y seguridad de los Adultos Mayores, coordinando acciones de los Ministerios, Comité Operativo de Emergencia COE COVID-19; Intendencias, Comisiones Municipales, asociaciones, y sectores de la sociedad civil, para concientización y protección del grupo de riesgo, por parte de la sociedad en general, y de la familia en particular.ARTICULO 5º.- El Ministerio de Desarrollo Humano, tendrá a cargo la conformación, control y coordinación, del sistema de voluntarios, que actuará en el marco de aplicación del PLAN DE ACCIÓN INTEGRAL DE ADULTOS
MAYORES COVID-19.ARTÍCULO 6.- La MESA DE TRABAJO COVID-19 ADULTOS
MAYORES, coordinará su actuación con el Comité Operativo de Emergencia COE COVID-19, que aprobará las medidas y acciones de emergencia epidemiológica, que se implementan en el marco del Plan.ARTICULO 7º.- Dispónese la transferencia de las estructuras, comprendiendo infraestructura y personal, de las residencias de larga estadía desde el Ministerio de Desarrollo Humano al Ministerio de Salud; quedando comprendidas la Del Rosario de la localidad de Tilcara, Nuestra Señora del Carmen de la localidad de Perico, Dr. Pérez Frías de la localidad del Carmen, y Guillermón de la localidad de San Salvador de Jujuy.ARTICULO 8.- Instrúyese que el personal que presta servicios en el sistema de salud y cuidados de Adultos Mayores dependiente del Ministerio de Salud, y efectores que integran el sistema privado de salud a través de geriátricos y residencias de personas mayores, cualquiera sea su situación de revista y lugar dónde preste servicios, queda sometido y disponible obligatoriamente, durante la
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emergencia epidemiológica y sanitaria por COVID-19, a requerimientos de la MESA DE TRABAJO COVID-19 ADULTOS MAYORES.ARTICULO 9º.- Las Secretarías, Direcciones y Áreas que integren la MESA DE
TRABAJO COVID-19 ADULTOS MAYORES, mantendrán sus respectivos presupuestos y recursos humanos, los que estarán a disposición de las decisiones que dicte la MESA DE TRABAJO COVID-19 ADULTOS MAYORES.ARTICULO 10º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las modificaciones presupuestarias y transferencias de crédito necesarias para el cumplimiento del presente ordenamiento.ARTICULO 11º.- Dese a la Legislatura de la Provincia para ratificación.
ARTICULO 12.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Pase sucesivamente a los Ministerios de Gobierno y Justicia, Hacienda y Finanzas, Desarrollo Económico y Producción, Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Desarrollo Humano, Educación, Trabajo y Empleo, Cultura y Turismo, Ambiente y Seguridad. Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud para demás efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
ANEXO I
PLAN DE ACCIÓN INTEGRAL DE ADULTOS MAYORES -COVID-19Objetivo General:
Establecer la red de acciones y atención integral, desde la prevención, protección y profilaxis, para sostén, control, contención, cuidados, vigilancia y seguridad, del grupo de riesgo de adultos mayores -personas de más de sesenta 60 años-, orientada a satisfacer sus necesidades sanitarias y sociales, en el marco de emergencia sanitaria por COVID-19.
Objetivos Específicos:
Conformar la MESA DE TRABAJO COVID-19 ADULTOS MAYORES, su estructura, integrantes, presidencia, y compromiso de trabajo interministerial.
Proveer la designación de representantes de los adultos mayores en todas las jurisdicciones de la Provincia para aprehensión de inquietudes y necesidades del sector.
Crear la base de datos única de adultos mayores en la Provincia de Jujuy.

Realizar el seguimiento del estado general de los adultos mayores.
Contener el estado de bienestar bio-psico-social de los adultos mayores.
Reforzar la política alimentaria destinada adultos mayores vulnerables.
Asistir a adultos mayores vulnerables en trámites y gestiones esenciales.
Difusión y concientización de estrategias y protocolos, en la comunidad, y grupos familiares, para cuidado efectivo de adultos mayores.
Crear una red de voluntarios comunitarios.
Definir y comunicar ampliamente, las estrategias y protocolos, para concientización, que asegure la prevención de contagios intradomiciliarios de los adultos mayores, medidas de higiene, aislamiento, uso de barbijos, guantes, etc.
Ejes:
Conformación de la Mesa de Trabajo COVID 19 Adultos Mayores.
Asistencia integral socio-sanitaria del adulto mayor.
Contención de las personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad.
Estrategia de comunicación para la prevención de COVID-19 adultos mayores.
Líneas de Acción:
1.

Conformación de la Mesa de Trabajo COVID-19 Adultos Mayores
La MESA DE TRABAJO COVID-19 Adultos Mayores será autoridad de aplicación, encargada y responsable de la definición del Plan de Acción Integral de Adultos Mayores COVID-19, implementación, seguimiento y evaluación.
2. Creación del Sistema Integral de Asistencia y Contención Social y Sanitaria Creación del Sistema Integral de Asistencia, Contención Social y Sanitaria, que incluirá estrategias y protocolos, reforzando medidas y dispositivos específicos:
3.
Atención domiciliaria y remota a adultos mayores Con el fin de evitar la circulación de los adultos mayores en concordancia con las disposiciones emitidas por el COE, se activarán los siguientes dispositivos remotos y domiciliarios:
Atención Telefónica de Asistencia Exclusiva a Adultos Mayores:
Implementación de una Línea 0800 específica para recepción de consultas de adultos mayores, atendida por personal con instrucción, respecto de estrategias y protocolos suministrados por personal especializado. Se asegurará, cuando corresponda, la derivación con profesionales disponibles, médicos, psicólogos, asistentes sociales, etc.

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

CountryArgentina

Date18/04/2020

Page count4

Edition count1199

First edition10/01/2018

Last issue21/05/2024

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