Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 19/4/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada
Página 24
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Granada, viernes, 19 de abril de 2024
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B.O.P. número 75
En tiempo y forma se presenta alegación con fecha 9 de abril de 2024 y registro de entrada 2024-E-RE-1412, por D
Laura Martínez Guerrero, en la misma manifiesta:
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DE UNA PLAZA DE AUXILIAR DE APOYO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y ARTÍSTICAS, EN EJECUCIÓN DE LA
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO ORDINARIA DE 2022. Expediente: 1012/2023, En base a los siguientes argumentos:
Tras solicitar revisión en el período de alegaciones, porque existía una discrepancia entre la nota puesta por el tribunal calificador y la calculada por mí en el examen, en base a mis respuestas, con un resultado total de 68 aciertos, 12
preguntas no contestadas y 20 erróneas, siendo por tanto la nota de 6,3. Que una vez comprobada dicha solicitud fue estimada esta alegación, conformando la nota solicitada. Que también por parte de otros opositores se realizan impugnaciones de una serie de preguntas que fueron estimadas por el tribunal, cuya corrección considero, no han sido aplicadas a mi examen, en concreto:
- La pregunta 33 impugnada, mal contestada por mi parte, es anulada y se pasa a coger la pregunta 1 de reserva, a diferencia de la anterior, bien contestada por mi parte. Por lo que en vez de 68 aciertos pasaría a 69 aciertos.
- La pregunta 41 impugnada, cuya respuesta correcta cambió, sin afectar a mi examen ya que no la contesté, con lo cual la nota no cambia.
- La pregunta 46 impugnada, era correcta por mi parte, es anulada y se pasa a coger la pregunta 2 de reserva, también bien contestada por mi parte por lo que tampoco cambia la nota.
Con lo cual, el resultado sería de 69 aciertos, 12 preguntas no contestadas y 19 errores. La nota, por tanto, sería de 6,425, en lugar de 6,3.
Por todo lo cual, SOLICITO que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se tenga por presentado este escrito y se sirva admitirlo, y teniendo por interpuesto Recurso de Alzada contra la Resolución mencionada, se proceda a la rectificación de mi puntuación sustituyendo la nota por la correctamente obtenida en el examen realizado y reconociéndome la puntuación de 6,425 por tanto, también debe de modificarse el acta de fecha 2 de abril donde figura la puntuación total, la cual asciende a 8,925
El Tribunal de Selección, en nueva sesión celebrada con fecha 12 de abril de 2024 procede al estudio pormenorizado de la alegación y determina su estimación, quedando por tanto el cómputo en el primer ejercicio de oposición de la interesada de la siguiente manera: Bien.-69, Mal.-19, No contestadas.- 12. Puntuación de la interesada del primer ejercicio de oposición: 6,425.
A resultas de la misma, la suma de las calificaciones y puntuaciones atribuidas a cada aspirante en la oposición, que determina la calificación final del proceso selectivo, ordenados de mayor a menor, que ha sido elevada por el Tribunal de Selección a esta Alcaldía, es la siguiente:
DNI
6257
0213
2496
6423
6851
2376
1637
2958
6253
1684
NOMBRE
María Carmen Reche Gómez Laura Martínez Guerrero María Eleuteria Ruiz López Rosa María Pérez Herrera Carolina Ruiz Granados Mónica García García Cristina Lozano López Enrique Gómez Muñoz Melody Molina Sánchez Míriam Pipo Ávila
PUNTUACIÓN
1er Ejercicio 7,650
6,425
5,125
5,800
5,750
5,550
5,375
5,100
6,200
5,250
PUNTUACIÓN
2do Ejercicio 10,000
2,500
3,750
2,750
2,500
2,500
2,500
2,500
0,000
0,000
TOTAL
17,650
8,925
8,875
8,550
8,250
8,050
7,875
7,600
6,200
5,250
CUARTO: Elevación de actuaciones y propuesta de contratación del Tribunal de Selección: Vista la propuesta del Tribunal de Selección de formalización de la contratación como personal laboral fijo en la plaza de Auxiliar de Apoyo de Actividades Culturales y Artísticas, a D María del Carmen Reche Gómez, con DNI núm. 6257, efectuada en su sesión nº 5, de 2 de abril de 2024, que ha sido confirmada en la sesión nº 6 de 12 de abril de 2024, al objeto de que se le requiera por el órgano de contratación, la documentación la documentación prevista en la base décima de las que rigen la convocatoria.
QUINTO: Verificación del cumplimiento de requisitos para la formalización de la contratación como personal laboral fijo: Habiéndose dado cumplimiento por la interesada al requerimiento que le ha sido efectuado con arreglo a la Base 10 de las que rigen la convocatoria, previo a su orden de contratación.
Procede, por tanto, efectuar orden de contratación a la persona seleccionada, con arreglo a la Base 11 de las que rigen la convocatoria, como personal laboral fijo.
Emitido informe con propuesta de resolución de orden de cese y orden de contratación por la Secretaría General del Ayuntamiento, con fecha 15 de abril de 2024.