Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 27/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, jueves, 27 de febrero de 2020

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B.O.P. número 39

NÚMERO 930

DIPUTACIÓN DE GRANADA
DELEGACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
EDICTO
Mediante resolución del Diputado de Recursos Humanos de fecha 27 de septiembre de 2019 fueron aprobadas las Bases del proceso de selección para la elaboración de bolsas de empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en la categoría de Arquitecto/a Técnico por el sistema de concurso en cuyo anexo III se nombraba al Tribunal calificador de dicho proceso.
En fecha 17 de enero de 2020 se modifica dicho tribunal y se nombra como vocal suplente a D Elena Febles Hernández.
Visto el escrito presentado por D Elena Febles Hernández como vocal suplente de dicho tribunal en el que alega causa de abstención como miembro de dicho tribunal de acuerdo con el art. 23 de la ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 34.1.g de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Resuelvo:
Aceptar la abstención formulada por D Elena Febles Hernández como vocal suplente del Tribunal calificador de Arquitecto/a Técnico y nombrar en sustitución a D. Álvaro García Baeza vocal suplente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Diputación de Granada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si no estima oportuna la presentación del recurso potestativo de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados en la misma forma ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Granada, con arreglo a lo señalado en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Asimismo, podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.
Así lo resuelve y firma D. José García Giralte, Diputado Delegado de Recursos Humanos, en virtud de la delegación conferida por resolución de la Presidencia de 9 de julio de 2019, lo que yo como Secretaria General, CERTIFICO.
Granada, 17 de febrero de 2020.- El Diputado Delegado, fdo.: José García Giralte. La Secretaria General, fdo.: María Teresa Martín Bautista.

NÚMERO 929

DIPUTACIÓN DE GRANADA

Extracto de Bases de Ejecución Presupuestaria para el ejercicio de 2020
EDICTO
Extracto de Bases de Ejecución Presupuestaria, aprobadas definitivamente como integrantes del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Granada para el Ejercicio 2020, de aplicación a lo previsto por el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
ARTÍCULO 37.- RÉGIMEN JURÍDICO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
A Definición del objeto de la subvención.
1.- Las subvenciones que se otorguen por la Diputación de Granada, los Organismos Autónomos y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquélla se regularán, en tanto se apruebe una Ordenanza General o específica de Subvenciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por lo establecido en las presentes disposiciones.
Queda exceptuada la cooperación económica local que presta la Diputación de Granada en base a la Ordenanza reguladora de la Cooperación Económica Local aprobada por el Pleno de fecha 21 de marzo de 2019 y publicada en el BOP nº106 de 6 de junio de 2019 y que constituye la normativa propia a la que se refiere la Disposición Adicional Octava de la indicada Ley General de Subvenciones; en todo aquello que la Ordenanza no tenga regulado se estará a lo dispuesto en las presentes Bases.
2.- La concesión de ayudas o subvenciones para financiar actividades que complementen o suplan los servicios o actividades atribuidas a la competencia de la Diputación Provincial se realizará con arreglo a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, mediante convocatorias abiertas o concursales, con las siguientes excepciones:
a Las que figuren expresamente con carácter nominativo en el Estado de Gastos del Presupuesto, expresando la actividad subvencionada.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 27/2/2020

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date27/02/2020

Page count38

Edition count5504

First edition01/06/2002

Last issue08/05/2024

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