Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 28/7/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 2

JUNTA DE ANDALUCÍA

n
Granada, martes, 28 de julio de 2020
NÚMERO 2.866

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTÓNOMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESAS Y UNIVERSIDAD.
GRANADA

Convenio colectivo de la empresa Pepsico Foods A.I.E.
RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2020, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la empresa Pepsico Foods A.I.E., VISTO el texto del CONVENIO COLECTIVO DE LA
EMPRESA PEPSICO FOODS A.I.E., con código de convenio nº 18100312012013, adoptado entre la representación de la empresa y de los trabajadores, presentado el día 6 de enero de 2020 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015
de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, ACUERDA:
PRIMERO.- Ordenar la inscripción del citado Convenio en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.
SEGUNDO.- Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.

B.O.P. número 117

del presente convenio o de cualquiera de sus prórrogas.
Si a 31 de diciembre de 2020 el convenio colectivo no es denunciado quedará prorrogado tácitamente, según lo previsto en el mismo, continuándose su aplicación, salvo en materia de revisión salarial, hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Artículo 4.- Unidad de convenio Las condiciones pactadas en el presente convenio constituyen un todo orgánico e indivisible. Por dicho motivo, el convenio será nulo y quedará sin efecto, en su totalidad, de ser anulado o modificado por resolución administrativa o judicial, cualquier pacto contenido en el mismo.
CAPÍTULO II - GRUPOS PROFESIONALES
Artículo 5.- Grupos profesionales Con objeto de actualizar el anterior sistema de clasificación profesional y de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 22. 1 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda establecer el siguiente sistema de clasificación profesional por grupos profesionales, que a su vez englobará los niveles profesionales y salariales existentes en el anterior convenio colectivo y los de nueva creación. Los grupos profesionales proporcionan homogeneidad en cuanto al encuadramiento profesional, agrupando una serie de descripciones de tareas, funciones y especialidades, así como aptitudes y contenidos generales de las prestaciones.
GRUPO
PROFESIONAL

1

NIVEL
RETRIBUTIVO

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Delegada Territorial, Virginia Fernández Pérez CONVENIO COLECTIVO 2018-2020
PEPSICO FOODS, A.I.E.
DELEGACIÓN GRANADA
CAPÍTULO I - ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.- Ámbito Personal y Funcional.
Este Convenio se aplicará a los trabajadores de PEPSICO FOODS, A.I.E. que presten sus servicios en el centro de trabajo indicado en el artículo siguiente y pertenezcan a alguna de las categorías profesionales que se describen en el artículo 5º del presente convenio.
Artículo 2.- Ámbito Territorial El presente convenio será de aplicación a la delegación de ventas que la Empresa tiene actualmente en Granada.
Artículo 3.- Ámbito Temporal El presente convenio colectivo extenderá su vigencia desde el 1 de enero del 2018 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Al término de su vigencia, cualquiera de las partes podrá denunciar a la otra este convenio colectivo mediante escrito. Dicha denuncia deberá efectuarse con una antelación mínima de un mes antes de la expiración
n
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FUNCIONES POR NIVEL

Monitor/a Vendedor/a preventa y Vendedor/a preventa especializado en bebidas Vendedor/a con autoventa 3, Vendedor/a suplente, Desarrollador/a de punto de venta DPV y Captador de clientes ADR
Vendedor/a con autoventa 2
Vendedor/a con autoventa 1
Vendedor/a de campaña Merchandiser 2
Merchandiser 1
Gestor/a de supermercados Repartidor/a de Preventa Conductor/a Reponedor/a
Con el fin de mantener el nivel de polivalencia actual en la plantilla, las personas asignadas a un grupo, podrán desempeñar cualquier puesto de igual o distinto nivel dentro de su grupo profesional con el fin de conseguir su plena ocupación, previa formación si fuese necesario.
Los cambios de puesto de trabajo no tendrán otras limitaciones que el respeto a la dignidad y formación profesional del trabajador/a, por cuanto no se cuestiona la facultad de efectuarlos tantas veces como sea conveniente en orden a la mejor organización del trabajo.
Cuando el cambio se produzca a un puesto de trabajo de nivel superior se percibirá la retribución pactada

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 28/7/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date28/07/2020

Page count53

Edition count5504

First edition01/06/2002

Last issue08/05/2024

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