Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

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Granada, miércoles, 6 de noviembre de 2019

NÚMERO 5.670

JUNTA DE ANDALUCÍA
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EMPLEO, FORMACIÓN, TRABAJO AUTÓNOMO, ECONOMÍA, CONOCIMIENTO, EMPRESAS Y UNIVERSIDAD.
GRANADA
RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2019, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Dehesas Viejas, VISTO el texto del convenio colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Dehesas Viejas con código de convenio nº 18101160012019, adoptado entre la representación de la empresa y de los trabajadores, presentado el día 5 de julio de 2019 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, ACUERDA:
Primero. Ordenar la inscripción del citado Convenio en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.
Segundo. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
La Delegada Territorial, Virginia Fernández Pérez.
CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE DEHESAS VIEJAS. Son partes de este Convenio: D. Juan Benítez Romero, como Delegado del personal laboral de este Ayuntamiento;
como representación social; D Lucrecia Rienda Lozano, Alcaldesa del Ayuntamiento de Dehesas Viejas.
Disposiciones generales Art. 1. Objeto del Convenio Colectivo:
El presente convenio, negociado al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, Artículos 82 a 92 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y capítulo IV
del título III del Real Decreto Legislativo 5/2015, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en adelante EBEP, regula las condiciones de trabajo y los planes de previsión social complementaria del personal laboral que presta sus servicios en el Ayuntamiento de Dehesas Viejas.
Norma mínima y condición más beneficiosa:
1. Las condiciones establecidas en este Convenio Colectivo se considerarán mínimas y, por tanto, cualquier mejora que se establezca por acuerdo entre las partes o acuerdos plenarios más favorables al personal laboral, se aplicarán prevaleciendo sobre el contenido del pre-

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B.O.P. número 212

sente texto, así como las mejoras establecidas en cualesquiera disposiciones, cualquiera que sea su rango.
2. El contenido del presente Convenio Colectivo constituye un todo único articulado y su interpretación práctica se hará conforme al espíritu que lo forma y al principio general del derecho in dubio pro operario.
Art. 2. Ámbito funcional y personal 1. El presente Convenio Colectivo se extiende en todo el ámbito de la actividad que el Ayuntamiento realiza en todos sus centros y dependencias.
2. Será de aplicación al personal laboral vinculado por una relación de trabajo por cuenta ajena.
3. No obstante, lo anterior, quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Convenio Colectivo las relaciones de servicios comprendidas en cualquiera de los siguientes supuestos:
A Las recogidas en el art. 1.3. del Estatuto de los Trabajadores.
B El personal de alta dirección, bien sometido a la relación especial de trabajo de esta naturaleza o bajo condición de eventual o de confianza vinculado por una relación de carácter administrativo. Este personal quedará sometido a las disposiciones que regula sus relaciones, así como a lo acordado en sus respectivos contratos o nombramientos.
C El personal que preste servicios en empresas públicas o privadas que tengan suscritos contratos de obras o servicios para la Corporación Municipal, incluso en el supuesto en que estas personas desarrollen su actividad en Centros dependientes de la misma.
D Las personas contratadas para la realización de trabajos específicos que, desarrollando su actividad en régimen de Derecho Civil, Mercantil o de Contratos de las Administraciones Públicas, se regirán por sus normas específicas.
E A los trabajadores que realicen labores agrícolas, les será de aplicación el convenio colectivo del campo.
F El personal contratado con cargo a los fondos del Plan de empleo rural PER o de los Programas de Fomento del Empleo Agrario PFEA, y, en general, cualquier otro que se contrate en virtud de programas específicos de política de empleo que pueda concertar esta administración municipal de conformidad con la Ley.
Art. 3. Ámbito temporal.
1. El presente Convenio Colectivo entrará en vigor desde el 1 de enero de 2019, con carácter retroactivo, con independencia de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, extendiéndose su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
2. Tras la firma del Convenio Colectivo por las partes negociadoras, será presentado a la Junta Vecinal para su aprobación en la primera reunión que celebre, tras lo cual se ordenará su publicación inmediata en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.
3. Este Convenio Colectivo se considerará tácitamente prorrogado, en toda su extensión, por períodos anuales sucesivos, salvo que hubiese denuncia escrita por cualquiera de las partes con una antelación mínima de dos meses al vencimiento de su vigencia o de cualquiera de las prórrogas, si las hubiera. Una vez denunciado, y hasta tanto no se logre un Convenio Colectivo que lo sustituya, continuará en vigor el presente.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 6/11/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Granada

CountrySpain

Date06/11/2019

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First edition01/06/2002

Last issue26/04/2024

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