Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 64

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Granada, lunes, 13 de abril de 2020

GESTION ECONÓMICA-FINANCIERA.
1.1 Autorizar y Disponer gastos, de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto, cuyo importe sea superior a tres mil euros 3.000 euros, reservándose la Alcaldía el reconocimiento de obligación de pago cualquiera que sea el órgano que comprometa el gasto.
1.2 Concesión de Subvenciones de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto, la vigente Ley de Subvenciones y normativa de desarrollo, excepto las ayudas de acción social que no puedan demorarse.
1.3 Solicitud de Subvenciones que requieran aportación municipal por importe superior a tres mil euros 3.000 euros, de conformidad con las Bases de Ejecución del Presupuesto.
RECURSOS HUMANOS
2.1 Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno del Ayuntamiento.
2.2. Aprobar las Bases de pruebas de selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y efectuar sus convocatorias.
URBANISMO Y LICENCIAS
3.1. La concesión de licencias urbanísticas de obras mayores por afectar a la estructura o elementos esenciales del inmueble.
3.2. Resolución de Expediente de Ruina Contradictoria de Inmuebles.
3.3. Resolución de Expedientes de Ordenes de Ejecución de carácter no urgente.
3.4. La resolución de expedientes de calificación ambiental.
3.5. La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del Planeamiento General no expresamente atribuido al Pleno, así como de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
CONTRATACIÓN
4.1. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión la Alcaldía y estén previstos en el Presupuesto.
4.2. Las contrataciones de obras, de suministros, de servicios, los contratos de concesión de obras, los contratos de concesión de servicios y los contratos administrativos especiales cuando su valor estimado no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de 6.000.000 de euros incluidos los de carácter plurianual, cuando su duración no sea superior a cuatro años eventuales prórrogas incluidas siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
PATRIMONIO
5.1. La celebración de contratos privados, así como la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando el presupuesto base de licitación, en los términos definidos en el artículo 100.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, no supere el 10% de
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los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.
SEGUNDO. Asumir la competencia para conocer de los procedimientos, recogidos en el apartado anterior, por esta Alcaldía-Presidencia, durante el tiempo que dure el estado de alarma y hasta tanto se vuelva a dictar nueva resolución de delegación en la citada JGL.
TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo día de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CUARTO. Notificar la presente Resolución a los miembros de la JGL y Jefes de Servicio para que den traslado, a los efectos oportunos, a los empleados municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
QUINTO. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38 d del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Albolote, a fecha de firma electrónica.-El Alcalde, fdo.: Salustiano Ureña García. Resolución firmada en la fecha asociada a la firma digital que consta en el lateral del documento.
La Secretaria General, fdo.: Antonia Santiago Fernández tomó razón en la fecha asociada a la firma digital que consta en el lateral del documento a efectos de transcripción en el libro oficial de resoluciones.
Albolote, 18 de marzo de 2020.-El Alcalde, fdo.: Salustiano Ureña García.

NÚMERO 1.414

AYUNTAMIENTO DE CÁJAR Granada
Padrones escuela infantil febrero 2020
EDICTO
Mónica Castillo de la Rica, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cájar Granada, HACE SABER: Que habiendo sido aprobado por Decreto de la Alcaldía nº 0176/2020 de fecha 11.03.20, el padrón de alumnos/as inscritos en la Escuela Infantil Municipal de Cájar en los diferentes servicios de atención socioeducativa, aula matinal y comedor escolar correspondientes al mes de febrero de 2020, por los importes totales que asimismo se especifica:
Febrero 2020, 3.599,11 euros.
Dicho padrón se exponen al público durante quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 13/4/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date13/04/2020

Page count7

Edition count5501

First edition01/06/2002

Last issue03/05/2024

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