Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, martes, 24 de diciembre de 2019

NÚMERO 6.304

JUNTA DE ANDALUCÍA
CONSEJERÍA DE HACIENDIA, INDUSTRIA Y ENERGÍA
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN GRANADA

Resolución de la Delegación de Gobierno en Granada, por el que se otorga la Declaración en concreto de Utilidad Pública del proyecto denominado Parque Eólico Experimental Guadix, y sus infraestructuras de evacuación, sito el término municipal de Guadix Granada, y se convoca a los afectados para el levantamiento de actas previas y, si procede, definitivas de ocupación. Expediente 13.849/AT.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Que, por parte de la mercantil Energía Eólica Accitana, S.L.U., con domicilio en Calle Marqués de Mondéjar, nº 20 bajo, de Granada, se solicitó, con fecha 9 de abril de 2019, Declaración de Utilidad Pública para la instalación denominada Parque Eólico Experimental Guadix, y sus infraestructuras de evacuación, en el Término Municipal de Guadix Granada.
Segundo. Que con fecha 19 de agosto de 2019 la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada emitió resolución por la que se otorgaba autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación que nos ocupa.
Tercero. A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en base a la legislación de Expropiación Forzosa, se sometió a información pública mediante anuncio de esta Delegación que se publicó en el BOE núm. 222, de 16/09/2019, en el BOJA núm. 135, de 16/07/2019 detectado error en dicha publicación se procedió a publicar una corrección de errores en el BOJA núm. 187, de 27/09/2019, en el BOP de Granada núm. 180, de 20/09/2019, y en el diario IDEAL de Granada de 27/08/2019, exponiéndose además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guadix.
Cuarto. Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada es competente para efectuar la declaración en concreto de utilidad pública del proyecto referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007 de 22 de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Ha-

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B.O.P. número 244

cienda, Industria y Energía, Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, así como la resolución de 9 de marzo de 2016 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Segundo. La declaración de utilidad pública está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000. De acuerdo con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, dicha declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Tercero. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan la presente Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable.
La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más arriba, esta Delegación del Gobierno RESUELVE.
Primero. Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación Parque Eólico Experimental Guadix, y sus infraestructuras de evacuación, en el Término Municipal de Guadix Granada, cuyas características principales son las siguientes:
Peticionario: Energía Eólica Accitana, S.L. con domicilio en C/ Marqués de Mondéjar, n.º 20, bajo, de Granada y CIF: B-19.654.177.
Características: Parque Eólico Experimental Guadix de 3,4 MW. 1 aerogenerador en coordenadas UTM X:
495.608, Y: 4.128.322, tipo Vensys/Goldwind 3,5 MW133-HH de 132 m de altura de buje, y potencia limitada a

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 24/12/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date24/12/2019

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Edition count5501

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