Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 23/7/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada
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Granada, jueves, 23 de julio de 2020
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B.O.P. número 114
NÚMERO 2.790
NUMERO 2.792
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO DE
GRANADA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO DE
GRANADA
Autos número 866/18
Autos número 62/19, hoy ejecución 52/20
EDICTO
EDICTO
D Margarita García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. 5 de Granada,
D Margarita García Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 de Granada,
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 866/2018, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de Arantxa Reyes Quirós Jiménez contra Zubicoop, Sociedad Cooperativa Andaluza, Enrique Palma Marín, Irene Margari Chemisana Lebrid y Asociación La Zubia por Empleo y Cultura sobre cantidad se ha dictado sentencia de fecha 18/06/20 contra la que cabe recurso de suplicación.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 62/19, hoy ejecución 52/2020, a instancia de José Roberto Cantano Sáez contra Bisema Export, S.L., se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 29 de junio de 2020 contra el que cabe recurso de reposición en el plazo de tres días, pudiendo deducirse la oposición a la ejecución despachada.
Y para que sirva de notificación al demandado Bisema Export, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo tener conocimiento del acto en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación a la demandada Zubicoop, Sociedad Cooperativa Andaluza, Enrique Palma Marín, Irene Margari Chemisana Lebrid y Asociación La Zubia por Empleo y Cultura expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndoles saber que los autos se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Granada, 3 de junio de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
NÚMERO 2.791
Granada, 29 de junio de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
NUMERO 2.793
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO DE
GRANADA
Ejecución 118/19
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO DE
GRANADA
EDICTO
Autos número 537/18
D Margarita García Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 de Granada,
EDICTO
Y para que sirva de notificación en legal forma a Universal City, Proyectos, Obras y Servicios, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número ejecución 118/2019 a instancia de Beatriz Carlota Puebla Antón, contra Dental Global Management, S.L., I Levante Dental Proyecto Odontológico, S.L., I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S.L., y I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S.L.U., sobre cantidad se ha dictado decreto de fecha 30/06/2020 contra el que cabe recurso de revisión en el plazo de tres días.
Y para que sirva de notificación al demandado Beatriz Carlota Puebla Antón, contra Dental Global Management, S.L. en concurso, I Levante Dental Proyecto Odontológico, S.L., I Madrid Dental Proyecto Odontológico, S.L., y I Andalucía Dental Proyecto Odontológico, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia/Comunidad pudiendo tener conocimiento del acto en la Secretaría de este Juzgado.
Granada, 2 de julio de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
Granada, 30 de junio de 2020.-La Letrada de la Administración de Justicia firma ilegible.
D Margarita García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 5 de Granada, En los autos número 537/2018, contra Universal City, Proyectos, Obras y Servicios, S.L., en la que se ha dictado sentencia y auto de aclaración en fecha 19/2/20, haciéndosele saber que las mismas se encuentran a disposición de la demandada en la Secretaría de este Juzgado y que contra ésta cabe la interposición de recurso de suplicación en el plazo de cinco días.